Autorizan a procurador intervenir en proceso judicial iniciado contra presunto responsable de delito de usurpación de autoridad

Fecha de disposición16 Octubre 1999
Fecha de publicación16 Octubre 1999
Pág. 179374
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 16 de octubre de 1999
mo Nº 17-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de
Normas Generales de Procedimientos Administrativos apro-
bado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y Decreto Ley Nº
25862;
SE RESUELVE:
Primero.- Sancionar a las personas indicadas en el
primer considerando de esta resolución, con la SUSPEN-
SION de sus licencias de conducir por el período de un año,
computados a partir de la fecha de la ocurrencia o la fecha de
remisión de los oficios por parte de las Delegaciones de la
Policía Nacional del Perú, según corresponda, por las razo-
nes expuestas en la parte considerativa de la presente
resolución.
Segundo.- De conformidad con lo establecido en la
Cuarta Disposición Complementaria del Reglamento para
obtener Licencias de Conducir para Vehículos Motorizados
de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº
15-94-MTC, la presente resolución se publicará en el Diario
Oficial El Peruano.
Tercero.- Encargar la ejecución de esta resolución a la
Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial.
Regístrese y comuníquese.
CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO
Director General
Dirección General de Circulación Terrestre
13170
Otorgan concesión a empresa para
prestar servicio público de transporte
terrestre interprovincial de pasajeros
en la ruta Lima-Chiclayo
RESOLUCION DIRECTORAL
Nº 2570-99-MTC/15.18
Lima, 27 de setiembre de 1999
VISTOS, el Expediente de Registro Nº 02436010 organi-
zado por la empresa de transportes EXPRESO TURISMO
TACNA INTERNACIONAL S.R.L. - "ETTI S.R.LTDA" sobre
Concesión de Ruta: LIMA - CHICLAYO y viceversa e Informe
Nº 565-99-MTC/15.18.04.1.RCM de la Dirección de Transpor-
te de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional;
CONSIDERANDO:
Que, la referida empresa, mediante el expediente indica-
do en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesión de
ruta: Lima - Chiclayo y viceversa, al amparo de lo establecido
en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Terres-
tre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus
aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC;
Que, en el Informe Nº 565-99-MTC/15.18.04.1.RCM, se
concluye que la referida empresa cumple con los requisitos
establecidos en el Artículo 13º del referido Reglamento y
señalados en el Texto Unico de Procedimientos Administra-
tivos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-
MTC, recomendándose la procedencia del pedido formulado;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo
Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº
05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por
Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedi-
mientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Su-
premo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862;
SE RESUELVE:
Primero.- Otorgar a la empresa de transportes EXPRE-
SO TURISMO TACNA INTERNACIONAL S.R.LTDA - "ETTI
S.R.LTDA", la concesión de ruta: LIMA - CHICLAYO y
viceversa, para prestar Servicio Público de Transporte Te-
rrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omni-
bus, por el período de diez (10) años, contados a partir de la
fecha de expedición de la presente Resolución, de acuerdo
con los siguientes términos:
RUTA :LIMA - CHICLAYO y viceversa
ORIGEN :LIMA
DESTINO :CHICLAYO
ITINERARIO :CHIMBOTE - TRUJILLO
ESCALA
COMERCIAL :TRUJILLO
FRECUENCIAS :Una diaria
FLOTA
VEHICULAR :Cuatro ómnibus
FLOTA
OPERATIVA :Tres ómnibus:
UH-2989 (1982), UH-2990 (1982)
y UQ-3736 (1992)
FLOTA DE
RESERVA :Un (1) ómnibus: UH-2988 (1982)
HORARIOS :Salida de Lima: A las 20.00 horas
Salida de Chiclayo: A las 20.00 horas
La tarjeta de circulación será expedida con relación al
año de fabricación de los vehículos ofertados.
Segundo.- La empresa está obligada a cumplir con las
normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por
Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demás disposiciones vi-
gentes, concernientes al Servicio Público de Transporte
Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en
Omnibus.
Tercero.- La presente Resolución Directoral deberá ser
publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano
dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la
fecha de su notificación.
Cuarto.- La concesionaria está obligada a iniciar el
servicio dentro de los treinta (30) días calendario contados a
partir de la fecha de publicación de la presente Resolución.
Quinto.- Encargar la ejecución de esta Resolución a la
Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e
Internacional.
Regístrese y comuníquese.
CARLOS A. IBAÑEZ MANCHEGO
Director General
Dirección General de Circulación Terrestre
13127
CONTRALORIA
GENERAL
Autorizan a procurador intervenir en
proceso judicial iniciado contra pre-
sunto responsable de delito de usur-
pación de autoridad
RESOLUCION DE CONTRALORIA
Nº 121-99-CG
Lima, 13 de octubre de 1999
VISTOS, la Hoja Informativa Nº 039-99-CG-PPU/LPR de
fecha 7.OCT.99, emitida por la Procuraduría Pública de la
Contraloría General.
CONSIDERANDO:
Que, de la evaluación resultante de los documentos
recibidos del encargado de la Gestión de Gobierno del Minis-
terio Público del Distrito Judicial de Puno, se evidencia que
persona ajena a la Contraloría General, se estaría irrogando
indebidamente la representación del Organismo Contralor,
y presentándose como tales ante las autoridades jurisdiccio-
nales.
Que, los referidos hechos denotan la existencia de comi-
sión de delito de usurpación de autoridad, tipificado en el Art.
361º del Código Penal, en agravio del Estado, por cuya razón,
con la documentación sustentatoria, han sido materia de
denuncia ante la Fiscalía Provincial Mixta de Huancané-
Puno, quien formalizó denuncia ante el Juzgado Mixto de
Huancané, dándose inicio al proceso penal Nº 0078-99.
Que, en tal sentido, se hace indispensable autorizar al
señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de
la Contraloría General de la República para que impulse las
acciones pertinentes, en resguardo de los intereses públicos.
Contando con la visación de la Secretaría Técnico -
Jurídica y de Ética;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR