192 767-2004-MP-FN - Declaran fundada investigación instaurada contra ex Vocal y Presidente de la Corte Superior del Santa por los delitos de peculado y malversación de fondos

Fecha de publicación29 Mayo 2004
Fecha de disposición29 Mayo 2004
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NORMAS LEGALES
Lima, sábado 29 de mayo de 2004
Que, la separación definitiva a que alude el conside-
rando precedente, está referida exclusivamente a la sepa-
ración del ejercicio del cargo, siendo de competencia ex-
clusiva de la Entidad aquellas acciones de carácter laboral
que pudieran derivarse de dicha separación;
Que, mediante Oficio Nº 1124-2004-CG/DC se ha comu-
nicado al Titular de la Municipalidad Distrital de San Juan de
Lurigancho, el resultado de la evaluación efectuada por este
Organismo Superior de Control, al señor CPC. Abraham Ta-
deo Ponce Barraza, Jefe del Órgano de Control Institucional;
Que, de acuerdo a lo señalado en el numeral 3.1 de la
Primera Disposición Transitoria del Reglamento de los Ór-
ganos de Control Institucional, el encargo de la Jefatura
del Órgano de Control Institucional procede ser efectuado
por el Titular de la Entidad -entre otros- en los casos de
vacancia, quien tiene la responsabilidad de cautelar que el
funcionario encargado para ocupar temporalmente la Jefa-
tura del citado Órgano, reúna cuando menos los requisitos
establecidos en los literales a), b), d) y e) del artículo 20º
del citado Reglamento;
En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27785
- Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Con-
traloría General de la República y los numerales 2.1 y 3.1 de
la Primera Disposición Transitoria del Reglamento de los
Órganos de Control Institucional, aprobado mediante Reso-
lución de Contraloría Nº 114-2003-CG y modificado por Re-
soluciones de Contraloría Nºs. 014 y 047-2004-CG;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Separar definitivamente al señor
CPC. Abraham Tadeo Ponce Barraza del cargo de Jefe del
Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distri-
tal de San Juan de Lurigancho, por las razones expuestas
en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- En tanto se designe al nuevo Jefe
del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Dis-
trital de San Juan de Lurigancho, el Titular de dicha entidad
deberá garantizar el normal desarrollo de las actividades
del Órgano de Control Institucional, disponiendo el encar-
go de las funciones de la Jefatura de dicho Órgano, a un
profesional que reúna cuando menos los requisitos esta-
blecidos en los literales a), b), d) y e) del artículo 20º del
Reglamento de los Órganos de Control Institucional, dan-
do cuenta de ello a este Organismo Superior de Control.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GENARO MATUTE MEJÍA
Contralor General de la República
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Revocan designación de sociedad de audi-
toría para realizar examen a los estados
financieros de la Dirección Regional de
Educación de Ica por el período 2001
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
Nº 226-2004-CG
Lima, 27 de mayo de 2004
Visto; la Hoja de Recomendación Nº 019-2004-CG/SOA
de la Gerencia de Sociedades de Auditoría, sobre revocatoria
de designación de la Sociedad de Auditoría Angel Lopez-Agui-
rre & Asociados Contadores Públicos Sociedad Civil, para
realizar el examen de los estados financieros de la Dirección
Regional de Educación de Ica, por el período 2001;
CONSIDERANDO:
Que, con la Resolución de Contraloría Nº 109-2002-
CG, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13.Jun.2002,
correspondiente al Concurso Público de Méritos Nº 04-
2002-CG, se designó a la Sociedad de Auditoría Angel
Lopez-Aguirre & Asociados Contadores Públicos Sociedad
Civil, para examinar los estados financieros de la Direc-
ción Regional de Educación de Ica;
Que, conforme a lo establecido en el artículo 36º del
Reglamento de Designación de Sociedades de Auditoría,
aprobado por Resolución de Contraloría Nº 162-93-CG,
vigente en la fecha de la designación de la sociedad, me-
diante Oficios Nºs. 1284-2002-CG/SOAI, 1654-2002-CG/
SOAI, 1897-2002-CG/SOAI y 2167-2002-CG/SOAI del
14.Jun.2002, 19.Jul.2002, 22.Ago.2002 y 4.Oct.2002, res-
pectivamente, la Contraloría General de la República soli-
citó en reiteradas oportunidades a la Dirección Regional
de Educación de Ica, que remita un ejemplar del contrato
de locación de servicios de auditoría debidamente suscri-
to con la Sociedad de Auditoría Angel Lopez-Aguirre &
Asociados Contadores Públicos Sociedad Civil;
Que, la Primera Disposición Transitoria del Reglamento
para la Designación de Sociedades de Auditoría, aproba-
do por Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG, esta-
blece que los procedimientos de contratación en trámite,
se adecuan a las disposiciones del referido Reglamento
en todo lo que resulte aplicable; es así que, conforme a lo
señalado en el artículo 45º del Reglamento para la Desig-
nación de Sociedades de Auditoría, si designada una So-
ciedad se verifica el incumplimiento de las disposiciones
del referido Reglamento y/o bases del concurso, u ocurrie-
ran circunstancias de fuerza mayor u otras sobrevinientes
que impidan o hagan improcedentes la prestación de los
servicios de auditoría externa, se puede revocar mediante
Resolución de Contraloría la designación efectuada;
Que, conforme al documento del visto, por razones atri-
buibles exclusivamente a la Entidad, se ha incumplido con
lo dispuesto en el artículo 52º del Reglamento para la De-
signación de Sociedades de Auditoría, al no haberse suscri-
to en el plazo previsto el contrato de locación de servicios
de auditoría con la Sociedad de Auditoría Angel Lopez-Agui-
rre & Asociados Contadores Públicos Sociedad Civil, ha-
biéndose evidenciado de otro lado que, el ex Director Regio-
nal de Educación de Ica contrató a una sociedad de audito-
ría sin cumplir con el procedimiento de designación de so-
ciedades de auditoría previsto en la Resolución de Contra-
loría Nº 162-93-CG, razón por la cual, el Órgano de Control
Institucional del Gobierno Regional de Ica viene evaluando
la posibilidad de determinar responsabilidades y adoptar las
acciones correctivas por resistencia a la aplicación de la
Resolución de Contraloría Nº 109-2002-CG;
Estando a las conclusiones y recomendaciones del
documento del visto, de conformidad con la Primera Dis-
posición Transitoria y el artículo 45º del Reglamento para
la Designación de Sociedades de Auditoría, aprobado por
Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG;
En uso de las atribuciones conferidas por los artículos
20º y 32º literal l) de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del
Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General
de la República;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Revocar la designación de la Socie-
dad de Auditoría Angel Lopez-Aguirre & Asociados
Contadores Públicos Sociedad Civil, para realizar el exa-
men a los estados financieros de la Dirección Regional de
Educación de Ica, por el período 2001, autorizada por Re-
solución de Contraloría Nº 109-2002-CG.
Artículo Segundo.- Las unidades orgánicas compe-
tentes, realizaran las acciones correspondientes a fin de
deslindar las responsabilidades de los funcionarios de la
Dirección Regional de Educación de Ica por incumplimiento
de la normativa de control.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Socieda-
des de Auditoría la supervisión de lo autorizado por la pre-
sente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GENARO MATUTE MEJÍA
Contralor General de la República
10214
MINISTERIO PÚBLICO
Declaran fundada investigación instaura-
da contra ex Vocal y Presidente de la
Corte Superior del Santa por los delitos
de peculado y malversación de fondos
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA
NACIÓN Nº 767-2004-MP-FN
Lima, 27 de mayo de 2004

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