Informe Técnico 984-2017-SERVIR-GPGSC, 4 de setiembre de 2017

Fecha04 Enero 2017
Tipo de documentoInforme
A
De
Asunto
Referencia
Fecha
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"Año del Buen Servicio
al
Ciudadano"
INFORME TÉCNICO
N"
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-2017-SERVIR/GPGSC
JUAN
CARLOS
CORTÉS
CARCELÉN
Presidente Ejecutivo
CYNTHIA
LAY
Gerente
(e)
de Políticas de Gestión del Servicio Civil
Viabilidad de otorgar a servidor del régimen del Decreto Legislativo W
728, subsidio
por
fallecimiento
de
familiar
directo y gastos
de
sepelio,
en
virtud
de
un
convenio colectivo
Oficio
N"
138-2017-GM-MDSR
Lima, O 4
SET.
2017
l.
Objeto
de
la
consulta
Mediante
el
documento de
la
referencia,
la
Gerente Municipal
de
la
Municipalidad
Distrital de
San
Ramón consulta a
SERVIR
sobre
la
viabilidad
de
otorgar
a
un
servidor
sujeto
al
régimen del Decreto Legislativo
N"
728, subsidio
por
fallecimiento
de
familiar
directo y gastos
de
sepelio, en virtud de
un
convenio colectivo.
11.
Análisis
Competencia
de
SERVIR
2.1
Las
competencias
de
SERVIR
para
emitir
opiniones
en
materia del Servicio Civil están
contextualizadas en el marco de
las
políticas que
en
materia de gestión del empleo e
ingreso
al
servicio civil, entre otras, emita de manera progresiva.
2.2 Siendo
SERVIR
un
ente rector que define, implementa y supervisa
las
políticas de
personal de
todo
el
Estado, no puede entenderse que como parte
de
sus
competencias
se
encuentra el constituirse en
una
instancia administrativa o consultiva previa a
la
adopción de decisiones individuales que adopte
cada
Entidad.
2.3
En
ese
sentido, debe precisarse que
las
consultas que absuelve
SERVIR
son aquellas
referidas
al
sentido y alcance de
la
normativa sobre
el
Sistema Administrativo de Gestión
de Recursos Humanos, planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre
sí,
sin
hacer
alusión a asuntos concretos o específicos;
por
lo
tanto,
las
conclusiones del informe no
se
encuentran vinculadas necesariamente a situación particular alguna.
Sobre
la
po~ibilidad
de otorgar subsidios por fallecimiento y sepelio a servidores del régimen
del
Decreto
Legislativo
N"
728
2.4 Al respecto, debemos indicar que el artículo 142° del Reglamento del Decreto Legislativo
W 276, aprobado
por
Decreto Supremo
N"
005-90-PCM, regula
un
conjunto de
programas de bienestar social dirigidos a
contribuir
al
desarrollo humano del servidor
1
1 1

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