Aprueban Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos 'PIGARS'

Fecha de publicación23 Diciembre 2004
Fecha de disposición23 Diciembre 2004
Pág. 283075
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 23 de diciembre de 2004
Relleno Sanitario y Serenazgo comprendidos desde el
año 1997 hasta el año 2003 no dan derecho a solicitar
devolución y/o compensación de lo pagado.
Artículo Tercero.- FACÚLTESE al Alcalde para que
mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones
complementarias necesarias para la adecuada aplica-
ción de la presente Ordenanza.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la OFICINA DE EJE-
CUTORÍA COACTIVA, DIRECCIÓN DE RECAUDACIÓN
Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, el estricto cumplimien-
to de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la UNI-
DAD DE GESTIÓN INFORMÁTICA la implementación de
la misma en el sistema y a la OFICINA DE SECRETARÍA
GENERAL E IMAGEN INSTITUCIONAL su respectiva
difusión.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
JOSÉ ANÍBAL OLIVA GUEVARA
Alcalde (e)
23260
Rectifican error material existente en
la R.A. Nº 516-2004
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 563-2004
Los Olivos, 21 de diciembre de 2004
VISTO: El Informe Nº 881-2004-MDLO/OAJ, el Pro-
veído Nº 7857-04 relacionados a la rectificación de error
material; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 516-2004,
de fecha 11 de febrero de 2004, se resolvió, entre otros,
instaurar proceso administrativo disciplinario contra el
servidor JORGE ANTONIO DEVILLE SÁNCHEZ por la
presunta falta administrativa prevista y tipificada en el
literal k) del Art. 28º de la Ley de Bases de la Carrera
Administrativa; conforme a los fundamentos esgrimidos
en el citado dispositivo municipal;
Que, con Informe Nº 881-2004-MDLO/OAJ la Ofici-
na de Asesoría Jurídica solicita la rectificación del error
advertido en la Resolución de Alcaldía Nº 516-2004,
obrando al respecto el Proveído Nº 7857-04 de la Ge-
rencia Municipal;
Que, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Ad-
ministrativo General, establece en su artículo 201º
que los errores materiales o aritméticos en los actos
administrativos pueden ser rectificados con efecto re-
troactivo, en cualquier momento, de oficio o a instan-
cia de los administrados, siempre que no se altere lo
sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión;
adoptando la rectificación las formas y modalidades
de comunicación o publicación que corresponda para
el acto original;
Estando a lo informado y en ejercicio de las atribucio-
nes conferidas por el Art. 20º inciso 6) de la Ley Orgáni-
ca de Municipalidades Nº 27972;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- RECTIFICAR EL ERROR MA-
TERIAL existente en el sexto y sétimo considerando de
la Resolución de Alcaldía Nº 516-2004 de fecha 11 de
noviembre de 2004; conforme se detalla a continua-
ción:
DICE:
“(....) Jorge Deville Rojas...(...)”
DEBE DECIR:
“(....) Jorge Antonio Deville Sánchez...(...)”
Artículo Segundo.- HACER DE CONOCIMIENTO
de lo dispuesto en el presente a la GERENCIA MUNICI-
PAL, a la OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA así como
a los miembros de la COMISIÓN PERMANENTE DE
PROCESOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS DE
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS para
los fines consiguientes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JOSÉ ANÍBAL OLIVA GUEVARA
Alcalde (e)
23261
MUNICIPALIDAD DE LURÍN
Aprueban Plan Integral de Gestión Am-
biental de Residuos Sólidos "PIGARS"
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 097/ML
Lurín, 9 de diciembre del 2004
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE
LURÍN
VISTO:
El Concejo de la Municipalidad de Lurín en Sesión de
Concejo Extraordinaria de fecha 7 de diciembre del 2004,
el Informe Nº 272-04-SG/LP/MA/AV de la Subgerencia
de Limpieza Pública, Medio Ambiente y Áreas Verdes e
Informe Nº 189-04-GDESP/ML conteniendo el Proyecto
de Ordenanza que aprueba el Plan Integral de Gestión
Ambiental de Residuos Sólidos "PIGARS" de la Munici-
palidad de Lurín;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley General de Residuos Sólidos Nº 27314
en su disposición sexta establece que todas las
Municipalidades Provinciales con población mayor a
5,000 habitantes en un plazo no mayor de un año de
publicada la Ley deberán elaborar, aprobar y publicar
sus respectivos Planes Integrales de Gestión Ambiental
de Residuos Sólidos (PIGARS) en noviembre del año
2001, el CONAM publicó la Guía Metodológica para la
Formulación de Planes Integrales de Gestión Ambiental
de Residuos Sólidos, guía que señala los pasos y crite-
rios que se deben considerar para la formulación y puesta
en marcha;
Que, es atribución del Concejo Municipal aprobar el
sistema de gestión ambiental local y sus instrumentos,
en concordancia con el sistema de gestión ambiental
nacional y regional;
Que, el Plan Integral de Gestión Ambiental de Resi-
duos Sólidos ha sido creado con la necesidad de estable-
cer un adecuado manejo de Residuos Sólidos en todo el
distrito, a fin de mejorar las condiciones de salud y am-
biente de la localidad;
En uso de las facultades conferidas de acuerdo a la
dispensa del trámite de aprobación de actas, el Concejo
aprobó por unanimidad la siguiente:
ORDENANZA
PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN AMBIENTAL
DE RESIDUOS SÓLIDOS
Artículo Primero.- Aprobar el PLAN INTEGRAL DE
GESTIÓN AMBIENTAL DE RESIDUOS SÓLIDOS "PI-
GARS" de la Municipalidad Distrital de Lurín.
Artículo Segundo.- Déjese sin efecto cualquier dis-
posición que se oponga a la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará
en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JOSÉ LUIS AYLLÓN MINÍ
Alcalde
23272

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