Declaran infundadas apelaciones interpuestas contra resolución que confirma sanción de suspensión impuesta a servidores del INPE*

Fecha de publicación01 Marzo 1997
Fecha de disposición01 Marzo 1997
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Director: Enrique Sánchez Hernani
Lima, sábado 1 de marzo de 1997 AÑO XV - Nº 6088 Pág. 147297
P C M
Disponen transferir tramos ferrovia-
rios de CENTROMIN PERU en favor de
ENAFER S.A.
DECRETO SUPREMO Nº 006-97-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, se han realizado estudios que determinan la con-
veniencia de unificar los tramos ferroviarios Callao - La
Oroya, administrado por la Empresa Nacional de Ferroca-
rriles S.A. - ENAFER S.A. y La Oroya - Cerro de Pasco y
Pachacayo - Yauricocha a cargo de la Empresa Minera del
Centro del Perú S.A. - CENTROMIN PERU bajo un solo
operador ferroviario, teniendo en cuenta que el objeto de
ENAFER S.A. es el de realizar el transporte de carga y
pasajeros en la forma más eficiente y competitiva;
Que, la Administración de un solo operador permite el
mejor aprovechamiento y utilización de la infraestructu-
ra ferroviaria, posibilitando ofrecer un servicio integrado
Callao - Huancayo con los ramales La Oroya - Cerro de
Pasco y Pachacayo - Yauricocha con reducción de costos y
aumento de la productividad de los recursos operativos;
Que, dicha integración coadyuva a consolidar el trans-
porte ferroviario de la zona central, haciéndolo accesible
a un mercado potencial y a un empleo intensivo de los
citados tramos, evitando la subexplotación;
Que, la Empresa Nacional de Ferrocarriles S.A. -
ENAFER y la Empresa Minera del Centro del Perú S.A.
- CENTROMIN PERU están incluidas en el proceso de
promoción de la inversión privada;
Que, la Comisión de Promoción de la Inversión Priva-
da (COPRI) ha aprobado esta operación mediante Acuer-
do Nº 051-97 tomado en la Sesión de fecha 11 de febrero de
1997;
De conformidad con el inciso 8) del Artículo 118º de la
DECRETA:
Artículo 1º.-
Disponer la transferencia a ENAFER
S.A. empresa estatal de derecho privado, de los activos
que conforman el denominado tramo ferroviario. La Oro-
ya - Cerro de Pasco, de 132 km. de longitud y el tramo
Pachacayo - Yauricocha, de 80 km. ambos de propiedad de
CENTROMIN PERU, empresa estatal de derecho priva-
do, los que están constituidos por la vía férrea, incluyendo
patios y desvíos, estaciones, parque tractivo, parque ro-
dante, depósitos, almacenes, talleres, derechos, equipos y
demás bienes relacionados con la normal operación de
dichos tramos ferroviarios.
Artículo 2º.-
Dado que, dentro del calendario del
Proceso de Promoción de la Inversión Privada de la
Empresa Minera del Centro del Perú S.A. - CENTROMIN
PERU, está prevista la transferencia al sector privado de
la fundición y refinerías de La Oroya, el servicio de los
patios ferroviarios y el taller correspondientes a estas
unidades de producción permanecerán bajo la propiedad
y operación de CENTROMIN PERU para que las referi-
das fundición y refinerías puedan ser ofrecidas integral-
mente.
Artículo 3º.-
Dentro del término de 30 días calendario
contados a partir de la publicación del presente Decreto
Supremo, la COPRI establecerá los mecanismos para la
referida transferencia y delimitaciones, considerando el
inventario de los bienes a transferirse y su valor en libros.
Artículo 4º.-
Disponer que los organismos competen-
tes adopten las acciones necesarias para dar debido cum-
plimiento el presente Decreto Supremo, bajo respon-
sabilidad.
