Informe Técnico 386-2017-SERVIR-GPGSC, 4 de mayo de 2017

Fecha04 Mayo 2017
Tipo de documentoInforme
A
De
Presidencia
del
Consejo
de
Ministros Autoridad Nacional
del
Servicio,
Civil
"Año
del
buen servicio
al
ciudadano"
INFORME
TÉCNICO
N" 336
-2017-SERVIR/GPGSC
JUAN
CARLOS
CORTÉS
CARCELÉN
Presidente Ejecutivo
CYNTHIA
LAY
Gerente
(e)
de
Políticas de Gestión del Servicio Civil
AUTORIDAD
NACIONAL
DEL
SERVICIO
CIVIL
PRESrl')f'!NCIA
F..JECUTIVA
FECHA o 4
MAY
2017
~~~~
Rt.tCli>IUO········
Firma·
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.............................
..
Asunto Modificación
de
sanción
por
una
de
mayor gravedad y autoridades
competentes del procedimiento disciplinario de
la
Ley
N"
30057,
Ley
del
Servicio Civil
Referencia Oficio
N"
002-2017-MPI/A-GM-OAJ-ST.
Fecha Lima, O 4
MAYO
2017
l.
Objeto
de
la consulta
Mediante
el documento
de
la
referencia,
La
Secretaría Técnica
de
la
Municipalidad Provincial
de
lslay consulta a
SERVIR
lo siguiente:
a)
¿El
jefe de recursos humanos y
el
titular
de
la
entidad respectivamente pueden
modificar
la
sanción propuesta por
el
órgano instructor (suspensión y destitución) e
imponer una sanción
más
grave que
la
recomendada por
el
órgano sancionador?.
b)
Si
el órgano instructor recomendara
imponer
una sanción de suspensión sin goce
de
haber
¿el
órgano sancionador puede cambiar
la
sanción a una destitución?
De
ser
el
caso que
si
¿las
autoridades del procedimiento administrativo disciplinario variarían
debido a que
el
órgano sancionador sería el
titular
de
la
entidad?
11.
Análisis
Competencia
de
SERVIR
2.1
Las
competencias de
SERVIR
para
emitir
opiniones
en
materia del Servicio Civil están
contextualizadas
en
el marco
de
las
políticas que
en
materia de gestión del empleo e
ingreso
al
servicio civil, entre otras, emita de manera progresiva.
2.2 Siendo
SERVIR
un
ente rector que define, implementa y supervisa
las
políticas
de
personal
de
todo
el
Estado, no puede entenderse que como parte de
sus
competencias
se
encuentra el constituirse
en
una
instancia administrativa o consultiva previa a
la
adopción
de decisiones individuales que adopte cada Entidad.
2.3
En
ese sentido, debe precisarse que
las
consultas que absuelve
SERVIR
son aquellas
referidas
al
sentido y alcance
de
la
normativa sobre
el
Sistema Administrativo de Gestión
de Recursos Humanos, planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre
sí,
sin hacer
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