RESOLUCION Nº 017-2008-INADE-1100 - Instauran proceso investigatorio a ex Director Ejecutivo del Proyecto Especial Alto Huallaga

Fecha de disposición07 Junio 2008
Fecha de publicación07 Junio 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 7 de junio de 2008
373648
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto
Ley Nº 19338 y sus normas modif‌i catorias y ampliatorias, el
Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, como Organismo
Público Descentralizado de la Presidencia del Consejo de
Ministros, es el encargado del planeamiento, organización,
dirección, coordinación y control de las actividades del
Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI a nivel
nacional, que entre otras funciones, le corresponde brindar
atención de emergencia, proporcionando apoyo inmediato a
la población afectada por desastres;
Que, como consecuencia del sismo ocurrido el
15.AGO.07, se produjeron pérdidas humanas y considerables
daños materiales, en razón de lo cual, mediante los
Decretos Supremos Nº 068-2007-PCM, Nº 071-2007-PCM
y Nº 075-2007-PCM, se declaró el Estado de Emergencia
en el departamento de Ica, las provincias de Castrovirreyna
y Huaytará y el distrito de Acobambilla de la provincia de
Huancavelica del departamento de Huancavelica y las
provincias de Cañete y Yauyos del departamento de Lima;
Que, mediante los Decretos Supremos Nº 084-2007-
PCM, Nº 097-2007-PCM, Nº 011-2008-PCM y Nº 026-2008-
PCM, se prorrogó el indicado Estado de Emergencia;
Que, por Decreto de Urgencia Nº 023-2007, se
dispuso el otorgamiento de ayudas económico - sociales
a la población damnif‌i cada por el indicado movimiento
telúrico, estableciendo en el Literal B) del Artículo 2º, que la
subvención por pérdidas materiales equivale al monto de S/.
6 000,00 (Seis mil y 00/100 nuevos soles) y se otorga para
aliviar el efecto de la destrucción total de las viviendas a
consecuencia del sismo ocurrido el 15.AGO.07;
Que, mediante Decreto Supremo N° 091-2007-PCM,
se aprobó el Reglamento para el otorgamiento de la ayuda
económico – social dispuesta en el Literal B) del Artículo
2º del Decreto de Urgencia N° 023-2007 – Subvención por
Pérdidas Materiales;
Que, asimismo mediante Resolución Jefatural Nº
441-2007-INDECI, se aprobó la Directiva Nº 014-2007-
INDECI/1.0, Directiva que establece el procedimiento para
el otorgamiento de la “SUBVENCIÓN POR PÉRDIDAS
MATERIALES” A LOS DAMNIFICADOS POR EL SISMO
OCURRIDO EL 15.AGO.07;
Que, mediante la Carta Nº 1016-08-GG-BM de Vistos,
el Banco de Materiales S.A.C. solicitó la transferencia de
recursos para el otorgamiento de 7,000 subvenciones por
pérdidas materiales que corresponden a la I Etapa;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 065-2008-EF se
autorizó una Transferencia de Partidas a favor del Pliego:
Instituto Nacional de Defensa Civil hasta por la suma de
S/. 42’ 000, 000.00 (Cuarenta y dos millones y 00/100
nuevos soles) en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos
Ordinarios, para ser destinados al otorgamiento de la
subvención por pérdidas materiales dispuesta en el artículo
2º literal B) del Decreto de Urgencia Nº 023-2007 a 7,000
jefes de hogar benef‌i ciarios que corresponden a la I Etapa,
conforme a lo solicitado por el Banco de Materiales;
Que, conforme a lo establecido en el artículo 75º de la Ley
Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
modif‌i cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006,
son transferencias f‌i nancieras entre pliegos presupuestarios,
los traspasos de fondos públicos sin contraprestación, para
la ejecución de actividades y proyectos de los presupuestos
institucionales respectivos de los pliegos de destino; las
Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI
para la atención de desastres, se aprueban por Resolución del
Titular del Pliego, la misma que será obligatoriamente publicada
en el Diario Of‌i cial El Peruano;
Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera
de Recursos a favor del Banco de Materiales S.A.C, por el
monto de S/. 42’ 000, 000.00 (Cuarenta y dos millones y
00/100 nuevos soles), destinados a f‌i nanciar el otorgamiento
de 7,000 subvenciones por pérdidas materiales, dispuesta
en el Literal B) del Artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº
023-2007, correspondientes a la I Etapa;
Con la visación de la Sub Jefatura y de las Of‌i cinas
de Administración, Asesoría Jurídica y Planif‌i cación y
Presupuesto;
De conformidad con la Ley Nº 28411 – Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto, Decreto de Urgencia Nº
023-2007 y su modif‌i catoria, Decreto Supremo Nº 068-2007-
PCM, sus ampliatorias y modif‌i catoria, Decreto Supremo Nº
065-2008-EF, y en uso de las atribuciones conferidas en
el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI,
aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM,
modif‌i cado por los Decretos Supremos Nº 005-2003-PCM
y Nº 095-2005-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar, por las razones señaladas en la
parte considerativa de la presente Resolución, la Transferencia
Financiera de Recursos por el monto de S/. 42’ 000, 000.00
(Cuarenta y dos millones y 00/100 nuevos soles), a favor del
Banco de Materiales S.A.C, para el otorgamiento de 7,000
subvenciones por pérdidas materiales, dispuesta en el Literal
B) del Artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 023-2007,
correspondientes a la I Etapa.
