ACUERDO Nº 046-2008-MDE - Autorizan a procurador realizar investigación preliminar y formular las acciones correspondientes por presunta comisión de delito contra la fe pública

Fecha de publicación02 Octubre 2008
Fecha de disposición02 Octubre 2008
MateriaDerecho Civil
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 2 de octubre de 2008 380789
mediante los cursos y/o talleres de manualidades, micro
emprendimientos, capacitación en computación y manejo
de la Internet, repostería, artesanía, pintura, calzado y
otros a¿ nes.
16. Promover y desarrollar Servicios Deportivos,
mediante la actividad física, Deportes-Vida Activa,
impulsado por el Instituto Peruano del Deporte-IPD.
17. Promover y desarrollar Servicios de Salud, mediante
la promoción de la salud, prevención de la enfermedad,
orientación nutricional, prevención del deterioro mental y
mecanismos de coordinación necesarios con los Centros
de Salud o establecimientos análogos, para la práctica de
la Valoración Geriátrica Integral de las Personas Adultas
Mayores.
18. Defender ante las autoridades administrativas
judiciales y extrajudicial, sobre derechos.
19. Brindar asesoría legal integral sobre derechos
y obligaciones que son de interés personal del adulto
mayor.
20. Asumir el papel de Defensor Municipal del Adulto
Mayor (DMAM).
Artículo Tercero.- Aprobar la adición de funciones
del Sub Gerente del Centro Integral de Atención al Adulto
Mayor (CIAM)
MANUAL DE ORGANIZACIÓN
Y FUNCIONES – MOF
Se adicionan a las funciones del Sub. Gerente del
Centro Integral de Atención al Adulto Mayor – CIAM, las
siguientes:
10. Promover y desarrollar los Servicios Educativos,
Servicios Recreativos, servicios de Participación
Ciudadana, Servicios Socio-Legales, Servicios para el
Desarrollo de las capacidades de las Personas Adultas
Mayores, Servicios Deportivos y Servicios de Salud.
11. Defender los Derechos Civiles, laborales,
pensionarios y otros, de la persona mayor.
12. Defender los intereses personales y patrimoniales
del adulto mayor.
13. Interponer acciones judiciales, administrativas,
penales y policiales en defensa del adulto mayor.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de
Servicios Sociales y Sub Gerencia del Centro Integral de
Atención al Adulto Mayor (CIAM), el ¿ el cumplimiento de
la presente Ordenanza.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS
Alcalde
259054-1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LA ESPERANZA
Autorizan a procurador realizar
investigación preliminar y formular
las acciones correspondientes por
presunta comisión de delito contra la
fe pública
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 046-2008-MDE
La Esperanza, 18 de agosto del 2008
VISTO, en la Sesión Ordinaria de Concejo celebrada
el 6 de agosto del 2008, el Informe Legal Nº 0483-2008-
OAJ-MDE.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe Nº 079-2008-OR-MDE, la Jefa
(e) de la O¿ cina de Rentas informa que el día jueves 3 de
julio del año en curso, se apersonó a la O¿ cina de Rentas
la Sra. PAULA RIVERA OYOLA, del porqué se le estaba
cobrando los impuestos del año 2008, puesto que según
ella ya había mandado a su hijo ROGER FLORENCIO
MORAN RIVERA, para que cancele toda la deuda hasta
este año con la ¿ nalidad de que trans¿ era dicho predio a
favor del mismo.
Que, del citado informe se desprende que el
encargado de administración tributaria, al escuchar
dicho reclamo solicitó a la interesada le mostrara los
recibos cancelados con sus respectivos formularios, a lo
cual la Sra. Paula Rivera, mostró un autovalúo distinto al
que se entrega en la ventanilla Nº 4 de esta comuna edil
(Cuentas Corrientes, Archivos y Padrones) así como un
recibo completamente adulterado, debido a que tanto el
recibo como los formularios hacen referencia al código
de contribuyente Nº 851, el mismo que corresponde
al contribuyente Mendoza Chávez Carmelo y no al Sr.
ROGER FLORENCIO MORAN RIVERA, además, los
formularios de autovalúo también hacen referencia al
código de predio Nº 197828, código que pertenece al
predio ubicado en el sector Jerusalén Barrio B4 Mz.
08 Los Reyes Nº 302 y no a la urbanización Manuel
Arévalo II Etapa Mz. 46 Lote 27.
Que, mediante Informe Nº 709-2008-MDE-OR-AYOT-
ALJ, el Sr. Arturo Lescano Julca informa que con fecha 3
de julio del 2008 se apersonó a Administración Tributaria
la Sra. PAULA RIVERA OYOLA DE MORAN, quien se
encuentra registrada en nuestra comuna con el código
15667, en el predio ubicado Urb. Manuel Arévalo II Etapa
Mz. 46 Lt. 27, a su vez la citada señora le manifestó que
ella había mandado pagar los tributos respecto al predio
de su propiedad a su hijo ROGER FLORENCIO MORAN
RIVERA y tenía como código de contribuyente el Nº 851 y
como código de predio el 197828.
Que, mediante Informe Legal Nº 0483-2008-OAJ-
MDE, la asesora legal interna toma como referencia el
informe remitido por la Jefa (e) de la O¿ cina de Rentas,
del cual cabe resaltar que el responsable de la Unidad
de Administración Tributaria presentó el Informe Nº 691-
2008-MDE-OR-AYTOT-ALJ, donde informa sobre el robo
de un fechador y el intento de querer llevar el otro sello
que pertenece a la misma unidad.
Que, de los informes emitidos por el responsable de
la Administración Tributaria, Encargado de la emisión
de recibos de cobranza única, habría delito contra la fe
pública en la modalidad de falsi¿ cación de documentos.
Que, el Pleno del Concejo después de deliberar
ampliamente y haber intercambiado ideas sobre el tema y
teniendo en cuenta lo manifestado por la Jefa de Rentas
en la presente Sesión de Concejo; y,
Estando a las consideraciones antes expuestas, en
mérito a las facultades conferidas por el Art. 9º de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y a lo Acordado
por el Pleno del Concejo, en Sesión Ordinaria de fecha
06.AGOSTO.2008, Aprobado con lectura de acta de fecha
18.AGOSTO.2008 por Unanimidad;
ACUERDA:
Artículo 1º.- AUTORIZAR al señor Procurador Público
Municipal, Abog. NESTOR WALTER SUAREZ PASCO,
para realizar la investigación preliminar y si hay mérito
se formule la denuncia penal o demanda contra quienes
resultaren responsables.
Artículo 2º.- TRANSCRIBIR el presente Acuerdo
de Concejo a las áreas pertinentes de esta Corporación
Edilicia, así como su publicación en el Diario O¿ cial El
Peruano.
Regístrese, comuníquese y archívese.
DANIEL MARCELO JACINTO
Alcalde
258539-1

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