1064 040-2006-EF/10 042-2006-EF/10 043-2006-EF/10 - Autorizan a procurador interponer acciones judiciales a presuntos responsables del SAT de la MML de la comisión de delitos contra la administración pública

Fecha de publicación01 Febrero 2006
Fecha de disposición01 Febrero 2006
Pág. 311713
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 1 de febrero de 2006
PROGRAMA 009 :Promoción de la Producción Agraria
SUBPROGRAMA 0034 : Irrigación
PROYECTO 26690 :Rehabilitación y Mejoramiento de los
Sistemas de Riego
6. GASTOS DE CAPITAL
5. Inversiones 215 000,00
PROYECTO 26691 :Riego Tecnificado
6. GASTOS DE CAPITAL
5. Inversiones 610 500,00
PROYECTO 26688 :Fortalecimiento Institucional y
Desarrollo de Capacidades de Riego
6. GASTOS DE CAPITAL
5. Inversiones 167 500,00
PROYECTO 26689 :Apoyo a la Gestión de Recursos
Hídricos
6. GASTOS DE CAPITAL
5. Inversiones 141 000,00
PROYECTO 26692 :Gestión del Programa y Otros -
Programa de Ampliación del Proyecto
Subsectorial de Irrigación en el Marco
del Préstamo PE 4076 Banco Mundial
6. GASTOS DE CAPITAL
5. Inversiones 561 000,00
TOTAL 1 695 000,00
=======
Artículo 2º.- Codificaciones
Las Oficinas de Presupuesto o las que hagan sus veces
de los Pliegos comprendidos en la presente Transferencia
de Partidas, solicitarán a la Dirección Nacional del
Presupuesto Público las codificaciones que se requieran
como consecuencia de la incorporación de nuevos
Componentes, Finalidad de Metas y Unidades de Medida.
Artículo 3º.- Notas de Modificación
Las Oficinas de Presupuesto o las que hagan sus
veces en los Pliegos instruyen a la Unidad Ejecutora,
bajo su ámbito para que elaboren las correspondientes
“Notas para Modificaciones Presupuestarias” que se
requieran como consecuencia de lo dispuesto en la
presente norma.
Artículo 4º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún
días del mes de enero del año dos mil seis.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Ministro de Economía y Finanzas
01926
Autorizan a procurador interponer
acciones judiciales a presuntos
responsables del SAT de la MML de la
comisión de delitos contra la
administración pública
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 040-2006-EF/10
Lima, 17 de enero de 2006
Visto el Oficio Nº 2136-2005-PP-EF/16 del Procurador
Público, encargado de los asuntos judiciales del Ministerio
de Economía y Finanzas;
CONSIDERANDO:
Que, el señor Luis Eugenio Monzón Solórzano
interpuso recurso de apelación contra la Resolución de
Departamento Nº 66-29-00000853 emitida el 16 de enero
de 2004 por el Servicio de Administración Tributaria de la
Municipalidad Metropolitana de Lima - SAT - que declaró
inadmisible la reclamación interpuesta contra la Orden
de Pago Nº 63-11-00032690 girada por Impuesto Predial
del tercer trimestre de 2003;
Que, mediante Proveídos Nºs. 00680-1-2004 y
01131-1-2004 del 11 de junio y 20 de agosto de 2004, se
requirió y se reiteró a la Administración que informara
sobre diversos hechos y remitiera diversa
documentación relacionada a la apelación interpuesta,
otorgándosele para tal efecto el plazo de quince y diez
días hábiles respectivamente;
Que, al no haber cumplido la Administración con lo
dispuesto por el Tribunal Fiscal en los proveídos antes
citados, emitió la Resolución Nº 08304-1-2004 del 26 de
octubre de 2004, la misma que fue reiterada por la
Resolución Nº 01624-1-2005 del 11 de marzo de 2005,
por las que se reiteraron los referidos proveídos,
otorgándose un plazo de cinco días hábiles de notificadas
las resoluciones en ambos casos, bajo apercibimiento
de formular denuncia penal;
Que, al no haber cumplido la Administración con lo
dispuesto por el Tribunal Fiscal en los proveídos y
resoluciones precedentemente citados, y estando
obligado a emitir pronunciamiento sobre la apelación
planteada, emitió la Resolución Nº 04503-1-2005 del 19
de julio de 2005, confirmando la Resolución de
Departamento Nº 66-29-00000853 y se ordenó remitir
copia de dicha resolución al Procurador Público del
Ministerio de Economía y Finanzas, para sus efectos,
dado el reiterado incumplimiento de la Administración
Tributaria a lo requerido por el Tribunal Fiscal;
Que, el artículo 156º del Código Tributario dispone
que las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal deben
ser cumplidas, bajo responsabilidad, por los funcionarios
de la Administración;
Que, el incumplimiento por parte de la Administración
Tributaria a los mandatos del Tribunal Fiscal, evidencia la
existencia de indicios razonables de la comisión de los
delitos contra la Administración Pública - Desobediencia
y Resistencia a la Autoridad y Omisión, Rehusamiento o
Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en
los artículos 368º y 377º del Código Penal aprobado por
Decreto Legislativo Nº 635 y normas modificatorias;
Que, además, el Tribunal Fiscal mediante Resolución
Nº 681-3-98 de fecha 10 de agosto de 1998, que
constituye jurisprudencia de observancia obligatoria, ha
dispuesto que si bien carece de competencia para aplicar
sanciones a los funcionarios de la Administración
Tributaria que incumplieran sus resoluciones, aquellos
incurren en responsabilidad penal, la que deberá hacer
efectiva el Poder Judicial a través del proceso penal
correspondiente, el que se inicia con la denuncia que
interpone el Procurador Público del Sector, sin perjuicio
de la responsabilidad civil;
Que, por lo expuesto resulta procedente autorizar al
Procurador Público encargado de los asuntos judiciales
del Ministerio de Economía y Finanzas para que, en
representación y defensa de los intereses del Estado,
interponga las acciones legales pertinentes contra quienes
resulten responsables de la comisión de estos delitos;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º
de la Constitución Política del Perú y por el Decreto Ley
Nº 17537 que regula la representación y defensa del
Estado en juicio y sus normas modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público
encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de

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