INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1545/INC - Aprueban expediente tEcnico de sitio arqueolOgico ubicado en el distrito de Aucallama, provincia de Huaral, departamento de Lima RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1545/INC

Fecha de disposición06 Noviembre 2008
Fecha de publicación06 Noviembre 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 6 de noviembre de 2008 382953
REGIÓN S/. US$
JUNIN 0.00 2,568.50
LA LIBERTAD 0.00 49.57
MADRE DE DIOS 0.00 575.00
MOQUEGUA 0.00 512.50
PIURA 0.00 400.00
TOTAL GOBIERNOS REGIONALES 0.00 5,918.07
Nº Gobiernos Regionales 9
273524-1
INSTITUTO NACIONAL
DE CULTURA
Declaran patrimonio cultural de la
nación a monumento arqueológico
prehispánico ubicado en el
departamento de Huánuco
RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL
Nº 1531/INC
Lima, 24 de octubre de 2008
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo
Público Descentralizado del Sector Educación, con
personería jurídica de derecho público interno; responsable
de la promoción y desarrollo de las manifestaciones
culturales del país y de la investigación, preservación,
conservación, restauración difusión y promoción del
patrimonio cultural de la Nación;
Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº
28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación,
señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado
de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la
Nación dentro del ámbito de su competencia;
Que, mediante Acuerdo Nº 0195, de fecha 13 de abril
de 2007, de la sesión 11 de la Comisión Nacional Técnica
de Arqueología, se acordó recomendar a la Dirección
Nacional del Instituto Nacional de Cultura lo siguiente:
• Declarar patrimonio cultural de la Nación al sitio
arqueológico Cruz Gaga – Rima Rima, ubicado en el distrito
de Churubamba, provincia de Huánuco, departamento
de Huánuco; así como apruebe el plano perimétrico del
sitio arqueológico Cruz Gaga – Rima Rima Nº 322-INC-
PETT-2006, a escala 1/2500, de fecha junio 2006,con un
área de 2.7549 ha y un perímetro de 806.84 m, ubicado
en el distrito de Churubamba, provincia de Huánuco,
departamento de Huánuco con su respectiva cha técnica
y memoria descriptiva.
Que, mediante Informe Nº 045-SD-SDIC-2008-DA-
D-DREPH/INC, de fecha 13 de octubre de 2008, la Sub
Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de
Arqueología solicita la actualización del mencionado
Acuerdo;
Que, mediante Acuerdo Nº 0772, de fecha 16 de
octubre de 2008, la Comisión Nacional Técnica de
Arqueología acordó, entre otros, raticar lo recomendado
en el Acuerdo Nº 0195, de fecha 13 de abril de 2007,
de la sesión 11 de la Comisión Nacional Técnica de
Arqueología;
Estando a lo visado por el Director de Gestión, el
Director de Arqueología y el Director de la Ocina de
Asuntos Jurídicos;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296,
Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación;
Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el
Reglamento de Organización y Funciones del Instituto
Nacional de Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000-
ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones
Arqueológicas, modicada por Resolución Suprema Nº
012-2006-ED;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación
al monumento arqueológico prehispánico, cuya ubicación
se detalla en el siguiente cuadro:
Departamento Huánuco
Provincia Huánuco
Datum PSAD56 Zona 18
Nombre del sitio arqueológico Distr ito UTM Este UTM Norte
Cruz Gaga – Rima Rima Churubamba 362398.0751 8926384.0646
Artículo 2º.- Aprobar el expediente técnico (plano
de delimitación, memoria descriptiva y cha técnica) del
monumento arqueológico prehispánico Cruz Gaga – Rima
Rima, ubicado en el distrito de Churubamba, provincia y
departamento de Huánuco, de acuerdo a los planos, áreas
y perímetros siguientes:
Nombre del Sitio
Arqueológico
Nº de Plano en Datum
PSAD56
Área
(ha)
Perímetro
(m)
Cruz Gaga – Rima Rima 322-INC-PETT-2006 2.7549 806.84
Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del
Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos
y en el sistema de Información Nacional de los Bienes de
Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio
cultural de la Nación del monumento arqueológico
prehispánico mencionado en el Artículo 1º y del plano
señalado en el Artículo 2º de la presente resolución.
Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva,
caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o
agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese
afectar o alterar el paisaje del monumento arqueológico
prehispánico declarado patrimonio cultural de la Nación,
deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de
Cultura.
Artículo 5º.- Remítase copia fedateada de la presente
resolución a la SUNARP, COFOPRI, Municipalidad
Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles
correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CECILIA BÁKULA BUDGE
Directora Nacional
273473-1
Aprueban expediente técnico de sitio
arqueológico ubicado en el distrito
de Aucallama, provincia de Huaral,
departamento de Lima
RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL
Nº 1545/INC
Lima, 28 de octubre de 2008
VISTO, el Informe Nº 590-2008-SDIC-DA-DREPH-/
INC, de fecha 15 de abril de 2008, de la Sub Dirección de
Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología; y
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo
Público Descentralizado del Sector Educación, con
personería jurídica de derecho público interno; responsable
de la promoción y desarrollo de las manifestaciones
culturales del país y de la investigación, preservación,
conservación, restauración difusión y promoción del
patrimonio cultural de la Nación;
Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº
28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación,
señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado
de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la
Nación dentro del ámbito de su competencia;
Que, mediante Informe 590-2008-SDIC-DA-
DREPH/INC, de fecha 15 de abril de 2008, la Sub
Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección

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