INSTITUTO DEL MAR DEL PERU RESOLUCION DIRECTORAL Nº DE-023-2008 - Exoneran de proceso de selecciOn la adquisiciOn de repuestos para motor del B.I.C.

Fecha de disposición31 Enero 2008
Fecha de publicación31 Enero 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 31 de enero de 2008
365410
Universidad; así como, redundará a favor de la imagen de
nuestro país, y contribuirá a su promoción económica;
Que a n de mantener el normal desarrollo de las
actividades de la Facultad de Derecho y Ciencia Política,
es necesario encargar el Decanato de la citada Facultad
al Dr. GERMAN SMALL ARANA, por el período que dure
la ausencia del titular;
Que con Ocio Nº 243-OGPL-2008, la Ocina General
de Planicación emite opinión favorable;
Que el Artículo 82º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM
-Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa,
señala que: “El encargo es temporal, excepcional y
fundamentado. Sólo procede en ausencia del titular para
el desempeño de funciones de responsabilidad directiva,
compatibles con niveles de carrera superiores al del servidor.
En ningún caso debe exceder el período presupuestal”;
Que se cumplen con los requisitos exigidos por el
Artículo 8° de la Directiva Nº 001-SG-03 aprobada con
Resolución Rectoral Nº 01536-R-03 del 07 de marzo de
2003, modicada con Resolución Rectoral N° 00235-R-06
del 25 de enero de 2006; y,
Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor
Rector por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de
la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y sus
modicatorias;
SE RESUELVE:
1º.- Raticar la Resolución de Decanato Nº 044-D-FD-
08 del 17 de enero de 2008 de la Facultad de Derecho y
Ciencia Política, como se indica:
1. Autorizar el viaje en comisión de servicios del 03
al 10 de febrero de 2008, al Dr. JOSÉ ANTONIO ÑIQUE
DE LA PUENTE, Decano de la Facultad de Derecho y
Ciencia Política, con código Nº 04864A, para participar en
representación de la citada Facultad en el “X Congreso
Internacional y XIII Congreso Iberoamericano de Derecho
Romano”, a realizarse en la ciudad de Toledo, España.
2. Otorgar al Dr. JOSÉ ANTONIO ÑIQUE DE LA
PUENTE las sumas en nuevos soles equivalentes a
los montos que se indica, con cargo a los recursos
directamente recaudados por la Facultad de Derecho
y Ciencia Política, debiendo a su retorno rendir cuenta
documentada del gasto efectuado en el plazo de Ley:
- Pasajes aéreo Lima-Madrid-Lima : US$ 1, 045.00
- Viáticos e Instalación : US$ 1, 300.00
- Tarifa CORPAC : US$ 30.25
Encargar el Decanato de la Facultad de Derecho y
Ciencia Política al Dr. GERMAN SMALL ARANA, con código
Nº 082961, por el período que dure la ausencia del titular.
Encargar a la Secretaría General de la Universidad
la publicación de la presente Resolución en el Diario Ocial
“El Peruano”, de conformidad a las normas vigentes.
Encargar a la Dirección General de Administración,
Ocina General de Recursos Humanos y a la Facultad de
Derecho y Ciencia Política, el cumplimiento de la presente
Resolución.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
LUIS FERNANDO IZQUIERDO VASQUEZ
Rector
157799-1
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
INSTITUTO DEL MAR DEL PERU
Exoneran de proceso de selección la
adquisición de repuestos para motor
del B.I.C. “José Olaya Balandra”
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº DE-023-2008
Callao, 23 de enero de 2008
VISTOS:
Ocio DOA- 032 - 2008
Memorándum Nº OAJ- 053- 2008
Memorándum Nº OPP-041-2008
CONSIDERANDO:
Que, el Instituto del Mar del Perú - IMARPE, estudia el
ambiente y la biodiversidad marina, realiza investigaciones
cientícas de los recursos del mar y las aguas continentales,
investigaciones oceanográcas, limnologicas y de la
calidad del ambiente acuático, promueve el desarrollo de la
investigación cientíca y tecnológica entre otras actividades,
utilizando para ello el Buque Cientíco de Investigación de
su propiedad “José Olaya Balandra”.
Que, el B.I.C. “JOSE OLAYA BALANDRA”, fue
construido en el año 1998 en los Astilleros de Mitsubishi
Heavy Industries Ltda. de Shimonoseki, Japón, está
equipado con la máquina principal de propulsión, cuyo
motor tiene las siguientes características:
Marca : CATERPILLAR
Modelo : CAT 3512 TA
N° Serie : 66Z00741
Arreglo : 1W-4219
Potencia : 1050 HP
RPM : 1200
Que, el motor propulsor se encuentra en mantenimiento
general de 33,000 horas de trabajo (overhaul), de acuerdo
con las recomendaciones del fabricante, habiéndose
detectado en la evaluación nal de los componentes
del motor en condiciones de motor abierto, que algunos
repuestos adicionales necesitan ser cambiados por el
excesivo desgaste,
Que, la Unidad de Flota de la evaluación nal de
los componentes del motor propulsor CAT 3512 TA, ha
determinado que los repuestos necesarios para completar la
reparación del motor propulsor CAT 3512 TA, son los que se
han presentado como Anexo (2) de su informe técnico.
Que, conforme sustenta la Unidad de Flota, en el Perú
no existen entidades públicas o privadas que fabriquen los
repuestos mencionados y que posean la patente de invención
de la marca CATERPILLAR, marca del motor CAT-3512 TA
del BIC “JOSE OLAYA BALANDRA”, ya que no se cuenta
con los materiales ni la tecnología para la fabricación de los
mismos, ya que, tienen características especícas que sólo
son conocidas por el fabricante en su calidad de inventor
del diseño de los motores, los cuales han sido probados y
mejorados en las sucesivas series de producción,
Que, la necesidad de contar con los citados repuestos
para completar la reparación del motor propulsor CAT 3512
TA del B.I.C. “JOSE OLAYA BALANDRA”, no puede ser
satisfecha con otros bienes análogos, por lo que no hay
sustitutos convenientes en el país, y; que siendo el motor
de la marca CATERPILLAR, resulta necesaria la adquisición
de los repuestos al mismo fabricante a través de su
representante ocial,
Que, en el Perú la única empresa que tiene un
Acuerdo de Comercialización y Prestación de Servicios,
y un Acuerdo de Distribución de Motores y Partes con la
empresa CATERPILLAR Inc., fabricante de los repuestos,
cuya lial para América latina y el Caribe, es CATERPILLAR
AMERICAS S.A.R.L.; es la empresa peruana Ferreyros
S.A.A.
Que, el Informe Técnico justica técnicamente la
adquisición de los repuestos para el motor propulsor CAT
3512 TA de nuestro B.I.C. “JOSE OLAYA BALANDRA”, sea
de la marca CAT que corresponde a la marca del motor,
adquisición que se asignará a la Empresa FERREYROS
S.A.A.; debido a que en el Perú no existe fábrica alguna
que proporcione este tipo de repuestos con la calidad,
tecnología y conabilidad que este motor exige; asimismo,
que como representante Ocial del fabricante, ofrece la
suciente garantía y procedencia original del producto con la
correspondiente certicación, y así poder brindar el soporte
técnico correspondiente,
Que, conforme a lo expuesto en el Informe Técnico,
corresponde aplicar el Artículo 19° del TUO de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado
mediante D.S. Nº 083-2004-PCM, inciso e) que señala
que, es causal de exoneración de proceso de selección,
cuando los bienes o servicios no admiten sustituto, y
exista proveedor único,

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