INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1545/INC - Aprueban expediente tEcnico de sitio arqueolOgico ubicado en el distrito de Aucallama, provincia de Huaral, departamento de Lima RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1545/INC
Fecha de disposición | 06 Noviembre 2008 |
Fecha de publicación | 06 Noviembre 2008 |
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 6 de noviembre de 2008 382953
REGIÓN S/. US$
JUNIN 0.00 2,568.50
LA LIBERTAD 0.00 49.57
MADRE DE DIOS 0.00 575.00
MOQUEGUA 0.00 512.50
PIURA 0.00 400.00
TOTAL GOBIERNOS REGIONALES 0.00 5,918.07
Nº Gobiernos Regionales 9
273524-1
INSTITUTO NACIONAL
DE CULTURA
Declaran patrimonio cultural de la
nación a monumento arqueológico
prehispánico ubicado en el
departamento de Huánuco
RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL
Nº 1531/INC
Lima, 24 de octubre de 2008
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo
Público Descentralizado del Sector Educación, con
personería jurídica de derecho público interno; responsable
de la promoción y desarrollo de las manifestaciones
culturales del país y de la investigación, preservación,
conservación, restauración difusión y promoción del
patrimonio cultural de la Nación;
Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº
28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación,
señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado
de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la
Nación dentro del ámbito de su competencia;
Que, mediante Acuerdo Nº 0195, de fecha 13 de abril
de 2007, de la sesión 11 de la Comisión Nacional Técnica
de Arqueología, se acordó recomendar a la Dirección
Nacional del Instituto Nacional de Cultura lo siguiente:
• Declarar patrimonio cultural de la Nación al sitio
arqueológico Cruz Gaga – Rima Rima, ubicado en el distrito
de Churubamba, provincia de Huánuco, departamento
de Huánuco; así como apruebe el plano perimétrico del
sitio arqueológico Cruz Gaga – Rima Rima Nº 322-INC-
PETT-2006, a escala 1/2500, de fecha junio 2006,con un
área de 2.7549 ha y un perímetro de 806.84 m, ubicado
en el distrito de Churubamba, provincia de Huánuco,
departamento de Huánuco con su respectiva cha técnica
y memoria descriptiva.
Que, mediante Informe Nº 045-SD-SDIC-2008-DA-
D-DREPH/INC, de fecha 13 de octubre de 2008, la Sub
Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección de
Arqueología solicita la actualización del mencionado
Acuerdo;
Que, mediante Acuerdo Nº 0772, de fecha 16 de
octubre de 2008, la Comisión Nacional Técnica de
Arqueología acordó, entre otros, raticar lo recomendado
en el Acuerdo Nº 0195, de fecha 13 de abril de 2007,
de la sesión 11 de la Comisión Nacional Técnica de
Arqueología;
Estando a lo visado por el Director de Gestión, el
Director de Arqueología y el Director de la Ocina de
Asuntos Jurídicos;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296,
Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación;
Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el
Reglamento de Organización y Funciones del Instituto
Nacional de Cultura; Resolución Suprema Nº 004-2000-
ED, que aprueba el Reglamento de Investigaciones
Arqueológicas, modicada por Resolución Suprema Nº
012-2006-ED;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar patrimonio cultural de la Nación
al monumento arqueológico prehispánico, cuya ubicación
se detalla en el siguiente cuadro:
Departamento Huánuco
Provincia Huánuco
Datum PSAD56 Zona 18
Nombre del sitio arqueológico Distr ito UTM Este UTM Norte
Cruz Gaga – Rima Rima Churubamba 362398.0751 8926384.0646
Artículo 2º.- Aprobar el expediente técnico (plano
de delimitación, memoria descriptiva y cha técnica) del
monumento arqueológico prehispánico Cruz Gaga – Rima
Rima, ubicado en el distrito de Churubamba, provincia y
departamento de Huánuco, de acuerdo a los planos, áreas
y perímetros siguientes:
Nombre del Sitio
Arqueológico
Nº de Plano en Datum
PSAD56
Área
(ha)
Perímetro
(m)
Cruz Gaga – Rima Rima 322-INC-PETT-2006 2.7549 806.84
Artículo 3º.- Encargar a la Dirección de Defensa del
Patrimonio Histórico la inscripción en Registros Públicos
y en el sistema de Información Nacional de los Bienes de
Propiedad Estatal (SINABIP) la condición de patrimonio
cultural de la Nación del monumento arqueológico
prehispánico mencionado en el Artículo 1º y del plano
señalado en el Artículo 2º de la presente resolución.
Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva,
caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o
agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese
afectar o alterar el paisaje del monumento arqueológico
prehispánico declarado patrimonio cultural de la Nación,
deberá contar con la aprobación del Instituto Nacional de
Cultura.
Artículo 5º.- Remítase copia fedateada de la presente
resolución a la SUNARP, COFOPRI, Municipalidad
Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles
correspondientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CECILIA BÁKULA BUDGE
Directora Nacional
273473-1
Aprueban expediente técnico de sitio
arqueológico ubicado en el distrito
de Aucallama, provincia de Huaral,
departamento de Lima
RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL
Nº 1545/INC
Lima, 28 de octubre de 2008
VISTO, el Informe Nº 590-2008-SDIC-DA-DREPH-/
INC, de fecha 15 de abril de 2008, de la Sub Dirección de
Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología; y
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo
Público Descentralizado del Sector Educación, con
personería jurídica de derecho público interno; responsable
de la promoción y desarrollo de las manifestaciones
culturales del país y de la investigación, preservación,
conservación, restauración difusión y promoción del
patrimonio cultural de la Nación;
Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº
28296 -Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación,
señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado
de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la
Nación dentro del ámbito de su competencia;
Que, mediante Informe Nº 590-2008-SDIC-DA-
DREPH/INC, de fecha 15 de abril de 2008, la Sub
Dirección de Investigación y Catastro de la Dirección
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba