Inician procedimiento disciplinario a servidores del Establecimiento Penitenciario de Cambio Puente-Chimbote

Fecha de disposición07 Junio 2000
Fecha de publicación07 Junio 2000
Pág. 187717
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 7 de junio de 2000
ANEXO 3
BANCOS AUTORIZADOS
DEPOSITOS EN LINEA
BANCO WIESE LIMA, TALARA, SALAVERRY, CHIMBOTE,
IQUITOS, ILO, TACNA, CUZCO, AREQUIPA,
CHICLAYO.
BANCO FINANCIERO LIMA, PAITA
BANCO SANTANDER (*) LIMA, TACNA, ILO, MOLLENDO
VIA MODULO DE RECAUDACION-CAJA
DEPOSITO
BANCO FINANCIERO AGUAS VERDES, LA TINA
BANCO DE LA NACION SANTA ROSA (TACNA), DESAGUADERO
(PUNO).
CONTINGENCIAS
BANCO FINANCIERO MARITIMA, PAITA
BANCO SANTANDER AEROPUERTO JORGE CHAVEZ
(*) A partir del 1 de julio del 2000
6402
INEI
Autorizan ejecución de la "Encuesta
de Ciencia, Tecnología e Innovación
Tecnológica 1999"
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 155-2000-INEI
Lima, 5 de junio del 2000
CONSIDERANDO:
Que, se ha suscrito el Convenio de Cooperación Técnica
Interinstitucional entre el Instituto Nacional de Estadística e
Informática (INEI) y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología
(CONCYTEC), con el objetivo de integrar esfuerzos para generar
estadísticas e indicadores de Ciencia y Tecnología, mediante la
ejecución de la "Encuesta de Ciencia, Tecnología e Innovación
Tecnológica 1999";
Que, la "Encuesta de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnoló-
gica 1999", dirigida a las empresas del sector privado a nivel nacional,
tiene como propósito medir el grado de avance logrado en el desarro-
llo de las actividades científicas y tecnológicas, que permitan propo-
ner las políticas de desarrollo científico y tecnológica del país;
Que, el INEI ha realizado las coordinaciones con el CON-
CYTEC y las Oficinas de Estadística de los sectores económicos
que integran el Sistema Nacional de Estadística, sobre el planea-
miento de la encuesta, la definición y el contenido del formulario
a ser utilizado;
Que, en consecuencia es necesario autorizar la ejecución de la
"Encuesta de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica 1999",
así como aprobar el formulario respectivo;
Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Cuentas
Nacionales y las visaciones de la Subjefatura de Estadística y la
Oficina Técnica de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 86º, 92º y 95º
del Decreto Supremo Nº 018-91-PCM "Reglamento de Organiza-
ción y Funciones del INEI"; y,
En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del
Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organización y Funciones del
Instituto Nacional de Estadística e Informática";
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar la ejecución de la "Encuesta de Cien-
cia, Tecnología e Innovación Tecnológica 1999", dirigida a las
empresas del sector privado que desarrollan actividades que se
encuentran ubicadas bajo el ámbito administrativo de los secto-
res: Pesca, Manufactura (empresas de 5 a más personas ocupa-
das), Agroindustria (empresas de 5 a más personas ocupadas),
Comercio y Servicios (empresas con ventas mayores a S/. 650 mil
Nuevos Soles), Transportes, Comunicaciones y Construcción,
Electricidad e Hidrocarburos.
Artículo 2º.- Aprobar el formulario de la citada encuesta, que
forma parte de la presente Resolución y cuya distribución se
efectuará a partir del 19 de junio del 2000, conjuntamente con los
formularios de la Encuesta Económica Anual que ejecutan las
Oficinas Sectoriales de Estadística integrantes del Sistema Na-
cional de Estadística.
Artículo 3º.- Las personas naturales y jurídicas a que se
refiere el Artículo 1º de la presente Resolución solicitarán los
formularios de la Encuesta en las siguientes Direcciones:
- Sector Pesca: En la Oficina de Economía Pesquera del
Ministerio de Pesquería, sito en Calle 1 Oeste Nº 60 Piso 6° Urb.