Artículo 5º.-
El presente Decreto Supremo será re-
frendado por el Presidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Energía y Minas, la Ministra de Transportes,
Comunicaciones, Vivienda y Construcción y por el Minis-
tro de Trabajo y Promoción Social.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho
días del mes de febrero de mil novecientos noventa y siete.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Presidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Energía y Minas
ELSA CARRERA DE ESCALANTE
Ministra de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
JORGE GONZALEZ IZQUIERDO
Ministro de Trabajo y Promoción Social
P R E S
Aceptan renuncia del Gerente de Desa-
rrollo Rural de la Corporación de Desa-
rrollo de Lima-Callao
RESOLUCION SUPREMA Nº 027-97-PRES
Lima, 27 de febrero de 1997
Vista la Carta presentada por el Ing. ANGEL PARE-
DES DIAZ, de fecha 27 de diciembre de 1996;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 169-96-PRES
de fecha 22 de agosto de 1996, se designó al Ing. ANGEL
PAREDES DIAZ para que desempeñe el Cargo de Con-
fianza de Gerente de Desarrollo Rural de la Corporación
de Desarrollo de Lima-Callao;
Que, mediante la carta de fecha 27 de diciembre de
1996, el citado funcionario presentó su renuncia al Cargo
de Confianza mencionado en el considerando precedente;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº
25515; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.-
Aceptar, a partir de la fecha la
renuncia del Ing. ANGEL PAREDES DIAZ, en el Cargo
de Confianza de Gerente de Desarrollo Rural de la Corpo-
ración de Desarrollo de Lima-Callao, dándosele las gra-
cias por los servicios prestados a la Nación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
DANIEL HOKAMA
Ministro de la Presidencia
NORMAS LEGALES
Pág. 147298 Lima, sábado 1 de marzo de 1997
CONSIDERANDO:
Que, se cumplen los requisitos exigidos por la Consti-
tución Política del Perú, Art. 52º; Ley Nº 26574, Ley de
Nacionalización del 21.DIC.95; Ley Nº 25035 del
11.JUN.89, de Simplificación Administrativa, Decreto
Legislativo Nº 370, Ley Orgánica del Ministerio del
Interior, Decreto Supremo Nº 002-90-IN y Directiva Nº
01-95-IN-DGGI/DIRMIN/SNAT, aprobado mediante Re-
solución Ministerial Nº 350-95-IN-030100000000 del
30.MAR.95; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.-
Conceder la nacionalidad peruana a don
Iok Pan HO LAU, e inscribirlo en el Registro respectivo.
Artículo 2º.-
Extender al interesado el Título de la
Nacionalidad correspondiente, previa presentación de la
Escritura Pública en la que conste la renuncia a su
nacionalidad de origen.
Regístrese, comuníquese y archívese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
JUAN BRIONES DAVILA
Ministro del Interior
RESOLUCION SUPREMA
Nº 102-97-IN/050100000000
Lima, 28 de febrero de 1997
Vistos; la solicitud y documentos presentados por don
Chak WING KA, de nacionalidad tonga sobre otorga-
miento de nacionalidad peruana por Naturalización que
obran en el Expediente Nº 30916/96.
CONSIDERANDO:
Que, se cumplen los requisitos exigidos por la Consti-
tución Política del Perú, Art. 52º; Ley Nº 26574, Ley de
Nacionalización del 21.DIC.95; Ley Nº 25035 del
11.JUN.89, de Simplificación Administrativa, Decreto
Legislativo Nº 370, Ley Orgánica del Ministerio del
Interior, Decreto Supremo Nº 002-90-IN y Directiva Nº
01-95-IN-DGGI/DIRMIN/SNAT, aprobado mediante Re-
solución Ministerial Nº 350-95-IN-030100000000 del
30.MAR.95; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.-
Conceder la nacionalidad peruana a don
Chak WING KA, e inscribirlo en el Registro respectivo.
Artículo 2º.-
Extender al interesado el Título de la
Nacionalidad correspondiente, previa presentación de la
Escritura Pública en la que conste la renuncia a su
nacionalidad de origen.
Regístrese, comuníquese y archívese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
JUAN BRIONES DAVILA
Ministro del Interior
Dan de baja bienes incautados por tráfi-
co ilícito de drogas
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 0194-97-IN/011100000000
Lima, 26 de febrero de 1997
Visto el Oficio Nº 549-97-IN/011100040200-F de fecha
3.FEB.97 de la Dirección General de la Oficina Ejecutiva
de Control de Drogas - OFECOD del Ministerio del Inte-
rior y el Acta de Entrega - Recepción de Bienes Incautados
por tráfico ilícito de drogas de fecha 10.FEB.97.
RELACIONES
EXTERIORES
Designan funcionario diplomático para
que asista a reuniones de seguimiento
de la Cumbre de las Américas y de la
Secretaría Pro-Tempore del Grupo de
Río, a realizarse en EE.UU.
