ORDENANZA Nº 046-2008-CR-GRH - Aprueban institucionalización del Festival del Queso en el ámbito del Gobierno Regional Huánuco

Fecha de disposición25 Julio 2008
Fecha de publicación25 Julio 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 25 de julio de 2008
376872
Que, dentro de las competencias del Gobierno
Regional, están las de planif‌i car el desarrollo integral de
su región y ejecutar programas socio – económicos, tal
como lo establece el artículo 10º, numeral 1 – inciso a), de
la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales;
entendiendo que ello debe realizarse en armonía a las
políticas nacionales;
Que, el Acuerdo Nacional suscrito el 22 de julio del
2002, por los Partidos Políticos y Organizaciones de la
Sociedad Civil, más representativos del país, establece
políticas de estado a veinte años, las cuales constituyen
un referente para el desarrollo de las actividades del
Gobierno Nacional; dentro de ellas la Reducción de la
Pobreza, décima Política de Estado, tiene por objetivo
dar prioridad efectiva a la lucha contra la pobreza, asignar
recursos crecientes de inversión social, orientando los
programas de inversión social hacia las personas de
mayor pobreza; la Promoción de la Seguridad y Nutrición
constituye la décimo quinta Política de Estado, tiene por
objetivo, asegurar el acceso de alimentos y una adecuada
nutrición especialmente a los niños menores de cinco años,
así como también desarrollar una política de seguridad
alimentaria, con programas de descentralización que
atiendan integralmente los problemas de desnutrición;
Que, dentro de la Política de Lucha Contra la Pobreza,
el Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres
“JUNTOS”, constituye uno de los más importantes
programas; éste tiene como objetivo primordial luchar
contra la desnutrición crónica infantil, convirtiéndose de
esta manera en un aliado en la lucha contra la Indigencia
al promover el ejercicio de los derechos fundamentales de
las familias en extrema pobreza;
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 009-2007, se
aprobó la Conformación del Consejo de Lucha contra la
Pobreza y Desnutrición Crónica Infantil en el Ámbito del
Gobierno Regional Huánuco, el cual está integrado por diversas
Instituciones Públicas y Organizaciones de la Sociedad Civil,
dentro de las cuales no se consideró al Programa Nacional de
Apoyo Directo a los más pobres “JUNTOS”, siendo necesaria
la inclusión de éste, por la importancia de su labor a favor del
desarrollo saludable de la niñez, por ello;
Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones
conferidas por el artículo 15º y lo establecido en los
artículos 37º y 38º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales; y a lo acordado por UNANIMIDAD
en la sesión de Consejo Regional de la referencia, con
dispensa de lectura y aprobación del acta;
ORDENA:
Artículo Primero.- MODIFICAR, el artículo primero de
la Ordenanza Regional Nº 009-2007-CR-GRH, de fecha
dos de julio del dos mil siete, que Aprueba la Conformación
del Consejo Regional de Lucha Contra la Pobreza y
Desnutrición Crónica Infantil en el Ámbito del Gobierno
Regional Huánuco, en los siguientes términos:
Artículo Primero.- CONFORMAR, el Consejo Regional
de Lucha contra la Pobreza y Desnutrición crónica Infantil
en el Ámbito del Gobierno Regional Huánuco, el mismo
que estará integrado de la siguiente manera:
- Gerencia Regional de Desarrollo Social, quien lo
presidirá
- Gerencia Regional de Desarrollo Económico.
- Gerencia Regional de Infraestructura.
- Dirección Regional de Salud.
- Dirección Regional de Educación.
- Dirección Regional de Agricultura.
- Jefe Zonal MIMDES-PRONAA, quien hará las veces
de Secretario Técnico.
- Jefe Zonal MIMDES-FONCODES.
- Dirección Regional de Vivienda y Construcción y
Saneamiento.
- Dirección Regional de Transportes y
Comunicaciones.
- Un representante de la Mesa de Concertación de
Lucha Contra la Pobreza.
- Un representante de la Of‌i cina de Coordinación
Regional del Programa Nacional de Apoyo Directo a los
más Pobres “JUNTOS” – Huánuco.
- Un representante de la Universidad Nacional “Hermilio
Valdizán”
- Un representante de la Universidad Privada
Huánuco.
- Un representante de la Universidad Nacional Agraria
de la Selva.
- Un representante de la Policía Nacional del Perú
– Huánuco.
- Un representante de las ONGs que realizan actividades
con temas de Desnutrición y Pobreza en la Región.
- Un representante de la Sociedad Civil.
- Un representante del Vaso de Leche de la Región
- Un representante del Club de Madres.
- Un Representante de la Iglesia Católica.
- Un representante de la Iglesia Evangélica.
- Un representante del Consejo de Coordinación
Regional.
Artículo Segundo.- ACREDITAR, un representante
alterno con capacidad de decisión técnica del Consejo
Regional de Lucha contra la Pobreza y desnutrición
Crónica Infantil.
Artículo Tercero.- PUBLICAR, la presente Ordenanza
Regional conforme a lo dispuesto por el artículo 42º de la
Regístrese, comuníquese, y publíquese.
JORGE ESPINOZA EGOÁVIL
Presidente
230806-1
Aprueban institucionalización del
Festival del Queso en el ámbito del
Gobierno Regional Huánuco
ORDENANZA REGIONAL
Nº 046-2008-CR-GRH
Huánuco, 15 de julio de 2008
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
HUÁNUCO
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional, de
fecha veintiséis de junio del dos mil ocho, el DICTAMEN
Nº 006-2008-CPDE-GRH, presentado por la Comisión
Permanente de Desarrollo Económico, relacionado a la
Institucionalización del Festival del Queso en el Ámbito del
Gobierno Regional Huánuco, y;
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Regionales emanan de
la voluntad popular, son personas jurídicas de
derecho público con autonomía política, económica
y administrativa, que tienen por misión organizar y
conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus
competencias exclusivas, compartidas y delegadas
en el marco de las políticas nacionales y sectoriales,
para contribuir con el desarrollo integral y sostenible
de la región, conforme lo expresan los artículos 2º,
4º y 5º de la Ley Nº 27867 Orgánica de Gobiernos
Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por
los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad
y simplificación administrativa;
Que, el Artículo 38º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas
Regionales, norman asuntos de carácter general, la
Organización y Administración del Gobierno Regional y
reglamentan materias de su competencia;
Que, dentro de las funciones de los Gobiernos
Regionales en materia Ganadera, están las de formular,
aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar
los planes y políticas, en concordancia con las políticas
nacionales y los planes sectoriales y las propuestas
promocionales de desarrollo rural de parte de las
municipalidades rurales, tal como lo dispone el artículo 51º,
inciso a) del la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales.
Que, el Artículo 47º inciso k), de la norma antes
señalada, establece que en materia de educación, cultura,
ciencia, tecnología, deporte y recreación, es función
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