Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., en comisión de servicios

Fecha de disposición21 Febrero 2005
Fecha de publicación21 Febrero 2005
Pág. 287616
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 21 de febrero de 2005
que una de las partes notifique por escrito su término, con
al menos 30 días de anticipación a su vencimiento.
ARTÍCULO VIII
El negocio de viajes de grupos turísticos chinos al Perú
deberá iniciarse tan pronto como ambas partes hayan cul-
minado con los preparativos relevantes.
Este Memorando de Entendimiento es firmado en Lima,
el 27 de enero de 2005, en dos copias originales, cada
una de ellas en chino, español e inglés, siendo todos los
textos igualmente auténticos. En caso de divergencia rela-
cionada con la interpretación y aplicación del presente
Memorándum de Entendimiento, prevalecerá el texto en
inglés.
Por el Ministerio de Comercio y
Turismo de la República del Perú
MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS
Ministro de Relaciones Exteriores
de la República del Perú
ALFREDO FERRERO
Ministro de Comercio y Turismo
de la República del Perú
Por la Administración Nacional de
Turismo de la República Popular China
ZHOU WENZHONG
Viceministro de Relaciones Exteriores
de la República Popular China
03929
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la
Dirección General de Aeronáutica Ci-
vil a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 111-2005 MTC/02
Lima, 16 de febrero de 2005
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de
viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,
en concordancia con sus normas reglamentarias aproba-
das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece
que para el caso de los servidores y funcionarios públi-
cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza-
ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del
respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el
Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con
excepción de las autorizaciones de viajes que no irro-
guen gastos al Estado;
Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que
los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Público,
de funcionarios, servidores públicos o representantes del
Poder Ejecutivo, a que se refieren el primer y segundo
párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibi-
dos por el ejercicio fiscal 2005, prohibición que no es apli-
cable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Ex-
terior y Turismo, así como la Dirección de Aeronáutica Civil
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyos
casos los viajes serán autorizados a través de resolución
del Titular del Pliego respectivo, la misma que deberá ser
publicada en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio de
la comisión de servicios;
Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del
Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-
cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como
dependencia especializada del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones;
Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de
cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales
establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación
Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otor-
gada al Perú por la Organización de Aviación Civil Interna-
cional, debe mantener un programa anual de vigilancia
sobre la seguridad operacional a través de la ejecución de
inspecciones técnicas a los explotadores aéreos en el país,
basado en las disposiciones establecidas en el citado Con-
venio y en los estándares de la Organización de Aviación
Civil Internacional;
Que, la empresa Aero Condor S.A.C., con Carta GO-
082E-2005, del 4 de febrero de 2005, en el marco del
Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la
Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Per-
sonal), establecido en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunica-
ciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC,
solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efec-
tuar un chequeo técnico en simulador de vuelo del equipo
Fokker F27-100/200, a su personal aeronáutico propues-
to, en la ciudad de Miami, durante el día 26 de febrero de
2005;
Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota-
ción Nº 4932 y 4933, la solicitante ha cumplido con el pago
del derecho de tramitación correspondiente al Procedi-
miento a que se refiere el considerando anterior, ante la
Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Co-
municaciones;
Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de
inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa
solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y
la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto;
Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección
General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins-
pección Nº 311-2005-MTC/12.04-SDO designando al Ins-
pector Pedro Rafael Chung Bartra, para realizar un che-
queo técnico en simulador de vuelo del equipo Fokker F27-
100/200, al personal aeronáutico propuesto por la empre-
sa Aero Condor S.A.C., en la ciudad de Miami, Estados
Unidos de América, durante los días 24 al 26 de febrero de
2005;
Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el
viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aero-
náutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones
que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda
realizar el chequeo técnico en simulador de vuelo a que se
contrae la Orden de Inspección Nº 311-2005-MTC/12.04-
SDO;
De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el
Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo
Nº 047-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Pedro Rafael
Chung Bartra, Inspector de la Dirección General de Aero-
náutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicacio-
nes, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América,
durante los días 24 al 26 de febrero de 2005, para los fines
a que se contrae la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado
precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la
empresa Aero Condor S.A.C. a través de los Recibos de
Acotación Nºs. 4932 y 4933, abonados a la Dirección de
Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y
tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente deta-
lle:
Viáticos US$ 660.00
Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24
Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º
del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector men-
cionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Minis-
terial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes
de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Des-
pacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Admi-
nistración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
describiendo las acciones realizadas y los resultados obte-
nidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no
dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o

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