Amplían resolución que declaró en situación de desabastecimiento inminente la provisión de papel para la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo

Fecha de publicación15 Octubre 2006
Fecha de disposición15 Octubre 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
domingo 15 de octubre de 2006 330597
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UNIVERSIDADES
Amplían resolución que declaró en
situación de desabastecimiento
inminente la provisión de papel para
la Universidad Nacional Pedro Ruiz
Gallo
UNIVERSIDAD NACIONAL
PEDRO RUIZ GALLO
RESOLUCIÓN Nº 1142-2006-R
Lambayeque, 5 de octubre de 2006
VISTOS:
Los expedientes Nºs. 4720-2006-SG-UNPRG y
4893-2006-SG-UNPRG;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº 863-2006-R se
declaró en situación de desabastecimiento inminente la
provisión de cincuenta millares de papel bond tamaño
A4, 75 gr. color blanco y sesenta millares de papel bond
tamaño A4, 75 gr. a colores, por los motivos expuestos
en la parte considerativa de dicha resolución;
Que según lo indicado por el Consejo Superior de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se debe
ampliar la Resolución Nº 863-2006-R en el sentido de
exonerar del proceso de selección correspondiente para
la provisión de cincuenta millares de papel bond tamaño
A4, 75 gr. color blanco y sesenta millares de papel bond
tamaño A4, 75 gr. a colores así como disponer qué
dependencia u órgano será el encargado de llevar a
cabo la adquisición exonerada, de acuerdo con lo
dispuesto por el numeral 6.5 de las disposiciones
específicas de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/
PRE e indicar el valor referencial y la fuente de
financiamiento;
Que al respecto, el jefe de la Oficina de Abastecimiento
y Control Patrimonial remite a través del Oficio Nº 0760-
2006-OAYCP el informe sobre el incumplimiento por parte
de la empresa Nuevo Mundo S.A.C., ganador de la buena
pro, con la provisión del papel mencionado en el primer
considerando; asimismo, menciona que el valor
referencial de dicho material asciende a la cantidad de
dos mil ochocientos noventa y dos nuevos soles y el
pago se efectuará con la fuente de financiamiento
recursos directamente recaudados de la Oficina Central
de Admisión;
Que el expediente cuenta con la opinión de la Oficina
Central de Asesoría Jurídica (Informe Nº 1063-2006-
OCAJ);
Que por lo expuesto, se debe emitir la presente
Resolución;
En uso de las atribuciones que confieren al Rector, la
Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Universidad;
SE RESUELVE:
Ampliar la Resolución Nº 863-2006-R en el sentido
de exonerar del proceso de selección correspondiente
para la provisión de cincuenta millares de papel bond
tamaño A4 75 gr. color blanco y sesenta millares de
papel bond tamaño A4, 75 gr. a colores y disponer que la
Oficina de Abastecimiento y Control Patrimonial sea la
dependencia encargada de llevar a cabo el proceso de
adquisición de dicho material, siendo la cantidad de dos
mil ochocientos noventa y dos nuevos soles
(S/. 2,892.00) el valor referencial de éste, pago a efectuarse
con la fuente de financiamiento recursos directamente
recaudados de la Oficina Central de Admisión.
Dar a conocer la presente Resolución al Consejo
Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
y a la Contraloría General de la República.
Encargar a la Oficina de Abastecimiento y Control
Patrimonial el cumplimiento del segundo artículo
resolutivo, así como realizar los trámites
correspondientes para la publicación de la presente
resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Sistema
Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado
- SEACE.
Regístrese, comuníquese y archívese.
FRANCIS VILLENA RODRÍGUEZ
Rector (e)
03065-1
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
CONSEJO NACIONAL
DEL AMBIENTE
Modifican y/o precisan el Plan de
Acción para la Mejora de la Calidad
del Aire en la Cuenca Atmosférica de
La Oroya
DECRETO DEL CONSEJO DIRECTIVO
Nº 026-2006-CONAM/CD
Lima, 2 de octubre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto del Consejo Directivo
Nº 020-2006-CONAM/CD, publicado el 2 de agosto de
2006, se aprobó el Plan de Acción para la Mejora de la
Calidad del Aire en la Cuenca Atmosférica de La Oroya”
destinado a cumplir los Estándares Nacionales de
Calidad del Aire con el objetivo general de proteger la
salud de las personas y la calidad del ambiente a
través de la implementación de estrategias, políticas
y medidas de acción directas, concertadas y
participativas para controlar la contaminación
ambiental, reduciendo las emisiones netas de
chimeneas y fugitivas del Complejo Metalúrgico y
otras, aplicando, asimismo, medidas complementarias,
sanitarias y ambientales, para mitigar los efectos en la
salud de la población de La Oroya, especialmente los
grupos sensibles, en tanto se alcancen las metas de
calidad ambiental y de salud;
Que, el citado Plan de Acción ha sido aprobado en
virtud al artículo 17º del Decreto Supremo Nº 074-
2001-PCM, Reglamento de Estándares Nacionales de
Calidad Ambiental del Aire, el cual establece que los
planes de acción de mejoramiento de la calidad del
aire serán aprobados por el Consejo Nacional del
Ambiente a propuesta del Grupo de Estudio Técnico
Ambiental (GESTA) Zonal de Aire respectivo;
Que, la propuesta del mencionado instrumento de
gestión ambiental ha sido elaborada por el Grupo de
Estudio Técnico Ambiental (GESTA) Zonal de Aire de
La Oroya, creado por Decreto del Consejo Directivo
Nº 029-2001-CD/CONAM, el cual se encuentra
integrado por representantes de entidades públicas y
privadas;
Que, el Ministerio de Energía y Minas, en su condición
de autoridad sectorial ambiental, ha atendido la solicitud
de la empresa Doe Run Perú S.R.L. sobre ampliación del
plazo de cumplimiento del Programa de Adecuación y
Manejo Ambiental (PAMA), según la Resolución Ministerial
Nº 257-2006-MEM/DM, de fecha 29 de mayo de 2006,
que contiene los nuevos compromisos específicos
asumidos por la citada empresa;
Que, los compromisos contenidos en el PAMA, cuya
prórroga ha sido aprobada por el Ministerio de Energía y
Minas, así como en el Plan de Acción para la Mejora de
la Calidad del Aire en la Cuenca Atmosférica de La Oroya,
aprobado mediante Decreto del Consejo Directivo
Nº 020-2006-CONAM/CD, están dirigidos a asegurar la
calidad ambiental y el cumplimiento de los estándares
nacionales de calidad del aire contenidos en el Decreto
Supremo Nº 074-2001-PCM;
Que, estando a lo acordado en la sesión
extraordinaria del Consejo Directivo Nº 106º, de fecha
2 de octubre de 2006, así como a las facultades
otorgadas al Consejo Nacional del Ambiente por la

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