INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RESOLUCION Nº 089-2007-INDECOPI/DIR - Designan miembro de la ComisiOn Ad Hoc Transitoria adscrita a la ComisiOn de Procedimientos Concursales del INDECOPI RESOLUCION Nº 089-2007-INDECOPI/DIR

Fecha de disposición07 Noviembre 2007
Fecha de publicación07 Noviembre 2007
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 7 de noviembre de 2007 356879
contra el Consejo Nacional de la Magistratura, recaída
en el Expediente Nº 386-05, y reformándola la declararon
fundada en parte, en consecuencia inaplicable la
Resolución Nº 381-2002-CNM del 17 de julio de 2002,
que decidió no raticar a la demandante en el cargo de
Vocal Titular de la Corte Superior de Lima y ordena su
reposición en sus funciones, reexpidiéndose el título
correspondiente;
Que, el Consejo Nacional de la Magistratura por
Resolución Nº 318-2007-CNM del 2 de octubre de 2007,
reincorporó a la doctora Ana María Valcárcel Saldaña, en el
cargo de Vocal de la Corte Superior de Justicia de Lima, en
cumplimiento a la sentencia expedida por la Tercera Sala
Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, debiendo
así mismo reexpedirse el título correspondiente a la citada
magistrada;
Que, de conformidad con las facultades conferidas
por el artículo 37º incisos b) y e) de la Ley Nº 26397 –Ley
Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-;
SE RESUELVE:
Primero.- Reexpedir el título a favor de la doctora ANA
MARÍA VALCÁRCEL SALDAÑA, como Vocal de la Corte
Superior de Justicia de Lima.
Segundo.- Remitir copia de la presente resolución al
señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la
República, para su conocimiento y nes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS MANSILLA GARDELLA
Presidente
Consejo Nacional de la Magistratura
127973-3
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la EDPYME Edyficar la
apertura de oficinas especiales en los
departamentos de Puno y Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 1550-2007
Lima, 29 de octubre de 2007
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA
Y MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por EDPYME EDYFICAR
solicitando autorización de esta Superintendencia para la
apertura de tres ocinas especiales;
CONSIDERANDO:
Que, en sesión ordinaria de Directorio de fecha
12.10.07 se aprobó la apertura de las referidas ocinas
especiales;
Que, las razones expuestas por la empresa recurrente
justican la solicitud de apertura de dichas ocinas,
habiéndose cumplido con presentar la documentación
pertinente;
Estando a lo opinado por la Superintendencia Ajunta
de Banca y Micronanzas y, de conformidad con lo
dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema
Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la
Superintendencia de Banca y Seguros-Ley Nº 26702,
la Circular Nº EDPYME 0118-2005 y en virtud de las
facultades delegadas por Resolución SBS Nº 1096-2005
del 25 de julio de 2005 y de la Resolución SBS Nº 1162-
2007 del 16.08.07;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a EDPYME Edycar la
apertura de ocinas especiales en los locales señalados
en el anexo adjunto a la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIEGO CISNEROS SALAS
Superintendente Adjunto de Banca
y Micronanzas (e)
ANEXO
Departamento Provincia Distrito Dirección del Local
Puno San Romàn Juliaca Av. Jorge Chávez Nº 501, zona 1,
bloque B,
Barrio Las Mercedes
Puno Puno Puno Av. El Sol 120, Barrio Bellavista
Lima Lima Villa María del
Triunfo
Av. Lima Nº 1146 José Gálvez
128571-1
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
INSTITUTO NACIONAL DE
DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROTECCION DE LA
PROPIEDAD INTELECTUAL
Aceptan renuncia y designan miembro
de la Comisión de Procedimientos
Concursales del INDECOPI
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL
DIRECTORIO DE INDECOPI
Nº 088-2007-INDECOPI/DIR
Lima, 30 de octubre de 2007
CONSIDERANDO:
Que el artículo 18 del Decreto Ley 25868, Ley de
Organización y Funciones del Indecopi, modicado por el
artículo 49 del Decreto Legislativo 807 y por la Ley 27809,
creó la Comisión de Procedimientos Concursales;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 19º del
Decreto Ley Nº 25868, las Comisiones que conforman la
estructura orgánico funcional del Indecopi, están integradas
por seis miembros;
Que resulta necesario completar el número legal
de miembros de la referida Comisión, ante la renuncia
presentada por el señor Juan Espinoza Espinoza;
Estando al acuerdo adoptado por el Directorio de la
institución; y
De conformidad con el inciso e) del artículo 5 º del
RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar, con efectividad al 27 de febrero
de 2007, la renuncia presentada por el señor Juan
Espinoza Espinoza al cargo de miembro de la Comisión
de Procedimientos Concursales del INDECOPI, dándosele
las gracias por los servicios prestados a la institución.
Artículo 2º.- Designar al señor Jorge Alarcón Revilla
en el cargo de miembro de la Comisión de Procedimientos
Concursales del INDECOPI.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME THORNE LEÓN
Presidente del Directorio
127709-1

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