Informe Técnico 1872-2019-SERVIR-GPGSC, 28 de noviembre de 2019

Fecha28 Noviembre 2019
Tipo de documentoInforme
,.
Presidencia
del Consejo de
Ministros
Autoridad
Nacional
del
Servicio Civil
Gerencia
de
Políticas
de
Gestión
del
Servicio
Civil
De
Asunto
Referencia
Fecha
"Decenio
de
la Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y
hombres"
"Año
de
la lucha
contra
la
corrupción
y
la
impunidad"
INFORME
TÉCNICO
J
812
-2019-SERVIR/GPGSC
Ji
CVNTHIA
LAY
Gerenta de Políticas
de
Gestión
del
Servicio Civil
Sobre la tipificación
de
faltas en
el
Reglamento
Interno
de
Trabajo
(RIT)
o
Reglamento
Interno
de
Servidores Civiles
(RIS).
a)
Oficio 810-2019-SUNARP/OGRH.
b)
Informe
Técnico
090-2019-SUNARP/OGRH.
Lima, 2 8
NOV
.
2019
l.
Objeto
de
la consulta
Mediante los
documento
s
de
la referencia el Jefe
de
la Oficina de Recursos
Humanos
de
la
Superintendencia Nacional de Registros Públicos -
SUNARP,
consulta a
SERVIR
lo siguiente:
¿Corresponde a la
SUNARP
incorporar
al
RIS
-que se encuentra
actualmente
en
elaboración- las conductas infractoras
por
incumplimiento
de
las funciones relacionadas a
la implementación del Sistema
de
Control Interno, distintas
de
aquellas faltas
que
acarrean
sanción
de
amonestación
conforme
al régimen disciplinario establecido en la Ley
30057,
Ley
del Servicio Civil y
su
reglamento general, en atención a los lineamientos de
la
Contraloría General
de
la República, en
su
Directiva 006-2019-CG/INTEG
"Implementación del Sistema
de
Control
Interno
en las entidades del Estado"?
11.
Análisis
Competencia
de
SERVIR
2.1.
Las
competencias de
SERVIR
para
emitir
opiniones en
mater
ia del Servicio Civil están
contextualizadas en el marco
de
las políticas que en materia de gestión del
empleo
e ingreso
al
Servicio Civil,
entre
otras, emita
de
manera progresiva.
2.2. Siendo
SERVIR
un órgano rector que define,
implementa
y supervisa
las
políticas
de
personal de
todo
el Estado, no puede entenderse que
como
parte
de
sus competencias
se
encuentra el constituirse en
una instancia administrativa o consultiva previa a la adopción de decisiones individuales
que
adopte
cada Entidad.
2.3.
En
ese
sentido, debe precisarse que las consultas que absuelve
SERVIR
son aquellas referidas al
sentido y alcance
de
la normativa sobre el Sistema Administrativo
de
Gestión
de
Recursos Humanos
(en adelante,
SAGRH),
planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre
sí,
sin
hacer
alusión a
asuntos concretos o específicos;
por
lo
tanto,
las conclusiones
del
pre
sen
te
informe
no
se encuentran
vinculadas necesariamente a situación
particular
alguna.
1

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