Inician procedimiento disciplinario a ex Jefe del Organo de Control de la Dirección Regional de Salud Cusco

Fecha de publicación16 Julio 2000
Fecha de disposición16 Julio 2000
Pág. 190416
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 16 de julio de 2000
CONASEV
Disponen inscripción de programa de
emisión de bonos corporativos e ins-
trumentos de corto plazo de Luz del
Sur S.A.A. en el Registro Público del
Mercado de Valores
RESOLUCION GERENCIA GENERAL
Nº 044-2000-EF/94.11
Lima, 11 de julio de 2000
VISTOS:
El Expediente Nº 2000/00316 presentado por LUZ
DEL SUR S.A.A. y el Memorándum Nº 109-2000-EF/
94.50 de fecha 6 de julio de 2000 de la Gerencia de
Emisores y Empresas.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 304º de la Ley
General de Sociedades, Ley Nº 26887, las sociedades
pueden emitir obligaciones;
Que, mediante Juntas Generales de Accionistas de LUZ
DEL SUR S.A.A. de fecha 23 de marzo y 22 de junio de 2000
se aprobó el primer programa de emisión de bonos corpora-
tivos e instrumentos de corto plazo hasta por un monto total
emitido en circulación de Ciento Cincuenta Millones y 00/
100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 150 000
000,00), o su equivalente en moneda nacional, delegando en
el Directorio la facultad de decidir todos los términos, las
condiciones y las características del Programa, incluyendo a
sus emisiones y series;
Que, en mérito a las atribuciones delegadas, el Directorio
en sesión de fecha 22 de junio de 2000 aprobó los términos y
condiciones generales del programa denominado "Primer
Programa de Emisión de Bonos Corporativos e Instrumen-
tos de Corto Plazo de Luz del Sur S.A.A.";
Que, LUZ DEL SUR S.A.A., debidamente represen-
tada, ha solicitado a CONASEV la aprobación del trámi-
te anticipado de inscripción de valores, el registro del
prospecto marco correspondiente a las ofertas de valores
a realizar en el marco del Primer Programa de emisión
de Bonos Corporativos e Instrumentos de Corto Plazo de
Luz del Sur S.A.A., así como la inscripción del referido
programa en el Registro Público del Mercado de Valores;
Que, en el presente caso se ha cumplido con presentar
la información requerida por el Reglamento de Oferta
Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios,
aprobado por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10,
así como las disposiciones aprobadas mediante Resolu-
ción Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11; y,
Estando a lo dispuesto por los Artículos 53º y siguien-
tes de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo
Nº 861, así como lo establecido en sesión del Directorio de
CONASEV de fecha 6 de abril de 1999, de acuerdo a lo
cual el Gerente General de CONASEV se encuentra
facultado para aprobar trámites anticipados, disponer la
inscripción de valores y/o registro de prospectos deriva-
dos de trámites anticipados, así como disponer la inscrip-
ción de programas de emisión de valores;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, dispo-
ner el registro del prospecto marco correspondiente e
inscribir el primer programa de emisión de bonos corpo-
rativos e instrumentos de corto plazo de Luz del Sur
S.A.A. denominado "Primer Programa de Emisión de
Bonos Corporativos e Instrumentos de Corto Plazo de
Luz del Sur S.A.A.", hasta por un monto total emitido en
circulación de Ciento Cincuenta Millones y 00/100 Dóla-
res de los Estados Unidos de América (US$ 150 000
000,00) o su equivalente en moneda nacional, en el
Registro Público del Mercado de Valores.
Artículo 2º.- En tanto LUZ DEL SUR S.A.A. manten-
ga su condición de Entidad Calificada y en tanto los
valores a emitirse sean valores típicos, la inscripción de
los bonos e instrumentos de corto plazo y el registro de los
prospectos a utilizar en la oferta pública a que se refiere
el Artículo 1º anterior se entenderán efectuados en la
fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución.
En su defecto, el registro de dichos prospectos se encuen-
tra sujeto a lo dispuesto en el Artículo 14º, inciso b),
numeral 2 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y
de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante
Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10.
Artículo 3º.- La oferta pública de los bonos e instru-
mentos de corto plazo a que se refiere el Artículo 1º
deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el
Artículo 25º y, de ser el caso, en el Artículo 29º del
Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de
Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución CONA-
SEV Nº 141-98-EF/94.10.
Asimismo, se deberá cumplir con presentar a CONA-
SEV la documentación e información a que se refieren los
Artículos 23º y 24º del Reglamento de Oferta Pública
Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado
por Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/94.10.
Artículo 4º.- La aprobación y el registro a que se
refiere el Artículo 1º de la presente Resolución no impli-
can que CONASEV recomiende la inversión en los valo-
res u opine favorablemente sobre las perspectivas del
negocio. Los documentos e información para una evalua-
ción complementaria están a disposición de los interesa-
dos en el Registro Público del Mercado de Valores.
Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución a
LUZ DEL SUR S.A.A., a Citibank N.A. Sucursal de Lima
en su calidad de entidad estructuradora; a Citicorp Perú
S.A. SAB en su calidad de agente colocador y en su
calidad de representante de los obligacionistas; a CAVA-
LI ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUSTAVO BERAMENDI GALDOS
Gerente General
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CONSEJOS
TRANSITORIOS DE
ADMINISTRACION
REGIONAL
Inician procedimiento disciplinario a
ex Jefe del Organo de Control de la
Dirección Regional de Salud Cusco
CONSEJO TRANSITORIO DE
ADMINISTRACION REGIONAL
CUSCO
Presidencia Ejecutiva
RESOLUCION EJECUTIVA PRESIDENCIAL
Nº 00246-2000-CTAR CUSCO/PE
Cusco, 14 de julio de 2000
EL PRESIDENTE EJECUTIVO DEL CONSEJO
TRANSITORIO DE ADMINISTRACION
REGIONAL CUSCO
VISTO, el expediente sobre pronunciamiento de la
Comisión Especial de Procesos Administrativos Discipli-
narios del Consejo Transitorio de Administración Regio-
nal Cusco, para Aperturar Proceso Administrativo Dis-
ciplinario al CPC Jorge Vargas Ugarte;
CONSIDERANDO:
Que, de los actuados del expediente de autos se establece,
que el CPC Jorge Vargas Ugarte, en su condición de ex
Director de Sistema Administrativo II, Jefe del Organo de
Control de la Dirección Regional de Salud Cusco, habría
incurrido presuntamente en la comisión de faltas adminis-

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