Inician procesos disciplinarios contra ex funcionario y servidores del INPE

Fecha de publicación18 Febrero 2000
Fecha de disposición18 Febrero 2000
Pág. 183945
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 18 de febrero de 2000
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR A. PAJUELO RAMIREZ
Contador General de la Nación
1947
Reconocen labor efectuada por funcio-
narios de la institución en la rendición
de cuentas del ejercicio fiscal 1999
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 023-2000-EF/93.01
Lima, 11 de febrero de 2000
VISTOS, los documentos de recepción de la informa-
ción sobre rendición de cuentas para la elaboración de la
Cuenta General de la República de 1999 de los pliegos
presupuestarios que comprenden las Instituciones Públi-
cas Descentralizadas.
CONSIDERANDO:
Que, la CONTADURIA PUBLICA DE LA NACION ha
ocupado el segundo lugar de las Instituciones Públicas
Descentralizadas, en la presentación de la información
presupuestaria y financiera correspondiente a la rendi-
ción de cuentas del ejercicio fiscal 1999; por lo que merece
ser felicitada;
Estando a lo previsto en el Artículo 10º y el inciso m) del
Artículo 18º del Reglamento de Organización y Funciones
del Sistema Nacional de Contabilidad y de su Organo
Rector, a lo propuesto por la Dirección General de Conta-
bilidad del Sector Público, con la aprobación de la Alta
Dirección y la visación de la Oficina General de Asesoría
Jurídica; y,
En uso de las facultades legales que le confiere el
Artículo 9º de la Ley Nº 24680, modificado por el Artículo
277º de la Ley Nº 24977;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- FELICITAR, al Director General de
Administración de la CONTADURIA PUBLICA DE LA
NACION, señor CPC PEDRO CANCINO CHAVARRI y a
la Contadora General señora CPC AMPARO ZUÑIGA
PEREZ, por haber presentado en segundo lugar de las
Instituciones Públicas Descentralizadas la rendición de
cuentas para la elaboración de la Cuenta General de la
República 1999.
Artículo 2º.- SOLICITAR, al Director General de
Administración de la CONTADURIA PUBLICA DE LA
NACION, haga extensiva esta especial felicitación, al
personal de Contabilidad, Presupuesto y Tesorería, y a
todas las demás personas que han contribuido a la presen-
tación de la rendición de cuentas en forma oportuna, lo
que significa un ejemplo que la Contaduría Pública de la
Nación exhorta a imitar.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR A. PAJUELO RAMIREZ
Contador General de la Nación
1938
I N P E
Inician procesos disciplinarios contra
ex funcionario y servidores del INPE
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Nº 126-2000-INPE-P
Lima, 14 de febrero de 2000
VISTO, el Informe Nº 005-99-INPE/CEPAD de fecha 7
de febrero del 2000, de la Comisión Especial de Procesos
Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional
Penitenciario;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Memorándum Nº 825-99-INPE/SG de
fecha 10.AGOS.99, el Secretario General del INPE, remi-
te el Informe Nº 063-99-IPE/AG en torno "Responsa-
bilidad del ex Auditor General en la Prescripción de la
Acción Administrativa y supuesta Responsabilidad per-
sonal del ex Vicepresidente del INPE";
Que, la Comisión Especial de Procesos Administrati-
vos Disciplinarios para Funcionarios del Sector Justi-
cia, mediante Informe Nº 001-99-JUS-CEPAD, reco-
mienda al Ministro de Justicia, la Prescripción de la
Acción Administrativa por la presunta falta de carácter
administrativo cometida por el Gral. PNP ® César
PECHE RENGIFO, al que se refiere en el Informe Nº
003-97-INPE/AG; también recomienda se realicen las
investigaciones para determinar y sancionar a los res-
ponsables de la demora de la devolución del referido
informe y que se remita el expediente a la autoridad
competente a fin de determinar la responsabilidad
penal y/o civil del citado General;
Que, el día 14.JUL.97, el ex funcionario Nivel F-4 Sr.
Oscar Máximo HERRERA AREVALO, ex Director de
Auditoría General del INPE, recibió en sus propias
manos el Oficio Nº 214-97-JUS/VM y sus recaudos, de la
Secretaría de la Presidencia del INPE, tal como consta
en el Libro respectivo, con el Registro Nº 5058 de fecha
11.JUL.97;
Que, el precitado ex Director General, habiendo
recepcionado el Oficio Nº 214-97-JUS/VM y sus antece-
dentes, no entregó a la secretaria de su Despacho, para
su registro y trámite correspondiente, sino que lo guar-
dó personalmente, hecho comprobado, porque en los
Libros de Ingreso de la Oficina de Auditoría, no se
encuentra registrado el referido Oficio con sus antece-
dentes, la misma que realizada una minuciosa búsque-
da de la documentación personal que dejó el Sr. Oscar
Máximo HERRERA AREVALO, se halló el Oficio en
cuestión con el Informe Nº 003-97-INPE/AG, devuelto
por el Viceministro Dr. Hernán ÑOPO ODAR, sin los
registros de la Secretaría General. Permitiendo con
esta actitud, que el documento oficial no cumpla lo
recomendado referente a reformular el Informe Nº 003-
97-AG y que dicha responsabilidad administrativa
PRESCRIBA;
Que, por lo expuesto se ha evidenciado que el ex
funcionario Nivel F-4, Sr. Oscar Máximo HERRERA
AREVALO, ex Director General de la Oficina de Audito-
ría ha incumplido lo dispuesto en los Incs. a), b) y g) del
narias contempladas en los Incs. a), b) y d) del Artículo 28º
de la acotada norma legal;
Asimismo, es de mencionarse que el precitado ex
funcionario, fue destituido mediante R.P. Nº 669-99-INPE/
P de fecha 21.SET.99;
Estando al Informe de la Comisión Especial de Proce-
sos Administrativos Disciplinarios y a las visaciones de la
Dirección General de Asesoría Jurídica y a la Oficina de
Recursos Humanos;
De conformidad con lo establecido en la Ley de Bases
de la Carrera Administrativa, aprobada por el Decreto
Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por el
Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y en uso de las faculta-
des conferidas por el Reglamento de Organización y
Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y la Reso-
lución Suprema Nº 262-99-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- INSTAURAR proceso administrativo
disciplinario contra el ex funcionario Nivel F-4 Oscar
Máximo HERRERA AREVALO, ex Auditor General del
INPE, por los motivos expuestos en la parte considerativa
de la presente Resolución.
Artículo 2º.- El ex funcionario procesado puede
presentar su descargo y pruebas convenientes a su

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