Inician proceso administrativo disciplinario a servidores de la municipalidad

Fecha de publicación28 Febrero 2005
Fecha de disposición28 Febrero 2005
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NORMAS LEGALES
Lima, lunes 28 de febrero de 2005
vidores cuya conducta hubiera originado la ausencia
o configuración de la causal de desabastecimiento in-
minente.
Artículo Cuarto.- Encargar a Secretaría General la
publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El
Peruano y se ponga en conocimiento de la Contraloría
General de la República.
Regístrese, publíquese y comuníquese.
JORGE A. MENDOZA PÉREZ
Alcalde
04427
MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE PARACAS
Inician proceso administrativo discipli-
nario a servidores de la municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 056-2005-MDP-ALC
Paracas, 17 de febrero del 2005
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PARACAS
VISTO:
El Informe de la Comisión Permanente de Procesos
Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distri-
tal de Paracas , relacionada con la instauración de pro-
ceso Administrativo Disciplinario al Servidor Sr. GER-
MAN RAMOS GOMEZ en su calidad de fedatario de la
Municipalidad Distrital de Paracas y la servidora doña
MARIA GARCIA CARTAGENA en su calidad de Jefe de
Personal de esta Comuna , y de acuerdo a lo siguientes
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución de Alcaldía Nº 333- 2004-MDP/
ALC se designó a los miembros de la Comisión Perma-
nente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la
Municipalidad Distrital de Paracas , y con Resolución de
Alcaldía Nº 18- 2005 se dejó sin efecto la designación del
Prof. MARIO CABRERA CHAUCA como miembro su-
plente de la Comisión aludida , designando a partir de la
fecha en su reemplazo a la Sra. PILAR ELENA VIÑA
GARCIA; a efectos de que la referida Comisión califi-
quen las faltas administrativas en que habrían incurrido
los Servidores de esta Comuna, y se pronuncien sobre
la procedencia de aperturarles proceso administrativo
disciplinario;
Que, de la calificación legal efectuada por la Comi-
sión Permanentes de Procesos Administrativos Discipli-
narios de esta Comuna fluye, que los Servidores GER-
MAN RAMOS GOMEZ y MARIA BETZABEHT GARCIA
CARTAGENA han infringido el Artículo 3º, inciso d), y el
artículo 21 inciso d) de la Ley de Bases de la Carrera
Administrativa aprobado por Decreto Legislativo Nº 276,
concordante con los artículos 126º y 129º del Regla-
mento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM,
por lo que se encuentran incursos en las faltas discipli-
narias previstas en los incisos a) y d) del artículo 28º de
la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; por los
siguientes hechos:
1.- Contra el señor GERMAN RAMOS GOMEZ,
se le imputa el hecho de haber cometido irregularida-
des en sus funciones como Fedatario de esta Comu-
na, omitiendo los requisitos establecidos en el Texto
Único de Procedimientos Administrativos Disciplina-
rios de la Municipalidad Distrital de Paracas; pues ha
fedateado copias de Contratos de Servicios Perso-
nales de fecha 13 de enero del 2003 suscrito por
doña LILIANA RAVELLO MORI; de fecha 20 de enero
del 2003 suscrito por don MIGUEL ANGEL ALFARO
HUAMAN; de fecha 13 de enero del 2003 suscrito
por doña DANNY RAMOS ORTIZ; y de fecha 13 de
enero del 2003 suscrito por doña ROSANA DELFINA
ESPINOZA RIOS, todos ellos con la Municipalidad
de Paracas, asimismo haber fedateado con fecha 6
de febrero del 2004 Partes Diarios de Asistencia del
Personal Contratado 2004, y el Memorándum Circu-
lar Nº 001-2004-MDP/ALC, boletas de pago de remu-
neraciones de los meses de marzo, abril, setiembre,
octubre, noviembre y diciembre del 2003; documen-
tos que fueron presentado en el proceso que inicia-
ron ésta personas ante el Juzgado Especializado en
lo Civil de Pisco, contra la Municipalidad Distrital de
Paracas, sobre Acción de Amparo; y a mérito de esos
documentos mencionados el Juzgado aludido y la
Segunda Sala Mixta de Chincha declara fundado la
Acción de Amparo y confirma respectivamente la
Sentencia, con el cual se disponen la reposición de
las Sras. LILIANA RAVELLO MORI, DANNY RAMOS
ORTIZ y ROSANA ESPINOZA RIOS.
2.- Contra la Servidora MARIA BETZABEHT GAR-
CIA CARTAGENA se le imputa el hecho de no haber
custodiado los Partes Diarios de Asistencia del Per-
sonal Contratado en el año 2004, ya que son docu-
mentos de mucha reserva; por otro lado de haber
requerido a las personas de LILIANA RAVELLO
MORI, DANNY RAMOS ORTIZ, y ROSANA ESPI-
NOZA RIOS sus declaraciones juradas de Ingresos,
bienes y rentas para el periodo 2004, cuando tenía
conocimiento con fecha 3 de febrero del 2004 que
dichas personas ya no iban a continuar laborando
para la Municipalidad Distrital de Paracas, y a mérito
de estos documentos que fueron presentados como
medios probatorios ante el Juzgado Especializado
en lo Civil de Pisco en el proceso de Acción de Am-
paro mencionado en el párrafo precedente, se decla-
ra fundada la demanda y se confirma oportunamen-
te, disponiéndose la reposición de estas personas;
Que, a mérito de los dispositivos legales invocados
la Comisión Permanente de Procesos Administrativos
Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de Paracas
por mayoría de sus miembros se han pronunciado por la
instauración de Proceso Administrativo Disciplinarios a
los referidos Servidores;
Que, estando al Informe del Asesor Legal Externo y
a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Legal de
esta Comuna y de conformidad a la Ley de Bases de la
Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sec-
tor Público, Decreto Legislativo Nº 276 y en los artícu-
los 150º, 151º, 163º, 166º y 167º del Reglamento de la
Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo
Nº 005-90-PCM, el Reglamento Interno de Procesos
Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Dis-
trital de Paracas y la Ley Orgánica de Municipalidades
Nº 27972;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- INSTAURAR PROCESO ADMI-
NISTRATIVO DISCIPLINARIO a los servidores GER-
MAN RAMOS GOMEZ y MARIA GARCIA CARTAGE-
NA, por las razones expuestas en la parte considerativa
de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Los citados servidores tienen
derecho a presentar su descargo escrito y las pruebas
que estimen convenientes para su defensa ante la Co-
misión Permanente de Procesos Administrativos Disci-
plinarios dentro del plazo que establece la Ley.
Artículo Tercero.- De conformidad con el artículo
168º del D. S. Nº 005-90-PCM los referidos servidores
pueden tomar conocimiento de los antecedentes del pro-
ceso que se encuentran a cargo del Presidente de la
Comisión Permanentes Procesos Administrativos Disci-
plinarios.
Artículo Cuarto.- Remitir todos los actuados a la
Comisión Permanente de Procesos Administrativos Dis-
ciplinarios de la Municipalidad Distrital de Paracas, para
que dentro del plazo de Ley concluya el Proceso Admi-
nistrativo Disciplinario instaurado a mérito de la presente
Resolución.
Regístrese, comuníquese y cümplase.
ALBERTO TATAJE MUÑOZ
Alcalde
04430

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