Ratifican sanción de inhabilitación definitiva impuesta a empresapor rescisión administrativa de contrato para ejecución de obra

Fecha de disposición31 Agosto 1998
Fecha de publicación31 Agosto 1998
NORMAS LEGALES
Director: Enrique Sánchez Hernani
Lima, lunes 31 de agosto de 1998
Ati0
XVI
-
N”
6641
http://www.editoraperu.com.pe
Pág. 163477
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Conceden indulto en favor de diversos
condenados por delitos de terrorismo
0 traición a la patria
RESOLUCIONSUPREMA
N”298984US
Lima, 25 de agosto de 1998
VISTOS: La solicitud presentada por Ofelia LozaVelásquez
deTrilloyelInformeN”096-98/CAHformuladoporlaComisión
Ad Hoc creada por Ley N” 26655, en el que se recomienda la
concesión del indulto;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley
N”
26655 se creó una Comisión Ad Hoc
encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la
República en forma excepcional, la concesión del indulto y
derecho de gracia, para quienes se encuentren condenados por
delitos de terrorismo o traición ala patria, en base a elementos
probatorios insuficientes que permitan ala comisión presumir,
razonablemente, que no habrían tenido ningún tipo de vincula-
ción con elementos, actividades
u
organizaciones terroristas; y,
Que, por encontrarse la solicitud de Ofelia Loza Velásquez
deTrillodentrodelosalcancesdelArtículo1”delaLeyN”26655,
los miembros de la mencionada Comisión Ad Hoc han recomen-
dado por unanimidad el otorgamiento del indulto en favor de
Ofelia Loza Velásquez de Trillo;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 118”
inciso21~delaConstituciónPolíticadelPerú,esatribucióndel
señor Presidente de la República conceder indultos;
SE RESUELVE:
Artículo
Unico.-
Conceder INDULTO a OFELIA LOZA
VELASQUEZ DE TRILLO quien se encuentra en el Estableci-
miento Penal de Máxima Seguridad de Mujeres de Chorrillos
-
Lima.
Regístrese, comuníquesey publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALFREDO QUISPE CORREA
Ministro de Justicia
9736
RESOLUCIONSUPREMA
N”299-98-JUS
Lima, 25 de agosto de 1998
VISTOS:
Lasolicitudpresentadapor’l?eófiloTrilloGómezy
el Informe N” 097-98/CAH formulado por la Comisión Ad Hoc
creada por Ley
N”
26655, en el que se recomienda la concesión
del indulto;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N” 26655 se creó una Comisión Ad Hoc
encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la
República en forma excepcional, la concesión del indulto y
derecho de gracia, para quienes se encuentren condenados por
delitos de terrorismo o traición
a
la patria, en base a elementos
probatorios insuficientes que permitan a la comisión presumir,
razonablemente, que no habrían tenido ningún tipo de vincula-
ciónconelementos,actividadesu
organizaciones terroristas;y,
Que, por encontrarse la solicitud de Teófilo Trillo Gómez
dentro de los alcances del Artículo 1” de la Ley
N”
26655, los
miembros de la mencionada Comisión Ad Hoc han recomendado
por unanimidad el otorgamiento del indulto en favor de Teófilo
Trillo Gómez;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo
118”
inciso
211
de la Constitución Política del Perú, es atribución del
señor Presidente de la República conceder indultos;
SE RESUELVE:
Articulo
Unico.-
Conceder INDULTO a TEOFILO TRI-
LLO GOMEZ quien se encuentra en el Establecimiento Penal
Miguel Castro Castro.
Regístrese,comuníqueseypublíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALFREDO QUISPE CORREA
Ministrode Justicia
9737
RESOLUCION SUPREMA
N”
300-98.
JUS
Lima, 25 de agosto de 1998
VISTOS: La solicitud presentada por Claudina Doménica
Carbajal León y el Informe N” 061-98/CAH formulado por la
Comisión Ad Hoc creada por Ley N” 26655, en el que se reco-
mienda la concesión del indulte;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N” 26655 se creó una Comisión Ad
Hoc
encargada de evaluar, calificar y proponer al Presidente de la
República en forma excepcional, la concesión del indulto y
derecho de gracia, para quienes se encuentren condenados por
delitos de terrorismo o traición a la patria, en base a elementos
probatorios insuficientes que permitan a lacomisión presumir,
razonablemente,quenohabríantenidoningúntipodevincula-
ción con elementos, actividades
u
organizaciones terroristas;
y,
Que. oor encontrarse la solicitud de Claudina Doménica
Carbaj~l¿eóndentrodelosalcancesdelArtículo1”delaLeyN”
26655, los miembros de la mencionada Comisión Ad Hoc han
recomendado por unanimidad el otorgamiento del indulto en
favor de Claudina Doménica Carbajal León;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 118”
inciso 21) de la Constitución Política del Perú, es atribución del
señor Presidente de la República conceder indultos;
SE RESUELVE:
Artículo
Unico.-
Conceder INDULTO a
CLAUDINA
DO-
MENICA CARBAJAL LEON quien se encuentra en el Estable-
cimiento Penal de Máxima Seguridad de Mujeres de Chorrillos
-
Lima
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALFREDO QUISPE CORREA
Ministro de Justicia
9738
RESOLUCION SUPREMA
N”301-9%JUS
Lima, 25 de agosto de 1998

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