La propiedad intelectual en el ALCA. Pocas oportunidades y muchos riesgos
Autor | María Julia Oliva |
Cargo | Abogada. Funcionaria del Programa de Marcas, Recursos Naturales y Ambiente del International Centre for Trade and Sustainable Development, así como miembro de la Comisión de Derecho Ambiental del IUCN |
Páginas | 47-61 |
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Anuario Andino de Derechos Intelectuales.
Año IV - N.º 5. Lima, 2009
La propiedad intelectual en el ALCA
Pocas oportunidades y muchos riesgos* **
MARÍA JULIA OLIVA
Sumario: I. Introducción. II. DPI, escalada de las normas internacionales y desarrollo sostenible
2.1 La propiedad intelectual: ¿Instrumento de política gubernamental o vaca sagrada?.
2.2 Normas internacionales y fl exibilidad reguladora. 2.3 Desafíos al desarrollo sostenible. III. La
propiedad intelectual en el ALCA. 3.1 Oportunidades potenciales. 3.2 Riesgos. 3.2.1 Disposiciones
generales del Borrador de Capítulo sobre los DPI. 3.2.2 Disposiciones específi cas del Borrador de
Capítulo sobre los DPI . IV. Conclusión.
I. INTRODUCCIÓN
Hay quienes opinan que la propiedad intelectual es la “base de la existencia humana,1” ya
que protege las invenciones e innovaciones al tiempo que mejora la calidad de vida a través de
opciones para los consumidores y nuevas formas de canalizar la actividad humana.2 Otros opinan
que los derechos de propiedad intelectual (DPI) son únicamente un monopolio sancionado por
los gobiernos y un subsidio que establece fronteras territoriales alrededor de las tecnologías
y otras invenciones a fi n de que las empresas puedan maximizar sus benefi cios.3 Creada por
el gobierno del Reino Unido con la misión de analizar si y cómo los DPI pueden desempeñar
una función para reducir la pobreza y el hambre, mejorar la salud y la educación, y asegurar el
desarrollo sostenible, la Comisión sobre los Derechos de Propiedad Intelectual (Comisión sobre
los DPI) concluyó que el valor de la protección de la propiedad intelectual para la sociedad
depende de factores como las circunstancias económicas y sociales en las que se aplica.4
* Una versión de este documento fue publicada en American University International Law Review, Volumen 19:1.
Artículo reproducido con expresa autorización del autora.
** Traducción: Rosario Vino.
1 Dr. Kamil Idris, Director General de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), en su
discurso de aceptación, citado en OMPI,Comunicado de prensa PR/2003/348, Ginebra, 27 de mayo de
2003, disponible en http://www.wipo.int/pressroom/en/index.html.
2 Véase J.M. Aubrey, “A Justifi cation of the Patent System”, en PATENTS IN PERSPECTIVE (ed. by
Jeremy Phillips, Oxford, 1985).
3 Véase Genetic Resources Action International, “Intellectual Property Rights and Biodiversity: The Eco-
nomic Myths” en Global Trade and Biodiversity in Confl ict, Issue no. 3, octubre de 1998, disponible en
www.grain.org/publications/issue3-en.cfm.
4 Véase Commission on Intellectual Property Rights, Integrating Intellectual Property Rights and Develop-
ment Policy, 5 (2002) , disponible en http://www.iprcommission.org/papers/pdfs/fi nal_report/CIPRfullfi nal.
pdf. (Última visita: 22 de julio de 2003).
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