2303 004-2003-SO-CM-MDLA - Autorizan adquisición de insumos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche mediante proceso de adjudicación de menor cuantía
Fecha de disposición | 17 Abril 2003 |
Fecha de publicación | 17 Abril 2003 |
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NORMAS LEGALES
Lima, jueves 17 de abril de 2003
Que, el Comité de Administración del Programa del
Vaso de Leche, ha incorporado a las tres nuevas repre-
sentantes de la Organización de tal Programa, y que
éstas, previa consulta a sus bases y teniendo a la vista
el original del Acta de Asamblea Extraordinaria de la Or-
ganización de Base de los Comités del Programa del
Vaso de Leche de fecha 2.ABR.03 en donde consta el
acuerdo respecto a la elección del tipo de producto a
adquirir suscrita por los beneficiarios del Programa, apro-
bó modificar la forma de presentación del producto se-
gún fluye del el Acta Nº 03-2003-MPCP-CAPVL del
2.ABR.03 y del Acta Nº 04-2003-MPCP-CAPVL del
4.ABR.03 que corren registradas en el Libro respectivo,
correspondiendo por lo tanto proceder a descartar la
mezcla anterior constituida por un solo ítem por insumo
o producto, y a separarla en dos ítems, uno por cada
insumo o producto, reformando el proceso de selección
iniciado por la Licitación Pública Nacional Nº 0001-2003-
MPCP, estando los funcionarios de la Municipalidad Pro-
vincial de Coronel Portillo obligados a respetar esta deci-
sión de los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche
sobre los productos a ser adquiridos, encontrándose
impedidos de establecer requerimientos distintos, con-
forme a ley y con arreglo a derecho;
Que, en todo momento, los otros miembros integran-
tes del Comité de Administración del Programa del Vaso
de Leche han actuado de buena fe y con la diligencia
debida y que sus circunstancias, situación y posibilida-
des les permitían, resultando sorprendidos por repre-
sentantes que aunque formalmente acreditadas, care-
cían de legitimidad al incumplir con las obligaciones im-
puestas por la Ley en defensa de los intereses y dere-
chos de sus representados, actuando con desconoci-
miento por parte de ellos y sin su autorización, máxime
tratándose de un programa de asistencia social alimen-
taria como el caso sub tema, lo que se debe tomar como
un agravante en su contra;
Que, de lo expuesto se deduce la responsabilidad
exclusiva por parte de la ex representantes, ahora des-
tituidas, y la no responsabilidad de los otros miembros
integrantes del Comité de Administración del Programa
del Vaso de Leche, en lo que respecta a la elección y
aprobación del producto a adquirir en función de la Lici-
tación Pública Nacional Nº 0001-2003-MPCP, ya que
como se sabe, estaban obligados a respetar la decisión
de los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche
sobre los productos a ser adquiridos, encontrándose
impedidos de establecer requerimientos distintos, como
se ha acotado;
Que, atendiendo a la naturaleza y características del
proceso de elección y aprobación del insumo o producto
a adquirir para el Programa del Vaso de Leche, conteni-
dos en las disposiciones que conforman e integran el
conjunto del marco regulatorio vigente y aplicable al caso
concreto ya reseñado en los considerandos expresa-
dos, se aprecia evidentemente quedando fehaciente e
indubitablemente acreditado que el proceso de selec-
ción implementado con la Licitación Pública Nacional Nº
0001-2003-MPCP ha sufrido y adolece insalvables vi-
cios de nulidad que lo desvirtuaron, única y exclusiva-
mente en el aspecto previo y preliminar a su inicio, infrin-
giéndose los presupuestos imperativos de estricto y
obligatorio cumplimiento formal y sustancial ya explica-
dos, deviniendo por ende en nulo desde el momento de
la concurrencia de esa circunstancia en el trámite nor-
mal de tal proceso;
Que, resulta necesario declarar la Nulidad de Oficio
del Proceso de Selección implementado con la Licitación
Pública Nacional Nº 0001-2003-MPCP para la adquisi-
ción del insumo o producto destinado al Programa del
Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Coronel
Portillo por el período comprendido entre los meses de
abril a diciembre del 2003, iniciado y que es materia de la
presente Resolución, para proceder a retrotraer sus efec-
tos hasta la oportunidad anterior a la afectación del vicio
de nulidad en cuestión, prosiguiéndose luego con la se-
cuela del proceso regular, retomándose en el estado
anterior a su desnaturalización, es decir al momento de
la fijación del Valor Referencial Unitario y la elaboración
de las Bases Administrativas, de conformidad a los pa-
rámetros preestablecidos en el marco regulatorio espe-
cial, a efectos de satisfacer los requerimientos de la
comunidad respecto al servicio de asistencia social ali-
mentaria que constituye tal Programa, de manera ex-
traordinaria;
Por estas consideraciones y con las facultades con-
feridas por el Art. 47º Inciso 6) de la Ley Nº 23853, Ley
Orgánica de Municipalidades;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DECLÁRESE LA NULIDAD DE
OFICIO del Proceso de Selección implementado con la
Licitación Pública Nacional Nº 0001-2003-MPCP para la
adquisición del insumo o producto destinado al Progra-
ma del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de
Coronel Portillo por el período comprendido entre los
meses de abril a diciembre del 2003, iniciado y que es
materia de la presente resolución.
Artículo Segundo.- RETROTRÁIGANSE sus efec-
tos hasta la oportunidad anterior a la afectación del vicio
de nulidad determinado sobre la base del sustento y
fundamentos que contienen los considerandos expues-
tos, prosiguiéndose luego con la secuela del proceso de
selección regular, retomándose en el estado anterior a
su desnaturalización, es decir al momento de la fijación
del Valor Referencial Unitario y la elaboración de las Ba-
ses Administrativas.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección de Se-
cretaría General la notificación y distribución de la pre-
sente Resolución.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
LUIS VALDEZ VILLACORTA
Alcalde
07567
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LAS AMAZONAS
Autorizan adquisición de insumos ali-
menticios para el Programa del Vaso
de Leche mediante proceso de adjudi-
cación de menor cuantía
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 004-2003-SO-CM-MDLA
Francisco de Orellana, 9 de enero de 2003
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo Nº 002-2003-SO-
CM-MDLA de fecha 9 de enero de 2003, el Informe Téc-
nico Nº 001-2003-OA-MDLA de la Oficina de Adminis-
tración y el Informe Legal Nº 001-2003-ALE-MDLA de
Asesoría Legal Externa, en las cuales recomiendan la
necesidad de disponer se declare en situación de ur-
gencia la adquisición de productos alimenticios para el
Programa del Vaso de Leche, por un tiempo mínimo de
30 días;
CONSIDERANDO:
Que, el inciso c) del Artículo 19º del Texto Único Or-
denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, es-
tablece que están exoneradas del proceso de Licitación
Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, se-
gún sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que
se realicen en situación de emergencia o Urgencia;
Que, los artículos 20º y 21º del Texto Único Orde-
nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM y el
artículo 3º del D.S. Nº 079-2001-PCM, que modifica en-
tre otros el artículo 108º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establecen
los mecanismos y procedimientos sobre las situación
de Urgencia entendiéndose que esto obedece a una
medida temporal ante un hecho de excepción que deter-
mina una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo
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