77 03-2001-C/MC - Aprueban Reglamento de Aplicación de Infracciones y Sanciones Administrativas

Fecha de disposición15 Marzo 2001
Fecha de publicación15 Marzo 2001
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 15 de marzo de 2001
para impedir que los daños ambientales sean irrepara-
bles", y que "La violación de las normas que contiene este
Código y las disposiciones que emanen de él constituyen
infracciones administrativas y serán sancionadas por la
autoridad competente, con arreglo a este capítulo", res-
pectivamente;
Que, el Artículo 50º de la Ley Marco para el Creci-
miento de la Inversión Privada, Decreto Legislativo Nº
757, establece que "Las autoridades sectoriales compe-
tentes para conocer sobre asuntos relacionados con la
aplicación de las disposiciones del Código del Medio
Ambiente y de los Recursos Naturales son los Ministerios
o los organismos fiscalizadores, según sea el caso, de los
sectores correspondientes a las actividades que desarro-
llan las empresas,...";
Que, el Artículo 3º del Reglamento para la Protección
Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, aproba-
do por Decreto Supremo Nº 046-93-EM señala que "Las
personas naturales y jurídicas a que hace mención el
Artículo 2º son responsables por las emisiones, verti-
mientos y disposiciones de desechos al ambiente que se
produzcan como resultado de los procesos efectuados en
sus instalaciones...". Asimismo el Artículo 48º literal a)
del citado cuerpo legal considera como infracción sancio-
nable "El incumplimiento de las normas establecidas en
el presente Reglamento";
Que, el Numeral 2.3 del Anexo IV de la Resolución
Ministerial Nº 176-99-EM/SG, que aprueba la Escala de
Multas y Sanciones que aplicará el OSINERG por infrac-
ciones a las Leyes de Concesiones Eléctricas y Orgánica
de Hidrocarburos y demás normas complementarias,
establece la imposición de una multa de 1 a 10000 UIT por
infracciones por derrames u otros daños al medio am-
biente;
Que, es función principal del OSINERG la fiscaliza-
ción de actividades que realizan las empresas de los
subsectores de electricidad e hidrocarburos, tal como se
señala en la Ley Nº 26734, haciendo cumplir las normas
legales vigentes;
De conformidad con el Artículo 13º literal c) de la Ley
Nº 26734, Ley de Creación del OSINERG y su Reglamen-
to, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-97-EM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Sancionar a la empresa Vopak Serlipsa
S.A., con una multa de ciento cincuenta (150) UIT, vigen-
te a la fecha de pago, por las razones y fundamentos
legales citados en la parte considerativa de la presente
Resolución.
Artículo 2º.- Disponer que el importe de la multa
sea depositado en la Cuenta Corriente Nº 3967417 del
Banco Wiese, dentro de un plazo máximo de treinta
días calendario, contados a partir del día siguiente de
notificada la presente Resolución y que en el mismo
plazo se haga llegar a OSINERG el original de la
boleta de pago de la multa correspondiente haciéndo-
se pasible a las acciones legales pertinentes en caso de
incumplimiento.
Regístrese y comuníquese.
GUILLERMO SHINNO H.
Gerente General
19971
OSITRAN
Autorizan viaje de funcionario a Chile
para participar en reunión de la Asam-
blea del BID y de la Corporación Inte-
ramericana de Inversiones
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
Nº 005-2001-CD/OSITRAN
Lima, 8 de marzo de 2001
El Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la
Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Públi-
co - OSITRAN;
VISTO:
El Memorando Nº 028-01-GEE-OSITRAN, mediante
el que se solicita la autorización del Consejo Directivo
para que un funcionario de la Gerencia de Estudios
Económicos participe en la Reunión Anual de la Asam-
blea del Banco Interamericano de Desarrollo y de la
Corporación Interamericana de Inversiones, a realizarse
en la ciudad de Santiago de Chile, el día 16 de marzo del
año 2001, y el informe oral de la Gerente General en la
Sesión de Consejo Directivo del día 28 de febrero del año
en curso;
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de la Reunión Anual de la Asamblea
del Banco Interamericano de Desarrollo y de la Corpora-
ción Interamericana de Inversiones, se ha programado la
realización del Seminario "Camino a la Competitividad":
la ruta institucional, el cual está dirigido al análisis de la
institucionalidad regulatoria y su relación con la compe-
titividad en los servicios de transporte, además de eva-
luarse la necesidad de nuevas formas y rol del Estado
para promover el transporte marítimo;
Que, el Consejo Directivo ha creído conveniente autori-
zar la participación en la referida reunión del señor
Lincoln Flor Rojas, funcionario de la Gerencia de Estu-
dios Económicos de OSITRAN, teniendo en consideración
que el Departamento de Investigaciones del BID ha
invitado como panelista al mencionado funcionario para
tratar el tema de la institucionalidad regulatoria portua-
ria y marítima;
Que, la participación del referido funcionario en el
curso, no irrogará egresos con cargo al Presupuesto de
OSITRAN, por cuanto el Fondo de Apoyo Técnico del
Préstamo BID Nº 985/OC-PE, cubrirá los gastos por
concepto de pasaje aéreo y viáticos, corriendo por parte
del funcionario los gastos del Impuesto General a las
Ventas (IGV) y tasas de embarque;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el viaje del señor Linco-
ln Flor Rojas, funcionario de la Gerencia de Estudios
Económicos, para participar en la Reunión Anual de la
Asamblea del Banco Interamericano de Desarrollo y de la
Corporación Interamericana de Inversiones, a realizarse
en la Ciudad de Santiago de Chile, el día 16 de marzo del
año en curso.
Artículo Segundo.- Autorizar la publicación de la
presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Comuníquese, publíquese y archívese.
LEONIE ROCA VOTO-BERNALES
Presidenta
19995
MUNICIPALIDAD DE
COMAS
Aprueban Reglamento de Aplicación
de Infracciones y Sanciones Adminis-
trativasORDENANZA Nº 03 -2001-C/MC
Comas, 31 de enero del 2001
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE COMAS
EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS, EN SESION
EXTRAORDINARIA DE CONCEJO DE LA FECHA Y,
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Comas, en Sesión Extraordi-
naria de la, el Dictamen de la Comisión de Administra-
ción, Planificación Economía y Finanzas, respecto a la
Pág. 200010

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