ORDENANZA N° 365-MDEA - Aprueban Reglamento Interno del Concejo Municipal del distrito de El Agustino

Fecha de disposición27 Marzo 2008
Fecha de publicación27 Marzo 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 27 de marzo de 2008
369540
que las Ordenanzas de las municipalidades en materia de su
competencia, son las normas de carácter general de mayor
jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de
las cuales se aprueba la organización interna, la regulación,
administración y supervisión de los servicios públicos y las
materias en las que las municipalidades tienen competencia;
Que es necesario regular el costo de la emisión de la
determinación y distribución de los tributos municipales
correspondientes al ejercicio f‌i scal y presupuestal 2008; lo cual
se halla amparado en la Cuarta Disposición Final del Decreto
Supremo Nº 156-2004-EF, Texto Unico Ordenado de la Ley de
Tributación Municipal, donde se faculta a las municipalidades
a cobrar el servicio de emisión mecanizada de actualización
de valores, determinación de tributos, incluido su distribución
a domicilio; el mismo que no debe superar al 0.4 % de la U.I.T.
vigente al 1 de enero de cada ejercicio.
Que, mediante Decreto Supremo Nº 209-2007-EF
se establece el valor de la U.I.T en S/. 3,500.00 para el
ejercicio f‌i scal 2008;
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas
Concejo Municipal de Barranco con el voto mayoritario de
sus miembros y con la dispensa del tramite de lectura y
aprobación de actas, Aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL COSTO DE
EMISIÓN DE CUPONERAS 2008
Artículo Primero.- Fíjese en S/. 4.00 (Cuatro
00/100 nuevos soles) el monto que deberán abonar los
contribuyentes por concepto de derecho de emisión
mecanizada de actualización de valores, determinación
del impuesto, incluyendo la distribución de la declaración
jurada y determinación del impuesto predial del ejercicio
2008. Por cada predio adicional se abonará S/ 0.50
(cincuenta céntimos 00/100 nuevos soles) por el derecho
mencionado.
El monto del derecho se cancelará en forma fraccionada
de cuatro cuotas conjuntamente con la del Impuesto Predial
del ejercicio 2008.
Artículo Segundo.- Establecer en S/. 1.00 (Un 00/100
nuevos soles) por cada trimestre el monto que deberán
abonar los contribuyentes o responsables por servicios
de emisión mecanizada de determinación de las tasas de
Arbitrios Municipales 2008, incluyendo la distribución a
domicilio.
Artículo Tercero.- Aprobar la estructura de costos y el
cuadro de estimación de Ingresos por el servicio de emisión
mecanizada de la determinación del Impuesto Predial y
Arbitrios Municipales 2008, la misma que forma parte de la
presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia a partir de la publicación del Acuerdo de Concejo
de la Municipalidad Metropolitana de Lima que la ratif‌i que.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, archívese y cúmplase.
FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG
Alcalde
ANEXO 01
CUADRO DE COSTOS – DERECHO DE EMISIÓN
DE CUPONERA 2008
Detalle S/. Monto S/:
I.- COSTOS DIRECTOS
1. Mano De Obra
2. Materiales
3. Depreciación
4. Otros costos
67,000.00
23,725.00
218.33
7,600.00
TOTAL COSTOS DIRECTOS 98,543.33
II.- COSTOS INDIRECTOS
1. Administrativos
2. Útiles de Of‌i cina 7,427.56
2,067.57
TOTAL COSTOS INDIRECTOS 9,495.13
III.- COSTOS FIJOS 1,993.49
TOTAL GASTOS 110,031.95
COSTO POR CUPONERA
Nº de Predios Costo por Emisión
Mecanizada 2008 Costo por Predio
13,646 S/. 110,031.95 S/. 8.06
ESTIMACIÓN DE INGRESOS
I.- Impuesto predial
Nº de Predios Costo de Emisión
Mecanizada por predio
(Monto Anual)
Total
13,646 S/. 4.00 S/. 54,584.00
200 (Adicionales ) S/. 0.50 100.00
TOTALES S/. 54,684.00
II.- Arbitrios
Nº de
Predios Costo de Emisión
Mecanizada por
predio
(Monto
Trimensual)
Costo de Emisión
Mecanizada por
predio
(Monto Anual)
Total
13,646 S/. 1.00 S/. 4.00 S/. 54,584.00
IMPUESTO PREDIAL S/. 54,684.00
ARBITRIOS MUNICIPALES S/. 54,584.00
TOTAL EMISIÓN S/. 109,268.00
180008-1
MUNICIPALIDAD DE
EL AGUSTINO
Aprueban Reglamento Interno del
Concejo Municipal del distrito de El
Agustino
ORDENANZA Nº 365 - MDEA
El Agustino, 18 de marzo de 2008.
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE EL AGUSTINO.
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de El Agustino, en sesión
ordinaria de la fecha, vista la propuesta del Reglamento
Interno del Concejo Municipal del distrito de El Agustino
presentada por el señor Alcalde Econ. Víctor Modesto
Salcedo Ríos.
CONSIDERANDO:
establece que las municipalidades provinciales y distritales
son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia. La estructura orgánica del gobierno local la
conforman el Concejo Municipal como órgano normativo y
f‌i scalizador y la Alcaldía.
El artículo 8º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de
Descentralización, establece que la autonomía es el derecho
y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de
normar, regular y administrar los asuntos públicos de su
competencia. Se sustenta en af‌i anzar en las poblaciones e
instituciones la responsabilidad y el derecho de promover
y gestionar el desarrollo de sus circunscripciones, en el
marco de la unidad de la nación. La autonomía se sujeta a
la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional
respectivas.
El artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972,

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