Informe Técnico 011-2018-SERVIR-GPGSC, 9 de enero de 2018

Fecha09 Enero 2018
Tipo de documentoInforme
-· 1 Gerencia de
....
Políticas
de
Gestióñ ·
. del
ServíciQ
:
civil
De
Asunto
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades para mujeres y hombres"
"Año
del
Diálogo y
la
Reconciliación Nacional"
INFORME TÉCNICO W
01/
-2018-SERVIR/GPGSC
CYNTHIASÚ
LAY
Gerente
(e)
de Políticas de Gestión del Servicio Civil
a)
Reincorporación de servidores bajo los alcances de
la
Ley
N"
30484
b)
Derechos colectivos de los servidores reincorporados
e)
Coexistencia de dos
CAFAE
en
la
misma entidad
Referencia Documento con Registro W 42139-2017
Fecha Lima, O 9
ENE.
Z01B
l.
Objeto
de
la consulta
Mediante
el
documento
de
la
referencia
se
nos
formulan
las
siguientes consultas:
a)
A pesar que en el año 2013
entró
en vigencia
la
Ley
del Servicio Civil ¿el Gobierno Regional del
Callao puede crear plazas bajo el régimen del Decreto Legislativo W 276 sin ningún incentivo
laboral para
cumplir
con
las
reincorporaciones
y/o
reubicaciones de los trabajadores cesados
irregularmente y que
se
encuentren inscritos en el registro del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo, amparados en
las
Leyes
N" 27803, 29059 y 30484; pese a que
la
ley
ordena reincorporar en una plaza vacante y presupuestada?
b)
¿Los
convenios
y/o
laudos arbitrales
como
condiciones de
trabajo
ganados
por
el Sindicato de
Trabajadores del Gobierno Regional del Callao son de alcance a los servidores estatales bajo el
régimen del Decreto Legislativo N" 276? Ello
teniendo
en
consideración que estos beneficios
se
ganaban antes del
cese
a través del
CAFAE.
e)
¿Pueden coexistir en
la
entidad dos
CAFAE?
Uno para los servidores bajo el régimen del
Decreto Legislativo N" 276 y
otro
para servidores bajo el régimen del Decreto Legislativo N"
728.
11.
Análisis
SERVIR
es
un órgano
rector
que define,
implementa
y supervisa las políticas de personal de
todo
el
Estado, no puede entenderse que como
parte
de
sus
competencias
se
encuentra el constituirse en
una instancia administrativa o consultiva previa a
la
adopción de decisiones individuales que
adopte
cada Entidad.
2.2 Debe precisarse que
las
consultas que absuelve
SERVIR
son aquellas referidas
al
sentido y alcance
de
la
normativa sobre el Sistema
Administrativo
de Gestión de Recursos Humanos, planteadas
sobre temas genéricos y vinculados
entre
sí,
sin hacer alusión a asuntos concretos o específicos;
por
lo
tanto,
las
conclusiones del presente
informe
no
se
encuentran vinculadas necesariamente a
situación particular alguna.
1
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