Delegan facultades al Intendente General y a los Intendentes de Regulación y Desarrollo y de Supervisión, Autorización y Registro para representar a la SEPS en diversas materias

Fecha de disposición26 Agosto 2004
Fecha de publicación26 Agosto 2004
Pág. 275253
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 26 de agosto de 2004
SE RESUELVE:
Articulo 1º.- Autorizar la donación de los bienes comi-
sados declarados en abandono por la Intendencia Regio-
nal La Libertad mediante las Resoluciones de Intendencia
Nºs. 064-25-00000425, 064-25-00000416, 064-25-
00000722, 064-25-0000611, 064-25-0000612, 064-25-
0000912 y 064-25-0000868, a favor del Arzobispado de
Trujillo y de la Congregación de las Hermanitas de los An-
cianos Desamparados Hogar San José-Trujillo, conforme
se detalla en el Anexo de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los Responsables designados mediante
Resolución de Superintendencia Nº 089-2002/SUNAT, en
la Intendencia involucrada, son los encargados de ejecutar
y dar cumplimiento a la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO
Superintendente Nacional
ANEXO A LA RESOLUCIÓN DE
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
Nº 194-2004/SUNAT
Cantidad Unidad Detalle Beneficiario
650 Saco x 50 kilos Arroz Pilado Iglesia Católica: Arzobispado de
Aprox. Trujillo.
243 Saco x 49 Kg. Arroz Pilado Iglesia Católica: Arzobispado de
Aprox. Trujillo.
261 Caja Conservas de Iglesia Católica: Arzobispado de
pescado: 150 Trujillo.
cajas en salsa
de tomate, 28
de filete en
aceite vegetal
y 83 de Grated
en agua y sal.
10 Saco x 50 Kg. Arroz Pilado Iglesia Católica: Congregación
Aprox. de las Hermanitas de los
Ancianos Desamparados Hogar
San José-Trujillo.
14 Saco x 50 Kg. Arroz Pilado Iglesia Católica: Congregación
Aprox. de las Hermanitas de los
Ancianos Desamparados Hogar
San José-Trujillo.
397 391 Sacos x 93 de arverja, Iglesia Católica: Arzobispado
88.5 Kg 30 de maíz, de Trujillo.
6 sacos 261 de cebada,
medianos x 11 de haba,
66.1 Kg 2 de frejol
Peso total
35,000 Kg.
Aprox.
341 Saco x 60 Kg. Carbón Vegetal Iglesia Católica: Arzobispado
Aprox. de Trujillo.
15403
SUPERINTENDENCIA DE
ENTIDADES PRESTADORAS
DE SALUD
Delegan facultades al Intendente Ge-
neral y a los Intendentes de Regulación
y Desarrollo y de Supervisión, Autoriza-
ción y Registro para representar a la
SEPS en diversas materias
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 046-2004-SEPS/S
Lima, 20 de agosto del 2004
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 14º de la Ley de la Modernización de
Seguridad Social en Salud, Ley Nº 26790, preceptúa que
la Superintendencia de Entidades Prestadoras de Salud
(SEPS) es un Organismo Público Descentralizado del sec-
tor salud, que cuenta con autonomía funcional, administra-
tiva y financiera y se organiza de acuerdo a las normas
que establezca su Estatuto, el cual ha sido aprobado por el
Decreto Supremo Nº 006-97-SA;
Que, el artículo 10º del Estatuto de la SEPS y el artícu-
lo 10º literales a) y k) de su Reglamento de Organización y
Funciones (ROF), aprobado por Resolución de Superin-
tendencia Nº 029-2001-SEPS/CD, establecen que corres-
ponde al Superintendente ejercer la representación ante
autoridades públicas o privadas, instituciones nacionales
o del exterior, así como celebrar actos, contratos, conve-
nios con entidades públicas o privadas nacionales o ex-
tranjeras, relacionados con el cumplimiento de sus funcio-
nes;
Que, el artículo 76º del Código Civil prescribe que la
persona jurídica de derecho público interno se rige por la
Ley de su creación;
Que, de conformidad con el artículo 11º del citado Re-
glamento de Organización y Funciones, el Intendente Ge-
neral constituye la máxima instancia de dirección adminis-
trativa y de coordinación interna y externa de la Superin-
tendencia, siendo el funcionario ejecutivo de mayor rango
luego del Superintendente;
Que, el artículo 115º de la Ley Nº 27444, Ley del Pro-
cedimiento Administrativo General, regula la representa-
ción en la tramitación de los procedimientos administrati-
vos;
Que, según el artículo 12º, literales n) y p) del referido
Reglamento, el Intendente General representará al Super-
intendente por delegación expresa de éste y ejercerá aque-
llas otras funciones que le delegue;
Que, el Superintendente puede delegar las facultades
de representación en otros funcionarios; y,
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- DELEGAR en el Intendente General las
facultades suficientes para representar a la Superin-
tendencia de Entidades Prestadoras de Salud en las si-
guientes materias:
1.1. Apersonarse ante toda clase de personas natura-
les o jurídicas nacionales de derecho privado o público con
las facultades de representación general, lo que compren-
de la facultad de iniciar y proseguir procedimientos
administrativos no contenciosos.
1.2. Suscribir contratos para la adquisición de bienes
muebles y suministros; y, servicios generales con sujeción
a las disposiciones internas de la SEPS y las normas lega-
les que regulan las contrataciones y adquisiciones del Es-
tado.
1.3. Formular, suscribir y presentar solicitudes y de-
claraciones juradas o de otra naturaleza, así como sus
ampliatorias o modificatorias, ante las autoridades
administrativas y tributarias del Gobierno Central, Go-
biernos Regionales, Gobiernos Locales, así como ante
cualquier otra entidad acreedora, administradora o re-
caudadora de tributos, derechos, contribuciones o simi-
lares.
Artículo 2º.- DELEGAR las mismas facultades señala-
das en el artículo 1º en el Intendente de Regulación y De-
sarrollo y en el Intendente de Supervisión, Autorización y
Registro, quienes podrán ejercerlas individualmente y en
ese orden, en los casos de ausencia o impedimiento del
Intendente General.
Artículo 3º.- El Intendente General informará mensual-
mente al Superintendente respecto del ejercicio de las fa-
cultades que se le delegan mediante la presente Resolu-
ción. Igual informe presentarán el Intendente de Regula-

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