Fijan clasificación del sistema eléctrico Ingenio Changuillo, perteneciente a empresa concesionaria

Fecha de disposición26 Octubre 1998
Fecha de publicación26 Octubre 1998
Iha,
lunes 26 de
oduhn:
de 1998
cl-
Pág. 165245
vándose copia del mismo en el Registro Público del Mer-
cado de Valores de CONASEV.
Artículo
3”.-
Los recursos que capte el BANCO DE
CREDITO DEL PERU con la emisión de los valores a que
se refiere el Artículo 1” de la presente resolución, serán
utilizados para la adquisición de bienes de activo
fijo
destinados al arrendamiento financiero, con sujeción alas
normas vigentes.
aprobado por Decreto Supremo
W
009-93-EM y sus mo-
dificatorias, a lo dispuesto en la Resolución Directoral N”
lOl-97-EIWDGE y a lo señalado en el Artículo Segundo de
la Resolución
N”
022-97 P/CTE; y,
CONSIDERANDO:
Artículo
4“.-
La publicidad que se realice para promo-
ver la mencionada oferta pública, deberá sujetarse a las
condiciones previstas en el contrato de emisión y a lo
establecido en la presente resolución.
Que, Electro Sur Medio mediante Oficio
No
GG-249-
98, solicito la clasificación del nuevo sistema eléctrico
Ingenio
-
Changuillo;
Artículo
5”.-
La colocación de los bonos a que se
refiere el Artículo 1” de la presente resolución deberá
efectuarse en un plazo que no excederá de nueve
(9)
meses
contados a partir de la fecha de su inscripción en el
Registro Público del Mercado de Valores, prorrogables
hasta por un período igual, a petición de parte.
Artículo
6”.-
El BANCO DE CREDITO DEL PERU
queda obligado a presentara esta Comisión Nacional la
información a que se refiere el Artículo 13” del Reglamen-
to de Oferta Publica Primaria de Valores Mobiliarios,
aprobado por Resolución CONASEVN”906-91-EF/94.10.0
y modificada por Resolución CONASEV
W
393-95EF/
94.10,yelArtículo39”delReglamentodeRegistroPúblico
del Mercado de Valores, aprobado por Resolución CONA-
SEV
N”
079-97-EF/94.10. Asimismo, tan pronto culmine
la colocación de la oferta pública de bonos, la empresa
emisora deberá poner el hecho en conocimiento de la
CONASEV.
Que, el nuevo sistema eléctrico Ingenio- Changuillo ha
sido conformado por la interconexión de los sistemas
aislados Ingenio, Changuillo y 15 nuevas localidades que
se abastecen desde la Subestación Eléctrica de Llipata;
Que, en tanto Electro Sur Medio no remita la informa-
ción definitiva de los consumos de las 15 nuevas localida-
des pertenecientes al nuevo sistema eléctrico Ingenio
-
Changuillo, se procederá a realizar una clasificación tem-
poral por un período de un año;
Estando a lo acordado por su Consejo Directivo en su
Sesión N” 025-98 de fecha 7 de
octubre
de 1998;
RESUELVE:
Artículo Primero.-Fíjese
la clasificación del sistema
eléctrico Ingenio- Changuillo, perteneciente a la Conce-
sionaria de Distribución Electro Sur Medio S.A., como
sector típico 3.
Artículo
7”.-
El BANCO DE CREDITO DEL PERU
queda obligado a insertar el texto de esta resolución en la
escritura pública de emisión de bonos que se otorgue, por
la presente emisión, así como remitir a CONASEV el
correspondiente testimonio dentro de los treinta (30) días
siguientes a su otorgamiento.
Artículo
Su.-
La inscripcitin aquese refiere el Artículo
1” de la presente resolución, no implica que CONASEV
recomiende la inversión en los mencionados valores
u
opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio.
Los documentos e información para una evaluación
complementaria están a disposición de los interesados en
el Registro Publico del Mercado de Valores.
Artículo
9”.-
Transcríbase la presente resolución a
BANCO DE CREDITO DEL PERU, al Banco Sudame-
ricano en su calidad de representante de los obligacionis-
tas, ala Superintendencia de Banca y Seguros, a CAVALI
ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores de Lima.
Artículo
Segundo.-
Al termino de un año de entrada
en vigencia la presente resolución, se efectuará la clasiti-
cación definitiva del Sistema Eléctrico Ingenio- Changui-
110, para lo cual la empresa concesionaria Electro Sur
Medio S.A. deberá remitir ala Comisión de Tarifas Eléc-
tricas la información correspondiente.
Artículo Tercero.- La presente resolución entrará
en vigencia a partir del 1 de noviembre de 1998.
Artículo Cuarto.-Déjase
en suspenso las disposicio-
nes que se opongan al cumplimiento de la presente reso-
lución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO ZOLEZZI CHACON
Presidente
Comisión de Tarifas Eléctricas
12331
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Modifican artículo de resolución que
GUSTAVO BERAMENDI GALDOS
define períodos de facturación de los
Gerente General
excesos de energía reactiva
12167
RESOLUCION DE LA COMISION DE
TARIFAS ELECTRICAS
W
025-98
P/CTE
COMISION DE
TARIFAS ELECTRICAS
Fijan clasificación del sistema eléctri-
co Ingenio Changuillo, perteneciente a
empresa concesionaria
RESOLUCION DE LA COMISION DE
TARIFAS ELECTRICAS
N”
024-98
P/CTE
Lima, 22 de octubre de 1998
LA COMISION
DE TARIFAS ELECTRICAS
Visto el Informe
SEDXTE
N”
048-98 elaborado por la
División de Distribución de la Secretaría Ejecutiva de la
Comisión de Tarifas Eléctricas (CTE) y el Informe
N’AL-
DC-074-98 de la Asesoría Legal;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley
N”
25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su reglamento
Lima, 23 de octubre de 1998
LA COMISION DE TARIFAS ELECTRICAS
VISTOS:
El Informe
SEG/CTE
W
028-98 elaborado por la Secre-
taría Ejecutiva de la Comisión de Tarifas Eléctricas;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N”
25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su reglamento,
aprobado por Decreto Supremo
N”
009-93-EM y sus mo-
dificatorias;
Con la facultad establecida en el Artículo
22”,
inciso h)
del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; y,
Estando a lo acordado por su Consejo Directivo en su
Sesión N” 026-98 de fecha 23 de octubre de 1998;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Sustitúyase el numeral 9 del
Artículo 1de la Resolución de la Comisión de Tarifas
Eléctricas N” 015-95
PXTE
modificado por las Resolu-
ciones
N”
022-95 P/CTE y
N”
03-96
PKTE
de la siguiente
forma:

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