RESOLUCION MINISTERIAL Nº 595-2009-MTC/02 - Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Chile, en comisión de servicios

Fecha de publicación27 Agosto 2009
Fecha de disposición27 Agosto 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 27 de agosto de 2009
401576
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modif‌i car, el artículo 2 de la Resolución
Ministerial No. 630-2008-MTC-03 de fecha 19 de
agosto de 2008, el cual quedará redactado con el texto
siguiente:
“Artículo 2º.- Designar al Ingeniero Carlos Valdez
Velásquez-López, Director General de Concesiones
en Comunicaciones como representante titular y a la
Abogada María Rebeca Espino Saenz, de la Dirección
de Regulación y Normatividad de la Dirección General
de Transporte Terrestre, como representante alterna
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante la
Comisión Especial para la uniformización y simplif‌i cación
del trámite por Ventanilla Única de Comercio Exterior -
VUCE”.
Artículo 2º.- Notif‌i car la presente resolución al
Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y a los
funcionarios comprendidos en la presente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE CORNEJO RAMIREZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
388787-1
Autorizan viaje de Inspector de la
Dirección General de Aeronáutica Civil
a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 595-2009-MTC/02
Lima, 25 de agosto de 2009
VISTO:
El Informe No. 522-2009-MTC/12.04 del 06 de agosto
de 2009, emitido por la Dirección General de Aeronáutica
Civil y el Informe No 307-2009-MTC/12.04 del 05 de
agosto de 2009 emitido por la Dirección de Seguridad
Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil,
y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su norma
reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 047-
2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de
servidores, funcionarios públicos o representantes del
Estado;
Que, el Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, en
su artículo 1 señala que la autorización de viajes al
exterior de las personas que viajen en representación
del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público,
se otorgará mediante Resolución Ministerial del
Sector correspondiente, siempre que se sustenten
en el interés nacional o en el interés específico de la
institución conforme a la Ley No. 27619;
Que, la Ley No. 29289 - Ley del Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2009, en el numeral
9.3 del artículo 9, establece que quedan prohibidos los
viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos
con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto que
las excepciones a lo dispuesto en el citado numeral serán
autorizadas mediante Resolución Ministerial, entre las
cuales se encuentra el viaje que realizarán los Inspectores
de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones para las acciones de
inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica
civil;
Que, la Ley No. 27261 - Ley de Aeronáutica Civil
del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil
es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica
Civil, como dependencia especializada del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones;
Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección
General de Aeronáutica Civil es responsable de la
vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas,
seguridad que comprende la actividad de chequear las
aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores
aéreos así como el material aeronáutico que emplean;
Que, la empresa Lan Perú S.A. ha presentado
ante la autoridad aeronáutica civil su solicitud para
ser atendida durante el mes de setiembre de 2009,
acompañando los requisitos establecidos en el
marco del Procedimiento No. 05 correspondiente a la
Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el
Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, asimismo, la empresa Lan Perú S.A. ha
cumplido con el pago de los derechos de tramitación
correspondiente al Procedimiento a que se ref‌i ere
el considerando anterior, ante la Of‌i cina de Finanzas
de la Of‌i cina General de Administración del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones. En tal sentido,
los costos del respectivo viaje de inspección, están
íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del
servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa
Unif‌i cada de Uso de Aeropuerto;
Que, dicha solicitud ha sido calif‌i cada y aprobada
por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la
Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado
por el Texto Único de Procedimientos Administrativos
del citado Ministerio, según se desprende de la
respectiva Orden de Inspección y referida en el Informe
No. 522-2009-MTC/12.04 de la Dirección General de
Aeronáutica Civil;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 27261,
Ley No. 27619, Ley No. 29289, Decreto Supremo No.
047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección
General de Aeronáutica Civil;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Ricardo
Rafael Pazos Raygada, Inspector de la Dirección General
de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, que se efectuará del 09 al 12 de
setiembre de 2009, a la ciudad de Santiago, Chile, de
acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma
parte integrante de la presente resolución, sustentado en
los Informes No. 307-2009-MTC/12.04 y No. 522-2009-
MTC/12.04.
Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje
autorizado precedentemente, han sido íntegramente
cubiertos por la empresa Lan Perú S.A. a través
de los Recibos de Acotación que se detallan en el
anexo que forma parte integrante de la presente
resolución, abonados a la Oficina de Finanzas de
la Oficina General de Administración del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la
asignación por concepto de viáticos y Tarifa Unificada
de Uso de Aeropuerto.
Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo
10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, el Inspector
mencionado en la presente Resolución Ministerial,
dentro de los quince (15) días calendario siguientes
de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al
Despacho Ministerial, con copia a la Of‌i cina General
de Administración del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y
los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no
dará derecho a exoneración o liberación de impuestos
o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o
denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE CORNEJO RAMIREZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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