Instauran proceso administrativo disciplinario a ex funcionarios de la Dirección General de Gobierno Interior del Ministerio

Fecha de disposición14 Julio 2006
Fecha de publicación14 Julio 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
viernes 14 de julio de 2006 323639
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Poder Ejecutivo en procesos que se inicien en su contra,
emanados del Decreto Supremo Nº 018-2002-PCM;
Que, en atención a lo específico y especializado de los
términos de referencia a los que se ha hecho referencia
precedentemente, se tiene que el Dr. Wilfredo Ruiz Ávila es
un abogado especializado en derecho penal y procesal
penal, que cuenta con amplia experiencia en materia de
defensa judicial por delitos contra la Administración Pública,
habiendo prestado asesoría especializada dirigida a
empresas y entidades públicas y privadas; cuyas
condiciones y características personales sustentan
razonable e indiscutiblemente su contratación para
encargarse de la defensa de los funcionarios denunciados
y estar este caso enmarcado en lo dispuesto por el Decreto
Supremo Nº 018-2002-PCM;
Que, en el ejercicio de las facultades de delegación
contenidas en el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado
por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM; y sus
modificatorias; resulta conveniente delegar, en la Oficina
General de Administración, la facultad de aprobar el
expediente correspondiente al proceso exonerado bajo
la modalidad de servicios personalísimos a que se refiere
la presente resolución y las bases correspondientes;
En virtud de lo dispuesto por el Texto Único Ordenado
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; su
Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-
2004-PCM y su modificatoria; y el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Energía y
Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003-
EM; y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de
Adjudicación Directa Selectiva "Contratación de Asesoría
Legal", para contratar en la modalidad de servicios
personalísimos, en forma directa y mediante acciones
inmediatas, al Dr. Wilfredo Ruiz Ávila.
Artículo 2º.- La contratación a la que se refiere el
artículo precedente será realizada por la Oficina de
Abastecimientos de la Oficina General de Administración
del Ministerio de Energía y Minas, hasta por el monto de
S/. 36 500,00 (Treinta y Seis Mil Quinientos y 00/100
Nuevos Soles), valor referencial que incluye los
impuestos de ley, por el período que dure el litigio, con
cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos
Directamente Recaudados, monto que será pagado al
mencionado asesor legal de acuerdo a lo estipulado en
el contrato a suscribirse con éste.
Artículo 3º.- Encargar a la Oficina General de
Administración la aprobación del expediente y de las
Bases correspondientes al proceso exonerado en la
modalidad de servicios personalísimos.
Artículo 4º.- Disponer que la Oficina General de
Administración remita copia de la presente Resolución y
de los informes del Visto a la Contraloría General de la
República y al Consejo Superior de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro del
plazo de diez (10) días hábiles de su emisión;
adicionalmente, deberá publicarla a través del SEACE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA
Ministro de Energía y Minas
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INTERIOR
Instauran proceso administrativo
disciplinario a ex funcionarios de la
Dirección General de Gobierno Interior
del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 1482-2006-IN/1601
Lima, 12 de junio del 2006
VISTO:
El Acta Nº 003-2006-COESPROADMI APERTURA
DE PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO, del
19 de abril de 2006, de la Comisión Especial de Procesos
Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior,
designados mediante Resolución Ministerial Nº 0221-
2006-IN/0901 del 20 de enero 2006, y modificada con la
Resolución Ministerial Nº 0874-2006-IN-0901 del 20 de
marzo del 2006, relacionado con la Instauración del
Proceso Administrativo Disciplinario a los ex funcionarios
Sr. Wilman GODOY PALOMINO, ex Director de la Oficina
de Telecomunicaciones e Informática y los señores Dr.
Luis Alberto CASTILLO BUESA Y Dr. Francisco BURGA
VALDEZ, ex Directores de la Oficina de Asesoría Legal
de la Dirección General de Gobierno Interior del Ministerio
del Interior;
CONSIDERANDO:
Que, conforme fluye del contenido del Informe
Nº 353-2005-IN/15 de fecha 11 de noviembre de 2005,
la Dra. HERICA ZAPATA GOYCOCHEA, Directora de la
Oficina de Asesoría Legal de la DGGI, hace de
conocimiento al señor LUIS ANGEL GARCIA HERMOZA,
Director General de la DGGI sobre la determinación de
responsabilidad administrativa por la prescripción de la
acción administrativa, relacionada al amago de incendio
ocurrido el día 12 de mayo de 2003; así mismo con el
Informe Nº 8371-2005-IN-0204, de fecha 20 de diciembre
del 2005, la Dra. CECILIA ESPICHE ELIAS, Directora
General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del
Ministerio del Interior Opina que se proponga a la Alta
Dirección un proyecto de Resolución Ministerial
designando una Comisión Especial para que se pronuncie
sobre la apertura de PAD a los ex funcionarios de la
Oficina de Telecomunicaciones e Informática y de la
Oficina de Asesoría Legal de la Dirección General de
Gobierno Interior del Ministerio del Interior, señores
Wilman GODOY PALOMINO, Luis Alberto CASTILLO
BUESA y Francisco BURGA VALDEZ;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0221-2006-
IN/0901 del 20 de enero 2006, y su modificatoria con la
Resolución Ministerial Nº 0874-2006-IN-0901 de fecha
20 de marzo del 2006, se designa los miembros de la
Comisión Especial de Procesos Administrativos
Disciplinarios del Ministerio del Interior, que en
cumplimiento de las normas legales sesionaron,
calificaron e informaron a la autoridad competente;
Que, conforme fluye del contenido del Acta Nº 03-
2006-COESPROADMI-APERTURA DE PROCESO
ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO, del 19 de abril de
2006, los miembros de la Comisión Especial actuando
bajo el Principio de Legalidad con respeto al Derecho del
Debido Proceso, teniendo en cuenta las condiciones
establecidas en el artículo 151º y estando a lo facultado
para calificar las faltas de conformidad a lo previsto en el
artículo 152º del Reglamento de la Ley de la Carrera
Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 005-90-PCM y cumpliendo con el artículo 166º de la
acotada norma, informan adjuntando el acta indicada
mediante el cual individualizaron y se pronuncian por
Unanimidad por la apertura de Proceso Administrativo
Disciplinario, a los ex funcionarios Wilman GODOY
PALOMINO, ex Director de la Oficina de
Telecomunicaciones e Informática de la DGGI, Dr. Luis
Alberto CASTILLO BUESA Y Dr. Francisco BURGA
VALDEZ, ex Directores de la Oficina de Asesoría Legal
de la Dirección General de Gobierno Interior del Ministerio
del Interior;
Que, es preciso señalar que en el acta indicada en el
visto de esta Resolución, los miembros de la Comisión
Especial evaluaron las condiciones en cumplimiento
estricto del artículo 151º del Decreto Supremo Nº 005-
90-PCM, resolviendo que los ex funcionarios antes
citados serían pasibles de sanción por las faltas
cometidas y establecidas en los Incs. a) y d), del Art. 28º
de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de
Remuneraciones del Sector Público aprobada mediante
Decreto Legislativo Nº 276; así mismo están incursos
en la acción de incumplimiento, según el Art. 132º, inciso
132.3 y el Art. 143º incisos 143.1, y 143.2, de la Ley

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