DECRETO DE ALCALDIA N° 23-2013-ALC/MVES - Prorrogan plazo de inscripciones y celebración del II Matrimonio Civil Comunitario 2013

Fecha de publicación08 Noviembre 2013
Fecha de disposición08 Noviembre 2013
El Peruano
Viernes 8 de noviembre de 2013
506718
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PUENTE PIEDRA
Visto: El Informe Nº 395-2013-GAT-MDPP, de la
Gerencia de Administración Tributaria, en lo concerniente
a las facilidades para regularizar obligaciones formales y
sustanciales en el distrito de Puente Piedra;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 221-MDPP, de fecha
13 de junio del 2013, se aprobó dentro de la jurisdicción
del distrito de Puente Piedra benef‌i cios tributarios y no
tributarios, con la f‌i nalidad de que, los contribuyentes
cumplan con el pago de sus obligaciones hasta el 31 de
julio del año en curso;
Que, es política de la actual gestión municipal, brindar
asesoría, orientación y facilidades a los contribuyentes
con respecto al pago de sus obligaciones formales y
sustanciales, la Gerencia de Administración Tributaria, a
solicitud de los vecinos ha visto por conveniente prorrogar
los benef‌i cios establecidos en la Ordenanza Nº 221-MDPP
hasta el 20 de noviembre del año en curso;
Estando a lo dictaminado y en ejercicio de las
atribuciones conferidas por los Artículos 6º y 20º numeral
con el visto bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica;
DECRETA:
Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 20 de noviembre
del 2013, los benef‌i cios establecidos en la Ordenanza Nº
221-MDPP.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de
Administración, Finanzas y Planeamiento, y la Gerencia
de Administración Tributaria, el cumplimiento del presente
Decreto, a la Gerencia de Participación Vecinal su difusión
y a la Gerencia de Informática y Gobierno Electrónico y
Secretaria General, su publicación en el portal institucional
y en el Diario Of‌i cial El Peruano respectivamente; y a la
Gerencia Municipal su supervisión.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
ESTEBAN F. MONZON FERNANDEZ
Alcalde
1010867-1
MUNICIPALIDAD DE
VILLA EL SALVADOR
Prorrogan plazo de inscripciones y
celebración del II Matrimonio Civil
Comunitario 2013
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 23-2013-ALC/MVES
Villa El Salvador, 25 de octubre de 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
VILLA EL SALVADOR
VISTO: El Informe Nº 567-2013-SGRC/GSM/MVES de
la Sub Gerencia de Registro Civil, el Informe Nº 148-2013-
GSM/MVES de la Gerencia de Servicios Municipales, el
Informe Nº 481-2013-OAJ-MVES de la Of‌i cina de Asesoría
Jurídica y el Informe Nº 325-2013-GM/MVES de la
Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo previsto por el artículo 194º de
la Constitución Política del Estado, concordado con el
artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley
Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen
autonomía política, económica y administrativa, en los
asuntos de su competencia, ésta autonomía radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el Artículo 42º, de la Ley Orgánica de
Municipalidades, señala: “Los decretos de alcaldía
establecen normas reglamentarias y de aplicación de las
ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios
para la correcta y ef‌i ciente administración municipal y
resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés
para el vecindario, que no sean de competencia del
concejo municipal.”
Que, el artículo 252º del Código Civil, sobre dispensa
de la publicación del edicto matrimonial, establece: “El
alcalde puede dispensar la publicación de los avisos si
median causas razonables y siempre que se presenten
todos los documentos exigidos en el artículo 248”;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 283-MVES,
de fecha 27 de Setiembre del presente año, se Autorizó
la celebración del II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO,
a realizarse el día 23 de Noviembre de 2013 a las 10:00
horas en el Auditorio Julio Cesar Tello del distrito de
Villa El Salvador; siendo que en el Artículo Sexto de la
citada Ordenanza se facultaba al Señor Alcalde para que
mediante Decreto de Alcaldía apruebe las disposiciones
para la mejor aplicación de la misma;
Que, con Informe Nº 567-2013-SGRC/GSM/MVES la
Sub Gerencia de Registro Civil, señala que habiéndose
aprobado con Ordenanza Municipal Nº 283-MVES la
celebración del II MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO
para el día 23 de Noviembre de 2013, y considerando
que el día 24 de noviembre se efectuarán las elecciones
complementarias correspondientes a la Municipalidad
Metropolitana de Lima, es pertinente efectuar el cambio
de fecha del Matrimonio Comunitario, por encontrarse
prohibida la reunión masiva de ciudadanos 24 horas antes
de los comicios electorales; proponiendo por ello, que a
través de un Decreto de Alcaldía se señala como nueva
fecha del evento, el 07 de Diciembre, en consecuencia
solicita también la ampliación de plazo de inscripción
hasta el día 06 de diciembre de 2013, asimismo requiere
se dispense de la publicación total del edicto matrimonial.
Que, con Informe Nº 148-2013-GSM/MVES la Gerencia
de Servicios Municipales, ratif‌i ca lo requerido por la
Sub Gerencia de Registro Civil, por lo cual solicita se
emita el Decreto de Alcaldía pertinente aprobando las
modif‌i caciones propuestas;
Que, mediante Informe Nº 481-2013-OAJ-MVES la
Of‌i cina de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable,
para que mediante Decreto de Alcaldía, se proceda con las
modif‌i caciones requeridas por la Sub Gerencia de Registro
Civil; ante ello la Gerencia Municipal con Informe Nº 182-
2013-GM/MVES solicita se emita el dispositivo municipal
respectivo;
Estando a lo solicitado, y en uso de las atribuciones
conferidas en el numeral 6) del artículo 20º así como
el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades y de la autorización otorgada en el Artículo
Sexto de la Ordenanza Municipal Nº 283-MVES.
SE DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR al 07 de Diciembre
del 2013, a horas 10:00 a.m., la Celebración del II
Matrimonio Civil Comunitario 2013, evento a realizarse
en el Auditorio “Julio Cesar Vallejo” del distrito de Villa
El Salvador, aprobado mediante Ordenanza Municipal
Nº 283-MVES, conforme a los considerandos antes
expuestos.
Artículo Segundo.- PRORROGAR hasta el 06 de
Diciembre del 2013, el plazo para las inscripciones al
II Matrimonio Civil Comunitario 2013, de conformidad
con lo expuesto en la parte considerativa del presente
Decreto.
Artículo Tercero.- DISPENSAR a los contrayentes
del II Matrimonio Civil Comunitario 2013 de la publicación
de los edictos matrimoniales, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 252º del Código Civil; debiendo
la Sub Gerencia de Registro Civil verif‌i car que todos ellos
cumplan con la presentación de los requisitos establecidos,
bajo responsabilidad.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del
presente Decreto, a la Sub Gerencia de Registro Civil.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Of‌i cina de
Secretaria General la publicación del presente Decreto
en el Diario Of‌i cial El Peruano; así como a la Unidad de
Desarrollo Institucional, Tecnología de la Información
y Estadísticas, su publicación en el portal Institucional:
http://wwwmunives.gob.pe, y en el portal de servicios al
ciudadano y empresa: http:// www.peru.gob.pe.

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