Aprueban Directiva sobre Procedimientos de Aplicación del Instructivo N° 03, sobre Provisión y Castigo de las Cuentas Incobrables de la Municipalidad

Fecha de disposición08 Enero 2008
Fecha de publicación08 Enero 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 8 de enero de 2008 363405
funcionamiento esté prohibido legalmente y constituye
peligro o sean contrarios a las normas reglamentarias
o produzcan olores, humos, ruidos u otros daños
perjudiciales para la salud o tranquilidad del vecindario y
de la colectividad en general;
Que, la Municipalidad Provincial de Barranca, debe de
aplicar el Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones,
y sus respectivas modif‌i catorias, para la aplicación de
la presente Ordenanza conforme a lo dispuesto en la
misma;
Que, los Decretos Supremos N°s. 013-2000-PCM
y 100-2003-PCM, que aprueban el Reglamento de
Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil y
su modif‌i catoria respectivamente, establecen las medidas
de seguridad en el campo, que son complementarias para
la aplicación de la presente.
Estando a lo informado, y en uso de las atribuciones
que le conf‌i ere el Art. 9°, Inc. 8, así como el Art. 40° de la
Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, contando con
el Voto Mayoritario, se expide la siguiente;
ORDENANZA
Artículo 1°.- APROBAR el Reglamento para
la aplicación de las sanciones del Tapiado de los
Establecimientos que ejercen actividades contrarias a
la moral, las buenas costumbres, tranquilidad y salud
pública, el mismo que consta de 3 (tres) Capítulo, 15
(quince) Artículos, los cuales forman parte de la siguiente
Ordenanza.
Artículo 2°.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal
en coordinación con la Gerencia de Servicios Públicos,
Gerencia de Rentas y Gerencia de Desarrollo Urbano y
Rural, el cumplimiento de la presente Ordenanza.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Dando en la Casa Municipal, a los 5 días del mes de
noviembre del año dos mil siete.
ROMEL ULLILEN VEGA
Alcalde Provincial
148774-1
Aprueban Directiva sobre
Procedimientos de Aplicación del
Instructivo Nº 03, sobre Provisión y
Castigo de las Cuentas Incobrables de
la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 027-2007-AL/CPB
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE BARRANCA
POR CUANTO:
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 31 de
octubre del 2007, en la Estación Orden del Día el Proyecto
de Ordenanza sobre Directiva de Provisión y Castigo de
las Cuentas incobrables de la Municipalidad Provincial de
Barranca;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley de Sistema Nacional de Contabilidad
determina las funciones, objetivos y estructura de
los organismos y órganos componentes del Sistema
Nacional de Contabilidad, los mecanismos de
coordinación de contabilidad, así como las relaciones
con otros organismos del sector público y el sector
privado;
Que, de acuerdo a la Ley N° 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, en su Título Preliminar Artículo Primero
señala “los gobiernos locales son entidades Básica de
Organización territorial del Estado y canales inmediatos
de participación vecinal en los asuntos públicos, que
institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses
propios de la correspondiente colectividades; siendo
elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la
población y la organización”;
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía
política, economía y administrativa en los asuntos de su
competencia. La autonomía que la Constitución Política
del Perú, establece para las municipalidades radica en
la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo
y de administración, con su sujeción al ordenamiento
jurídico.
Que, de acuerdo al Reglamento de Organización y
Funciones de la Municipalidad Provincial de Barranca
aprobada mediante Acuerdo de Concejo Nº 059-2007
AL/MPB corresponde a la Subgerencia de Contabilidad
determinar el cumplimiento de: (Las leyes, las normas
y demás disposiciones del Sistema Nacional de
Contabilidad, Planif‌i car, organizar, coordinar, dirigir,
controlar y evaluar las actividades de su propia
Subgerencia, Revisar y analizar los estados Financieros
y Presupuestales, Revisar los asientos contables
mensuales y Brindar información contable o f‌i nanciera
a las áreas competentes);
Es necesario establecer un nivel de provisión
para cuenta de Cobranza Dudosa, que a criterio de la
administración es importante contar con un instrumento
que analice, provisione y castigue las cuentas
mencionadas;
Es necesario efectuar el saneamiento de las cuentas
por cobrar analizadas y determinadas por la Gerencia
de Rentas, la misma que deberá emitir su información
de forma específ‌i ca determinándose para este hecho
la respectiva Resolución Gerencial de la nulidad de
Cobranza Dudosa por contribuyente;
Que, del Instructivo N° 03 de la provisión y castigo
de las cuentas incobrables dispone dictar las normas
reglamentarias para la provisión y castigo de las cuentas
incobrables para las entidades del Sector Público;
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones
conferidas en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, con el voto MAYORITARIO de los
señores Regidores, se ha aprobado la siguiente:
ORDENANZA SOBRE DIRECTIVA DE PROVISIÓN Y
CASTIGO DE LAS CUENTAS INCOBRABLES DE LA
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA
Artículo 1º.- Aprobar la DIRECTIVA sobre
Procedimientos de Aplicación del Instructivo N° 03, sobre
Provisión y Castigo de las Cuentas Incobrables de la
Municipalidad Provincial de Barranca.
Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Secretaría
General la publicación de la presente Ordenanza en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dando en la Casa Municipal, a los cinco días del mes
de noviembre del año dos mil siete.
ROMEL ULLILEN VEGA
Alcalde Provincial
148774-2
Aprueban Reglamento de Aplicación
de Sanciones - RAS
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 029-2007-AL/CPB
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE BARRANCA
POR CUANTO:
Visto; En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 24
de noviembre del 2007, en la Estación Orden del Día el

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