192 187-2003-EF - Aprueban Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Año Fiscal 2004 de las Empresas Municipales y Organismos Públicos Descentralizados Municipales
Fecha de disposición | 21 Diciembre 2003 |
Fecha de publicación | 21 Diciembre 2003 |
Pág. 257868
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 21 de diciembre de 2003
Aprueban Presupuesto de Ingresos y
Egresos para el Año Fiscal 2004 de
las Empresas Municipales y Organis-
mos Públicos Descentralizados Muni-
cipales
DECRETO SUPREMO
Nº 187-2003-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 21º de la Ley Nº 27209 -Ley de Gestión
Presupuestaria del Estado- establece que las entidades
que conforman la actividad empresarial del Estado así como
las empresas pertenecientes a los Gobiernos Locales de-
ben programar y formular sus respectivos presupuestos
en base a las directivas que emita el Ministerio de Econo-
mía y Finanzas;
Que, el artículo 33º de la Ley Nº 27806 -Ley de Trans-
parencia y Acceso a la Información Pública, señala que
las entidades del Sector Público cuyo presupuesto no
forme parte del Presupuesto General de la República,
deben aprobar éste a más tardar el 15 de diciembre del
año previo a su entrada en vigencia, por el órgano co-
rrespondiente establecido en las normas vigentes;
Que, el artículo 20º de la Ley Anual de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2004, precisa que me-
diante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Eco-
nomía y Finanzas, se aprobará el Presupuesto de las Em-
presas Municipales y Organismos Públicos Descentraliza-
dos Municipales;
Que, asimismo la precitada disposición señala que se
aprobarán las normas de las Empresas Municipales y Or-
ganismos Públicos Descentralizados Municipales, relacio-
nadas con el proceso presupuestario, austeridad y racio-
nalidad en el gasto, suscripción de convenios de gestión y/
o convenios de administración por resultados, política re-
munerativa y otras medidas que resulten necesarias para
la ejecución presupuestaria del año 2004 o que se deriven
de la necesidad de precisar la aplicación de lo establecido
en el citado artículo en el marco de la normatividad vigen-
te; Que, en consecuencia es necesario dictar las medidas
que le permitan a las Empresas Municipales y Organis-
mos Públicos Descentralizados Municipales regular su pro-
ceso presupuestario para el Año Fiscal 2004;
De conformidad con el numeral 8) del artículo 118º de
de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal
2004, el artículo 21º de la Ley Nº 27209 -Ley de Gestión
Presupuestaria del Estado y el artículo 33º de la Ley Nº
27806 -Ley de Transparencia y Acceso a la Información
Pública;
DECRETA:
Artículo 1º.- Aprobación del Presupuesto de Ingre-
sos y Egresos
Apruébase el Presupuesto de Ingresos y Egresos para
el Año Fiscal 2004, de las Empresas Municipales y Orga-
nismos Públicos Descentralizados Municipales, ascendente
a la suma de MIL CIENTO TREINTA Y SEIS MILLONES
CIENTO CINCO MIL CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 NUE-
VOS SOLES (S/. 1 136 105 058,00 ), conforme al detalle
siguiente:
(EN NUEVOS SOLES)
INGRESOS
Fuente de Financiamiento
09 Recursos Directamente Recaudados 1 075 703 580
11 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno 3 500 000
12 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Externo 38 209 480
13 Donaciones y Transferencias 18 691 998
TOTAL INGRESOS 1 136 105 058
============
(EN NUEVOS SOLES)
EGRESOS
Categorías del Gasto
5 Gastos Corrientes 896 803 581
6 Gastos de Capital 210 760 564
7 Servicio de la Deuda 28 540 913
TOTAL EGRESOS 1 136 105 058
===========
Artículo 2º. Desagregado del Presupuesto de Aper-
tura
El desagregado del Presupuesto aprobado en el artí-
culo precedente, a nivel de Empresa Municipal y Orga-
nismo Público Descentralizado Municipal, se detalla en los
Anexos que forman parte de la presente norma legal, de
acuerdo a lo siguiente:
Descripción Anexo
Distribución del Ingreso de las Empresas Municipales
y Organismos Públicos Descentralizados Municipales
por Fuente de Financiamiento. Anexo Nº I
Distribución del Egreso de las Empresas Municipales
y Organismos Públicos Descentralizados Municipales
por Grupo Genérico del Gasto - Recursos Públicos Anexo Nº II
Distribución del Egreso de las Empresas Municipales
y Organismos Públicos Descentralizados Municipales
por Grupo Genérico del Gasto - Recursos Directamente
Recaudados Anexo Nº II-1
Distribución del Egreso de las Empresas Municipales
y Organismos Públicos Descentralizados Municipales
por Grupo Genérico del Gasto - Recursos Por Opera-
ciones Oficiales de Crédito Interno Anexo Nº II-2
Distribución del Egreso de las Empresas Municipales
y Organismos Públicos Descentralizados Municipales
por Grupo Genérico del Gasto - Recursos por Opera-
ciones Oficiales de Crédito Externo Anexo Nº II-3
Distribución del Egreso de las Empresas Municipales
y Organismos Públicos Descentralizados Municipales
por Grupo Genérico del Gasto - Donaciones y Transfe-
rencias Anexo Nº II-4
Artículo 3º.- Reporte Oficial
Para fines de aprobación del Presupuesto Institu-
cional de Apertura, la Dirección Nacional del Presu-
puesto Público remite a las Entidades el reporte oficial
“Aprobación Institucional del Presupuesto para el Año
Fiscal 2004”, antes del inicio del año fiscal, que contie-
ne el desagregado del Presupuesto de Ingresos a nivel
de Entidad y Partidas del Ingresos y de Egresos por
Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyec-
to, Categoría del Gasto, Grupo Genérico del Gasto y
Fuente de Financiamiento, resultante del proceso de
formulación y programación.
Artículo 4º.- Plazo de Aprobación y Remisión
Los Titulares de las Empresas Municipales y Orga-
nismos Públicos Descentralizados Municipales aprue-
ban mediante Resolución o Acuerdo de Directorio, se-
gún corresponda, el Presupuesto Institucional de Aper-
tura para el Año Fiscal 2004 a más tardar el 31 de di-
ciembre del año 2003.
Copia de la referida Resolución o Acuerdo de Directo-
rio, así como del reporte oficial “Aprobación Institucional
del Presupuesto para el Año Fiscal 2004” y Formatos y
Anexos, establecidos para tal fin en la Directiva para la Apro-
bación del Presupuesto de Apertura de las Entidades de
Tratamiento Empresarial para el Año Fiscal 2004, se pre-
sentan a más tardar el 8 de enero del año 2004, a la Comi-
sión de Presupuesto y Cuenta General de la República del
Congreso de la República, a la Contraloría General de la
República y a la Dirección Nacional del Presupuesto Públi-
co. La documentación a que se hace referencia en el pá-
rrafo anterior, deberá ser suscrita por el Titular de la Enti-
dad, el Jefe de la Oficina de Presupuesto y el Contador
General, o quienes hagan sus veces en la Entidad.
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