RESOLUCION MINISTERIAL Nº 662-2010-DE/SG - Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Brasil y Chile

Fecha de publicación01 Julio 2010
Fecha de disposición01 Julio 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 1 de julio de 2010 421511
CONSIDERANDO:
Que, la presencia recurrente y el impacto creciente
de los desastres en el planeta, ha determinado que
los gobiernos del mundo asuman un mayor grado de
compromiso para generar conciencia social en todos
los actores de cada territorio, buscando implementar
medidas más efectivas que van más allá de las acciones
reactivas circunscritas únicamente a la atención de los
desastres acontecidos, sino que incluyan acciones
desde el ámbito de la prevención y la gestión del riesgo
de desastres, para reducir y minimizar los niveles
de exposición y vulnerabilidad del país, siendo las
acciones de preparación para la respuesta un elemento
importante en este proceso;
reconoce como f‌i n supremo de la sociedad y del Estado la
defensa de la persona humana, lo que implica e involucra
la defensa de su dignidad e integridad física;
Que, el Gobierno Nacional en cumplimiento del
acotado precepto constitucional adopta diversas acciones
en salvaguarda la vida y la seguridad de la población, a
f‌i n de hacer frente a los embates de la naturaleza y a los
desastres de toda índole, disponiendo la ejecución de
acciones preventivas que se organizan a través del Sistema
Nacional de Defensa Civil - SINADECI;
aprobó el “Plan Nacional de Prevención por Sismos 2010”,
como uno de los ejes de trabajo para la implementación
en nuestro país, de medidas que permitan reaccionar
mejor frente a la ocurrencia de un desastre, así como
eliminar o minimizar factores generadores de riesgos y
vulnerabilidades, documento que además constituye un
instrumento técnico de referencia para que los Gobiernos
Regionales, en el marco de los Sistemas Regionales de
Defensa Civil, elaboren e implementen en coordinación con
los Gobiernos Locales, sus respectivos “Planes Regionales
de Prevención ante Sismos”;
Que, mediante Resoluciones Jefaturales Nºs. 125-
2010-INDECI y 138-2010-INDECI, el Instituto Nacional
de Defensa Civil, en su condición de ente rector del
SINADECI, aprobó las Directivas Nacionales que
contienen los lineamientos para la implementación de
las fases II, III y IV del Plan Nacional de Prevención por
Sismos 2010;
Que, en el contexto normativo precedente, en tanto
se aprueban, implementan y desarrollan los planes
preventivos en todos los niveles de organización política
del país, resulta indispensable llevar a cabo desde la
perspectiva operativa, un simulacro de alcance nacional
que ponga a prueba las capacidades nacionales
ante la ocurrencia de un evento sísmico que pudiera
afectar a nuestro país, para lo cual es indispensable
convocar la participación de las instancias sectoriales
del Poder Ejecutivo en la articulación de esfuerzos
correspondientes, así como del sector privado, siendo
pertinente conformar para tal efecto una Comisión de
Coordinación, y encomendar al Jefe del Instituto Nacional
de Defensa Civil, la Coordinación General del evento,
señalándose fecha cierta para la realización del sismo;
En uso de las atribuciones que conf‌i ere el artículo 118º
de la Constitución Política del Estado, de conformidad
con lo establecido por el Decreto Ley Nº 19338 y sus
modif‌i catorias, y en observancia de la Ley Nº 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el “Simulacro Nacional ante Sismo
- 2010”, a realizarse el día 18 de agosto de 2010 a las
10.00 horas, constituyéndose para tal efecto la Comisión
Coordinadora de dicho evento, conformada de la siguiente
manera:
a) El Presidente del Consejo de Ministros, quien la
preside;
b) El Ministro de Defensa;
c) El Ministro de Educación;
d) El Ministro del Interior;
e) El Ministro de Salud;
f) El Ministro de Vivienda;
g) El Director General de la Policía Nacional del Perú;
h) Un representante de la Asamblea Nacional de
Presidentes Regionales;
i) El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Surquillo;
j) Un representante de la Municipalidad Provincial de
Lima.
Artículo 2º.- Los miembros de la Comisión Coordinadora
del Simulacro Nacional ante Sismo - 2010, podrán participar
en esta Comisión de manera directa o a través de un
representante, el que será acreditado ante el Coordinador
General.
Artículo 3º.- Designar al General (r) Luis Felipe,
Palomino Rodríguez; Jefe del Instituto Nacional de Defensa
Civil, como Coordinador General del “Simulacro Nacional
de Sismo - 2010”.
Artículo 4º.- El Simulacro Nacional aprobado con la
presente Resolución Suprema, es de carácter obligatorio
en todas las instancias del Estado y compromete la
participación activa de todas las instituciones e instancias
del sector privado.
Artículo 5º.- La Comisión Coordinadora aprobará los
lineamientos generales del simulacro que serán canalizados
a través del Instituto Nacional de Defensa Civil a los
Gobiernos Regionales para su cumplimiento respectivo, en
el marco de las funciones de los Sistemas Regionales de
Defensa Civil.
Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN
Presidente del Consejo de Ministros
513292-7
DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la
República de personal militar de Brasil
y Chile
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 661-2010-DE/SG
Lima, 25 de junio de 2010
CONSIDERANDO:
Que, con Facsímil (DGS) Nº 677 de fecha 18 de junio
de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y
Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita
se expida la autorización para el ingreso de personal
militar de la República Federativa de Brasil, sin armas
de guerra;
Que, la III Reunión de Jefes de Estados Mayores de las
Fuerzas Aéreas de Perú y Brasil se realizará en la ciudad
de Lima;
Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modif‌i cado por
Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar
extranjero sin armas de guerra para realizar actividades
relacionadas a las medidas de fomento de la conf‌i anza,
actividades de asistencia cívica, de planeamiento de
futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción
o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas
Peruanas o para realizar visitas de coordinación o
protocolares con autoridades militares y/o del Estado
Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante
Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del
Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la
República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas
tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad.
La Resolución Ministerial de autorización debe especif‌i car
los motivos, la relación del personal militar, la relación
de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en
el territorio peruano. En los casos en que corresponda
se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones
Exteriores”; y
Con la opinión favorable de la Fuerza Aérea del Perú y
de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la
República, a los siguientes Of‌i ciales de la Fuerza Aérea
de la República Federativa de Brasil, para participar en la
III Reunión de Jefes de Estados Mayores de las Fuerzas

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