Corpac, San Isidro y para el resto del país en sus Oficinas
Departamentales.
- Sector Manufactura: En la Oficina General de Informáti-
ca, Estadística y Racionalización del Ministerio de Industria,
Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internaciona-
les, sito en la Calle Uno Nº 50 Urb. Corpac, San Isidro y para el
resto del país en sus Oficinas Departamentales.
- Sector Agroindustria: En la Oficina de Información Agra-
ria del Ministerio de Agricultura, sito en pasaje Zela S/N Oficina
Nº 815 - 8° piso Jesús María y para el resto del país en sus Oficinas
Departamentales.
- Sector Comercio y Servicios: En el local del Instituto
Nacional de Estadística e Informática (INEI) sito en Jr. A. Miro-
quesada Nº 549, Cercado de Lima y para el resto del país en sus
Oficinas Departamentales de Estadística e Informática.
- Sector Transportes, Comunicaciones y Construcción:
En la Dirección de Estadística de la Oficina General de Métodos
y Sistemas del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi-
vienda y Construcción, sito en la Av. 28 de Julio Nº 800, Lima 1 y
para el resto del país en sus Oficinas Departamentales.
- Sector Electricidad e Hidrocarburos: En la Oficina
General de Secretaría Técnica del Ministerio de Energía y Minas,
sito en Av. Las Artes Nº 260, San Borja y para el resto del país en
sus Oficinas Departamentales.
Artículo 4º.- Establecer como plazo máximo el 11 de agosto
del 2000, a nivel nacional, para la devolución de los formularios
debidamente diligenciados de la "Encuesta de Ciencia, Tecnología
e Innovación Tecnológica 1999".
Artículo 5º.- Las empresas que incumplan con la presenta-
ción de la referida Encuesta, en el plazo establecido, serán sujetas
a multa,según lo dispuesto en la Directiva Nº 006-94-INEI/DNEB
"Normas para la aplicación de multas por incumplimiento en la
entrega de información estadística solicitada por los órganos del
Sistema Nacional de Estadística e Informática.
Regístrese y comuníquese.
FELIX MURILLO ALFARO
Jefe
6459
I N P E
Inician procedimiento disciplinario a
servidores del Establecimiento Peni-
tenciario de Cambio Puente-Chimbote
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Nº 337-2000-INPE-P
Lima, 24 de mayo de 2000
VISTO, el Informe Nº 043-2000-INPE-CPPAD, de fecha 10 de
mayo del 2000, de la Comisión Permanente de Procesos Adminis-
trativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Memorándum Nº 093-2000-INPE/P de fecha
2.MAR.2000, se remite el Informe Nº 042-99-INPE-DRL-AG/
ARL, elaborado por la Auditoría de la Dirección Regional - Lima,
en torno a la evasión de interno del Establecimiento Penitenciario
Cambio Puente – Chimbote, donde existiría responsabilidad de
parte de los servidores del mencionado Establecimiento Peniten-
ciario, EULOGIO CRUZ CHERO BURGA, Técnico a cargo de la
seguridad del Pabellón Nº 07 y MARCELINO HUAMAN DELGA-
DO, Jefe de Seguridad Interna Grupo Nº 01;
Que, del análisis efectuado sobre las investigaciones efectua-
das por el Organo de Control, se advierte que a las 17.45 horas del
día 19.OCT.99, el servidor EULOGIO CRUZ CHERO BURGA,
Técnico a cargo de la seguridad del Pabellón Nº 07, después del
término del preencierro, concedió permiso a un grupo de internos
para que coloquen una antena en el techo, abriéndoles para tal fin
la reja de acceso al patio del pabellón, entre los cuales se encontra-
ba el interno Gerardo Santi Rojas, quien trepó por la ventana de
ventilación para colocar la antena, al no encontrarse la reja con el
candado otros internos aprovecharon para salir al patio, ante este
hecho el precitado servidor optó por regresar a los internos al
pabellón, otorgando permiso sólo a 4 internos, para que terminen

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