04 852-2002-JEF/RENIEC - Autorizan a procurador a interponer acciones judiciales contra presunto responsable de la comisión de delito contra el patrimonio
Fecha de disposición | 24 Diciembre 2002 |
Fecha de publicación | 24 Diciembre 2002 |
Pág. 235837
NORMAS LEGALES
Lima, martes 24 de diciembre de 2002
"
Las adquisiciones de bienes y servicios que efectúen
las entidades públicas, de acuerdo a sus respectivos Pla-
nes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones que su-
peren las tres (3) UIT, deberán ser autorizadas por el Ti-
tular de la entidad mediante la resolución correspondien-
te, la misma que se publicará en la respectiva página
WEB de la entidad"
;
Estando a lo expuesto y a lo dispuesto en el artículo
artículo 11º inciso c) del Reglamento de Organización y
Funciones de RENIEC aprobado por Resolución Jefatu-
ral Nº 119-2002-JEF/RENIEC del 7 de marzo del 2002;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Exonerar del proceso de adjudi-
cación directa la contratación para prorrogar el plazo del
Contrato de Arrendamiento Nº 1970-2001-05-00-02 para
el funcionamiento del Núcleo Registral de Barranca.
Artículo Segundo.- Autorizar, en vías de regulariza-
ción, la contratación para prorrogar el plazo del contrato
de arrendamiento citado en el artículo precedente por el
período de seis meses, contados a partir del primero de
agosto del dos mil dos, por un monto total de S/. 9,000.00
(nueve mil y 00/100 nuevos soles).
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Admi-
nistración del Registro Nacional de Identificación y Esta-
do Civil, poner la presente resolución en conocimiento
de la Contraloría General de la República.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO RUIZ BOTTO
Jefe Nacional
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RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 851-2002-JEF/RENIEC
Lima, 13 de diciembre 2002
VISTO: El informe técnico emitido por la División de
Servicios Generales e Infraestructura mediante Informe
Nº 087-2002-GAD-DSGI del 26 de noviembre del 2002,
el informe emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica
mediante Memorándum Nº 2753-2002/GAJ/RENIEC del
2 de diciembre del 2002;
CONSIDERANDO:
Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado
Civil, es un organismo autónomo que cuenta con perso-
nería jurídica de derecho público interno y goza de atri-
buciones en materia registral, técnica, administrativa,
económica y financiera, según la Ley Orgánica Nº 26497;
Que, el Registro Nacional de Identificación y Estado
Civil, para la atención del público usuario cuenta con agen-
cias a nivel nacional que funcionan en locales arrenda-
dos, por no contar con locales propios o cedidos en uso;
Que, el quince de noviembre del dos mil se suscribió
el Contrato de Arrendamiento Nº 5549-2000-05-00-00
respecto al inmueble ubicado en Galerías Fercast Local
Nº 110, Calle Junín Nº 408 y 412, Distrito de Ilo, Provin-
cia de Ilo, Departamento de Moquegua para el funciona-
miento del Núcleo Registral de Ilo, con vigencia hasta el
quince de noviembre del dos mil dos;
Que, el Núcleo Registral de Ilo hasta la fecha viene
brindando servicios a los ciudadanos en el citado inmueble
siendo necesario continuar con el uso del local a fin de
cubrir la demanda de trámites de los pobladores de di-
cha provincia;
Que, el egreso que generará la prórroga del arrenda-
miento del local antes mencionado está considerado en
el Presupuesto Institucional para el Ejercicio 2002 en la
fuente de financiamiento de recursos directamente re-
caudados;
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata-
ciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto
Supremo Nº 012-2001-PCM publicado el 13 de febrero
del 2001 en su artículo 19º señala que : "
Están exonera-
das de los procesos de Licitación Pública, Concurso Pú-
blico o Adjudicación Directa, según sea el caso, las ad-
quisiciones y contrataciones que se realicen : g) Para
prorrogar el plazo de contratos de arrendamiento de in-
muebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la
renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento
del índice general de precios al por mayor
";
Que, el artículo 20º de la citada norma señala que : "
Las
adquisiciones o contrataciones a que se refiere el artículo
precedente se realizarán mediante el proceso de Adjudicación
de Menor Cuantía. Todas las exoneraciones, salvo la previs-
ta en el literal b) del Artículo 19º, se aprobarán mediante : a)
Resolución del Titular del Pliego de la Entidad";
Que, el Jefe Nacional ejerce la titularidad del pliego
del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, tal
como lo señala el artículo 11º de la Ley Nº 26497 y el
artículo 11º inciso d) del Reglamento de Organización y
Funciones de RENIEC aprobado por Resolución Jefatu-
ral Nº 119-2002-JEF/RENIEC del 7 de marzo del 2002;
Que, el Decreto de Urgencia Nº 030-2002 publicado
el 20 de junio del 2002 establece en su artículo 5º que :
"
Las adquisiciones de bienes y servicios que efectúen
las entidades públicas, de acuerdo a sus respectivos Pla-
nes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones que su-
peren las tres (3) UIT, deberán ser autorizadas por el Ti-
tular de la entidad mediante la resolución correspondien-
te, la misma que se publicará en la respectiva página
WEB de la entidad"
;
Estando a lo expuesto y, a lo dispuesto en el artículo
11º inciso c) del Reglamento de Organización y Funcio-
nes de RENIEC aprobado por Resolución Jefatural
Nº 119-2002-JEF/RENIEC del 7 de marzo del 2002;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Exonerar del proceso de adjudi-
cación de menor cuantía la contratación para prorro-
gar el plazo del Contrato de Arrendamiento Nº 5549-
2000-05-00-00 para el funcionamiento del Núcleo Re-
gistral de Ilo.
Artículo Segundo.- Autorizar, en vías de regulariza-
ción, la prorroga del contrato de arrendamiento, citado
en el artículo precedente, por el período de un año con-
tados a partir del dieciséis de noviembre del dos mil dos,
por un monto total de US $ 3,000.00 (tres mil y 00/100
dólares americanos).
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Admi-
nistración del Registro Nacional de Identificación y Esta-
do Civil, poner la presente resolución en conocimiento
de la Contraloría General de la República.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO RUIZ BOTTO
Jefe Nacional
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Autorizan a procurador a interponer
acciones judiciales contra presunto res-
ponsable de la comisión de delito con-
tra el patrimonio
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 852-2002-JEF/RENIEC
Lima, 13 de diciembre de 2002
Vistos, el Informe Nº 935-2002-GAJ/RENIEC, de la
Gerencia de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Memorándum Nº 0188-2002-SP, se
informa que el 30 de junio del 2002, el señor Gustavo
Rafael Falcón LLanos, culminó su relación contractual con
el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil -
RENIEC, sin embargo, por error involuntario ha sido con-
siderado en la relación de pago del mes de julio del per-
sonal contratado bajo la modalidad de locación de servi-
cios;
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