2607 484-2001-MTC/15.02 - Autorizan a procurador iniciar acciones a presuntos responsables de delito contra la fe pública

Fecha de disposición21 Octubre 2001
Fecha de publicación21 Octubre 2001
Pág. 211546
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 21 de octubre de 2001
En estos casos, el Artículo 3º de esta Resolución
Ministerial deja de aplicarse y la deuda insoluta retorna
a su monto original previo al acogimiento de este Régi-
men.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS CHANG REYES
Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
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Autorizan a procurador iniciar accio-
nes a presuntos responsables de deli-
to contra la fe pública
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 484-2001-MTC/15.02
Lima, 18 de octubre de 2001
VISTOS, los expedientes de registros Nºs. 0063506,
0008406, 0317206, 0007306, 0278506, 0189606, 0237888
y 038380, Informes Nºs. 193, 567 y 888-2001-MTC/
15.18.05.03.AA elaborados por el Area de Antecedentes
de la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de
Conducir, Memorandos Nºs. 372, 1020 y 1522-2001-MTC/
15.18.05 de la Dirección de Parque Automotor y Circula-
ción Vial e Informe Nº 1336-2001-MTC/15.18.01., de la
Dirección de Asesoría Legal de la Dirección General de
Circulación Terrestre;
CONSIDERANDO:
Que, las Comisarías de: San Martín de Porres, Santa
Anita, Rímac y Vitarte de la Policía Nacional del Perú,
mediante los oficios que se mencionan a continuación
han remitido a la Dirección de Parque Automotor y
Circulación Vial, licencias de conducir para la verifica-
ción correspondiente, en la forma siguiente:
Comisaría o Entidad Oficio Nº Licencia Nº Fecha de
Revalidación
San Martín de Porres 097-CSMP-SIAT AA-0225633/AII 22.6.2009
Santa Anita 003-CSA-SIAT AE-0203591 29.10.2002
Rímac 2687-JAP-06-CR-SIAT AE-0291619/AIII 25.11.2003
Vitarte 205-01-COMIS-VITARTE-SIAT AE-0189844/AII 17.8.2002
Que, de la revisión de la Base de Datos del Centro
de Cómputo, Antecedentes Registrales y Padrón Ge-
neral de la Dirección de Parque Automotor y Circula-
ción Vial se ha constatado que las Licencias de Condu-
cir a nombre de las personas que a continuación se
indican, han sido presuntamente adulteradas por sus
titulares en su categoría y en algunos casos en la fecha
de revalidación, con excepción de la Licencia de Con-
ducir Nº AE-0291619/A-III, la cual corresponde a otra
persona que resulta ser el verdadero titular, por lo que
se determina que dicha licencia de conducir sea pre-
suntamente falsa;
Licencia Categoría Fecha Real de A nombre de
retenida Real Revalidación
AA-0225633/AII A-I 22.6.2009 FLORES AYALA, David
AE-0203591 A-I 29.10.2009 ROJAS VASQUEZ, Jaime Luis
AE-0291619/AIII Falsificada SALDAÑA LA JARA, Juan
AE-0189844/AII A-I 17.8.2009 CERVANTES CABEZUDO, Miguel Angel
Que, los hechos descritos constituirían delito contra
la fe pública conforme lo tipifica el Código Penal, resultan-
do pertinente autorizar al Procurador Público de este
Ministerio para que inicie las acciones legales correspon-
dientes contra las personas mencionadas y los que resul-
ten responsables;
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de
la Constitución Política del Perú y los Decretos Leyes
Nºs. 17537, 17667 y 25862;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Autorizar al Procurador Público
de este Ministerio para que inicie las acciones legales
correspondientes contra los señores: FLORES AYALA,
David, ROJAS VASQUEZ, Jaime Luis, SALDAÑA LA
JARA, Juan y CERVANTES CABEZUDO, Miguel Angel
y los que resulten responsables, por los hechos descritos
precedentemente, debiendo la Dirección General de Cir-
culación Terrestre remitirle los antecedentes del caso.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS CHANG REYES
Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
33073
Otorgan concesión a personas natural
y jurídicas para la prestación del servi-
cio público de distribución de radiodi-
fusión por cable
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 489-2001-MTC/15.03
Lima, 18 de octubre de 2001
Vista, la solicitud formulada por CARLOS MARIA-
NO GANOZA GARCIA para que se le otorgue concesión,
para la prestación del servicio público de distribución de
radiodifusión por cable;
CONSIDERANDO:
Que, el inciso 3) del Artículo 75º del Texto Único
Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado
por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corres-
ponde al Ministerio de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción otorgar concesiones, autoriza-
ciones, permisos y licencias en materia de telecomuni-
caciones;
Que, el Artículo 122º del Reglamento General de la
Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto
Supremo Nº 06-94-TCC, establece que los servicios
públicos de difusión se prestan bajo el régimen de
concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los
requisitos y trámites establecidos en la Ley y su Regla-
mento y se perfecciona mediante la suscripción de un
contrato de concesión aprobado por el Titular del
Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda
y Construcción;
Que, el Artículo 89º del Reglamento General de la Ley
de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios
públicos de difusión se encuentra el servicio público de
distribución de radiodifusión por cable;
Que, la Unidad Especializada en Concesiones de
Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 471-2001-
MTC/15.03.UECT, señala que habiéndose verificado el
cumplimiento de los requisitos que establece la legisla-
ción, para otorgar la concesión solicitada, para la presta-
ción del servicio público de distribución de radiodifusión
por cable, es procedente la solicitud formulada por CAR-
LOS MARIANO GANOZA GARCIA;
De conformidad con lo dispuesto por los Decretos
Supremos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC y sus modificato-
rias, Decreto Supremo Nº 007-97-MTC y el Texto Unico
de Procedimientos Administrativos del Ministerio de
Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción;
Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Espe-
cializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del
Viceministro de Comunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar a CARLOS MARIANO GANO-
ZA GARCIA, concesión para la prestación del servicio
público de distribución de radiodifusión por cable, por el
plazo de veinte (20) años, en el área que comprende el

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