RESOLUCION SUPREMA Nº 055-97-RE
Lima, 27 de febrero de 1997
Debiendo realizarse en la ciudad de Washington D.C.,
Estados Unidos de América, los días 5 y 6 de marzo de
1997, la VIII Reunión de Seguimiento de la Cumbre de las
Américas;
Debiendo, asimismo, realizarse en la ciudad de Was-
hington D.C., Estados Unidos de América, el día 4 de
marzo de 1997, una Reunión de Coordinadores Naciona-
les convocada por la Secretaría Pro-Tempore del Grupo
de Río;
De conformidad con el inciso m) del Artículo 5º del
Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de
Relaciones Exteriores, el Artículo 1º del Decreto Supremo
Nº 163-81-EF; el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 031-
89-EF; el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 074-85-PCM
y el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 135-90-PCM;
SE RESUELVE:
1º.-
Designar al Embajador en el Servicio Diplomático
de la República, don Pablo Portugal Rodríguez, Director
de Planeamiento y Evaluación de Programas del Minis-
terio de Relaciones Exteriores, para que asista a la VIII
Reunión de Seguimiento de la Cumbre de las Américas y
a la Reunión de Coordinadores Nacionales convocada por
la Secretaría Pro-Tempore del Grupo de Río, en la ciudad
de Washington D.C., Estados Unidos de América, los días
4, 5 y 6 de marzo de 1997.
2º.-
El viaje del Embajador Pablo Portugal Rodríguez
se hará efectivo entre el 3 y el 6 de marzo de 1997.
3º.-
Los gastos que irrogue la presente resolución, por
concepto de pasajes US$ 816.56, viáticos US$ 1,100.00 y
pago por uso de aeropuerto US$ 25.00, serán cubiertos por
el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exte-
riores.
4º.-
La presente Resolución no dará derecho a exone-
ración o liberación de impuestos de ninguna clase o
denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
JORGE GONZALEZ IZQUIERDO
Ministro de Trabajo y Promoción Social
Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores
INTERIOR
Conceden nacionalidad peruana a
ciudadanos de nacionalidades china y
tonga
RESOLUCION SUPREMA
Nº 101-97-IN/050100000000
Lima, 28 de febrero de 1997
Vistos; la solicitud y documentos presentados por don
Iok Pan HO LAU, de nacionalidad china sobre otorga-
miento de nacionalidad peruana por Naturalización que
obran en el Expediente Nº 30334/96.
NORMAS LEGALES
Pág. 147299
Lima, sábado 1 de marzo de 1997
CONSIDERANDO:
Que, el Oficio Nº 549-97-IN/011100040200-F de fecha
3.FEB.97, asigna a la Oficina de Apoyo Administrativo -
OFECOD bienes incautados por TID en los años 1992,
1994, 1995, 1996, para uso oficial de la Oficina de Drogas
e Insumos, entre los que figuran bienes de material
plástico: bidones, galoneras, timbos, baldes, tinas; cilin-
dros metálicos; otros, etc.;
Que, de acuerdo al Acta de Entrega, Recepción de
Bienes Incautados por TID del 10.FEB.97, se observa que
la mayoría de los bienes, en un total de Ciento Dieciséis
(116) se encuentran en completo estado de deterioro,
oxidados e inservibles;
Que, evaluado el estado de los bienes citados se requie-
re la autorización a fin de dar de baja y proceder a su
inmediata destrucción;
De conformidad a lo establecido en el Artículo 79º
inciso d), del Decreto Ley Nº 22095, Ley General de
Drogas; y,
Estando a lo informado por la Oficina Ejecutiva y
Control de Drogas y con la opinión favorable de la Oficina
General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.-
Dar de baja a bienes incautados por
tráfico ilícito de drogas, bienes de material plástico: bido-
nes, galoneras, timbos, baldes, tinas; cilindros metálicos;
otros, etc. en un total de Ciento Dieciséis (116) los mismos
que se encuentran en completo estado de deterioro, oxida-
dos e inservibles procediendo a su inmediata destrucción.
Artículo 2º.-
En el Acto de Destrucción estarán pre-
sentes el Director General de la OFECOD, Represen-
tantes del Ministerio Público, de la Policía Nacional, de la
Dirección de Drogas - DIGEMID del Ministerio de Salud,
del Ministerio de Agricultura y Peritos Químicos quienes
formularán el Acta de Destrucción respectiva la que será
firmada por los funcionarios mencionados.
Regístrese, comuníquese y archívase.