Artículo 2º.- La Of‌i cina de Administración del INDECI,
dará cumplimiento a lo establecido en la presente
Resolución.
Artículo 3º.- Disponer que la Secretaría General registre
la presente Resolución en el Archivo General del INDECI,
publique la misma en el Diario Of‌i cial El Peruano y remita
copia autenticada por Fedatario, al Banco de Materiales
S.A.C, a la Sub Jefatura, a las Of‌i cinas de Administración,
Asesoría Jurídica y Planif‌i cación y Presupuesto, para su
conocimiento y f‌i nes pertinentes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
LUIS FELIPE PALOMINO RODRÍGUEZ
General de División EP “R”
Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil
209516-1
INSTITUTO NACIONAL
DE DESARROLLO
Instauran proceso investigatorio a
ex Director Ejecutivo del Proyecto
Especial Alto Huallaga
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
Nº 017-2008-INADE-1100
Lima, 4 de febrero del 2008
Visto, el Of‌i cio Nº 063-2007-PEAH/INADE-6310 del Jefe
del Órgano de Control Institucional del Proyecto Especial
Alto Huallaga; y,
CONSIDERANDO:
Que, a través del Informe Nº 005-2007-2-0749
denominado “EXAMEN ESPECIAL ACTIVO FIJO Y
CRÉDITO ROTATORIO”, el órgano de Control Institucional
del Proyecto Especial Alto Huallaga, recomendó se deslinde
responsabilidad administrativa al Ing. Eduardo Cervantes
Huamani, Ex Director Ejecutivo (Observación y Conclusión
Nº 2);
Que, el referido Examen tuvo como objetivo específ‌i co la
“...verif‌i cación selectiva de los registros de activos y bienes,
sustento de salidas, los controles internos en el manejo de
bienes y activos, y su disposición f‌i nal. Verif‌i cación física
selectiva de los saldos de deuda y los controles internos en el
manejo de crédito en especie y su sustento”, comprendiendo
su alcance la revisión de la información desde 01 de enero
2007 al 15 de junio de 2007;
Que, los informes y/o dictámenes de control emitidos
por los Órganos del Sistema tienen carácter de pruebas pre
constituidas, para el inicio de acciones administrativas, de
conformidad con lo establecido en el artículo 15º inciso f)
de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Control y de la Contraloría General de la República;
Que, por lo expuesto y, en aplicación del numeral 6.2
del Artículo 6º, Motivación del Acto Administrativo, de la Ley
resulta necesario instaurar proceso investigatorio al citado
ex funcionario, así como, designar la Comisión Especial que
lo conduzca;
Con la visación de la Of‌i cina General de Asesoría
Jurídica, en lo que le compete; y,
De conformidad con lo establecido en el Decreto
Legislativo Nº 599, Ley de Organización y Funciones del
INADE y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo
Nº 017-93-PRES y el Manual de Procesos Investigatorios
de la Sede Central, Proyectos Especiales y Programas
de Inversión del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE,
aprobado por Resolución Jefatural Nº 038-96-INADE-1100
y sus modif‌i catorias;
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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