1074 012-2006-ED - Modifican artículos del Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, aprobado por R.S. Nº 004-2000-ED

Fecha de publicación21 Abril 2006
Fecha de disposición21 Abril 2006
Pág. 317050
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 21 de abril de 2006
la incorporación de nuevos Componentes, Finalidades
de Metas y Unidades de Medida.
Artículo 3º.- Notas de Modificación
La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces
del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil, instruye a
la Unidad Ejecutora para que elabore las
correspondientes “Notas para Modificación
Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia
de lo dispuesto en la presente norma, las cuales serán
aprobadas mediante Resolución del Titular del Pliego,
debiendo presentar, copia de la Resolución, dentro de
los cinco (5) días de aprobada a los Organismos
señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley
Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto.
Artículo 4º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte
días del mes de abril del año dos mil seis.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Ministro de Economía y Finanzas
07009
EDUCACIÓN
Convocan a la Comunidad Educativa
Nacional a participar en los Juegos
Nacionales Deportivos Escolares 2006
y conforman Comisión Organizadora
Nacional RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 011-2006-ED
Lima, 20 de abril de 2006
CONSIDERANDO:
Que, es deber del Estado promover la práctica del
deporte entre los estudiantes por ser elemento
fundamental para garantizar su formación integral, tal
como dispone la Ley Nº 28044, Ley General de
Educación, y la Ley Nº 28036, Ley de Promoción y
Desarrollo del Deporte;
Que, los Juegos Nacionales Deportivos Escolares
son las actividades centrales del calendario deportivo
en las Instituciones Educativas, y buscan inculcar la
práctica deportiva como elemento de la formación
integral, el desarrollo personal y de vida saludable;
Que, el desarrollo de los Juegos Nacionales
Deportivos Escolares requiere del apoyo y la participación
de los diversos Sectores del Gobierno Nacional,
Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Direcciones
Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa
Local e Instituciones Educativas;
Que, el Consejo del Deporte Escolar es el órgano de
promoción y coordinación del deporte escolar que
formula, aprueba y ejecuta las actividades deportivas
escolares a corto, mediano, largo plazo, entre las cuales
se incluyen los Juegos Nacionales Deportivos Escolares;
Que, al ser el Instituto Peruano del Deporte un
Organismo Público Descentralizado del Ministerio de
Educación, la Unidad de Promoción Escolar de Cultura y
Deporte del MED, de conformidad con las actividades
programadas en su POA 2006, apoyará a la realización
de los Juegos Nacionales Deportivos Escolares, con el
objetivo de inculcar la práctica del deporte escolar,
elemento indispensable en la formación integral del
educando;
Que, en ese sentido, es conveniente convocar a la
Comunidad Educativa Nacional a participar activamente
en los Juegos Nacionales Deportivos Escolares 2006,
así como encargar al Consejo del Deporte Escolar la
organización y ejecución de la actividad, para lo cual
deberá designar a la Comisión Organizadora Nacional;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28044,
modificado por la Ley Nº 26510; el Decreto Supremo
Nº 006-2006-ED; y la Directiva para el inicio del Año
Escolar 2006: Orientaciones y Normas Nacionales para
la Gestión en las Instituciones de Educación Básica y
Educación Técnico Productiva 2006 aprobadas por la
Resolución Ministerial Nº 710-2005-ED;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Convocar a la Comunidad Educativa
Nacional a participar activamente en los Juegos
Nacionales Deportivos Escolares 2006, cuya
organización y ejecución estará a cargo del Consejo del
Deporte Escolar.
Artículo 2º.- Conformar la Comisión Organizadora
Nacional de los Juegos Nacionales Deportivos Escolares
2006, la misma que estará integrada por:
- Un representante del Ministerio de Educación, quien
la presidirá.
- Un representante del Instituto Peruano del Deporte.
- Un representante de los Gobiernos Regionales.
- Un representante de los Gobiernos Locales.
- Tres personalidades nacionales relacionadas con
el deporte, designadas por el Ministerio de Educación.
Artículo 3º.- Recomendar a los Gobiernos
Regionales, Locales e Instancias de Gestión Educativa
Descentralizada, brindar el apoyo necesario a la
Comisión Organizadora Nacional para la exitosa
realización de los Juegos Nacionales Deportivos
Escolares 2006.
Artículo 4º.- Encargar que un plazo no mayor a los
45 días de culminado la actividad, que la Comisión
Organizadora Nacional presente el Informe Final y el
Balance Económico al Consejo del Deporte Escolar, el
que lo elevará al Ministro de Educación para su
aprobación, y al Consejo Directivo del Instituto Peruano
del Deporte para su conocimiento.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
JAVIER SOTA NADAL
Ministro de Educación
07010
Modifican artículos del Reglamento de
Investigaciones Arqueológicas, aprobado
por R.S. Nº 004-2000-ED
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 012-2006-ED
Lima, 20 de abril de 2006
Visto, el Oficio Nº 036-2006-INC/DN, cursado por el
Director del Instituto Nacional de Cultura; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Reglamento de
Organización y Funciones del Instituto Nacional de
Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2003-
ED, el Instituto Nacional de Cultura - INC, tiene entre sus
funciones:
"Formular y ejecutar las políticas, estrategias
y objetivos del Estado en materia de desarrollo cultural,
como la identificación y registro, investigación, defensa,
conservación, preservación, promoción, difusión y
puesta en valor del Patrimonio Cultural de la Nación"
;

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