JUAN BRIONES DAVILA
Ministro del Interior y
Presidente del COMUCOD
JUSTICIA
Autorizan viaje de funcionario del Sec-
tor para que participe en sesiones de la
Comisión Interamericana de Derechos
Humanos, a realizarse en los EE.UU.
RESOLUCION SUPREMA Nº 035-97-JUS
Lima, 27 de febrero de 1997
Visto, el Facsímil (ASH-DHU) Nº F-739 de fecha 10 de
febrero de 1997, cursado por la Directora de Asuntos
Sociales y Humanitarios del Ministerio de Relaciones
Exteriores, mediante el cual comunica que la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha conce-
dido audiencias en el curso del 95 Período Ordinario de
Sesiones, que se llevará a cabo en la ciudad de Washington
D.C. - Estados Unidos de América.
CONSIDERANDO:
Que se ha designado al doctor Luis Guillermo Reyes
Morales, Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de
Derechos Humanos del Ministerio de Justicia, como miem-
bro integrante de la Delegación que asistirá a las audien-
cias programadas por la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos;
Que en consecuencia resulta necesario autorizar el
viaje del mencionado funcionario y los gastos a realizarse;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre-
mo Nº 163-81-EF y modificatoria, Decreto Supremo Nº
031-89-EF y Decreto Supremo Nº 135-90-PCM;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.-
Autorizar el viaje del doctor LUIS GUI-
LLERMO REYES MORALES, Secretario Ejecutivo del
Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio
de Justicia, a la ciudad de Washington D.C., Estados
Unidos de América, del 3 al 6 de marzo de 1997, como
miembro integrante de la Delegación que asistirá a las
audiencias programadas por la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos.
Artículo 2º.-
Los gastos que irrogue la presente Reso-
lución por concepto de pasajes US$ 734.44, viáticos US$
880.00 y Tarifa CORPAC US$ 25.00, serán cubiertos por
el Pliego 006 Ministerio de Justicia.
Artículo 3º.-
La presente Resolución no dará derecho
a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de
ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
CARLOS E. HERMOZA MOYA
Ministro de Justicia
Declaran infundada apelación inter-
puesta contra la R.M. Nº 142-96-JUS
RESOLUCION SUPREMA Nº 036-97-JUS
Lima, 27 de febrero de 1997
Visto el recurso de apelación interpuesto por doña
Dióscora Claudio Acosta, contra la Resolución Ministerial
Nº 142-96-JUS de fecha 4 de junio de 1996;
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Ministerial Nº 142-96-JUS
de fecha 4 de junio de 1996, se declaró improcedente el
recurso de reconsideración interpuesto por doña Diósco-
ra Claudio Acosta, contra la Resolución Ministerial Nº
097-96-JUS, así como infundada la nulidad deducida
contra la referida Resolución, en razón a no sustentarse
con nueva prueba instrumental y no haberse incurrido en
las causales de nulidad del Artículo 43º del Texto Unico
Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedi-
mientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo
Nº 02-94-JUS;
Que contra la Resolución Ministerial Nº 142-96-JUS y
Resolución Ministerial Nº 097-96-JUS, la recurrente de-
duce nulidad, repitiendo los mismos argumentos de su
recurso de reconsideración, apreciándose del verdadero
carácter de su escrito, que se trata de un recurso de
apelación;
Que la nulidad de la Resolución Ministerial Nº 097-96-
JUS, fue resuelta mediante la Resolución Ministerial Nº
142-96-JUS, la misma que ha sido dictada por órgano
competente, en acto conformado dentro de la normativi-
dad administrativa y las formalidades exigidas por la ley;
Que el recurso de apelación interpuesto no se ha
fundamentado en diferente interpretación de las pruebas
producidas, ni en cuestiones de puro derecho conforme lo
dispone el Artículo 99º del Texto Unico Ordenado de la
Ley de Normas Generales de Procedimientos Adminis-
trativos;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 3) del
Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder
Ejecutivo, Artículos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley
Orgánica del Sector Justicia, Artículos 84º, 99º y 103º del
Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de
Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto
Supremo Nº 02-94-JUS; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.-
Declarar INFUNDADO el recurso de
apelación interpuesto por doña Dióscora Claudio Acosta,
contra la Resolución Ministerial Nº 142-96-JUS de fecha
4 de junio de 1996, así como improcedente la nulidad
deducida contra la misma, por los fundamentos expuestos
en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.-
Remitir copia de la presente Resolución
Suprema, a la Oficina General de Administración y Audi-
toría General del Ministerio de Justicia, la Unidad de

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