Informe Técnico 894-2018-SERVIR-GPGSC, 7 de julio de 2018
Fecha | 07 Julio 2018 |
Tipo de documento | Informe |
De
Asunto
Referencia
Fecha
Presidencia
del
Consejo
de
Ministros
Gerencia
de
Políticas
de
Gestión
del
Servicio
Civil
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para
mujeres
y hombres"
"Año
del
Diálogo
y
la
Reconciliación
Nacional"
INFORME
TÉCNICO
N!!
WY
-2018-SERVIR/GPGSC
CYNTHIA
SÚ
LAY
Gerente (e) de Políticas
de
Gestión del Servicio Civil
Reconocimiento de cuatro años
por
estudios universitarios computables
para
percibir
asignación
por
25 y
30
años
Oficio W 039-2018/AEX-P.P
Lima, O 7
JUN.
2018
l.
Objeto
de la consulta
Mediante
el documento de
la
referencia, el Presidente de
la
Asociación de
Ex
Parlamentarios
del Perú consulta a
SERVIR
respecto del reconocimiento de los cuatro años de servicios
por
formación profesional, al cumplir quince años
de
servicios efectivos a
la
institución pública, para
el caso
de
los pensionistas ex parlamentarios del Congreso de
la
República
dentro
de los alcances
del Decreto
Ley
W 20530.
11.
Análisis
Competencia
de
SERVIR
2.1
Las
competencias de
SERVIR
para
emitir
opiniones en materia del Servicio Civil están
contextualizadas en el marco
de
las
políticas que en materia de gestión d el empleo e
ingr
es
o al Servicio Civil,
entre
otras, emita
de
manera progresiva.
2.2 Siendo
SERVIR
un órgano
rector
que define, implementa y supervisa
la
s políticas de
personal de
todo
el Estado,
no
puede entenderse que como parte de sus competencias
se
encuentra el constituirse en una instancia administrativa o consultiva previa· a
la
adopción
de
decisiones individuales que adopte cada Entidad.
2.3
En
ese
sentido, debe precisarse que
las
consultas que absuelve
SERVIR
son aquellas
referidas al sentido y alcance de
la
normativa sobre el Sistema Administrativo de Gestión
de
Recursos Humanos, planteadas sobre temas genéricos y vinculados
entre
sí,
sin hacer
alusión a asuntos concretos o específicos;
por
lo
tanto,
las
conclusiones del presente
informe
no
se
encuentran vinculadas necesariamente a situación particular alguna.
De
la acumulación de
tiempo
de
servicios
por
formación profesional en el régimen
del
Decreto
legislativo
W 276
2.4 Conforme al literal
k)
del artículo 24" del Decreto Legislativo W 276
se
ha
establecido que
uno
de los derechos
de
los servidores públicos
de
carrera
es
"Acumular a su tiempo de
se
rvicios
ha
sta cuatro años de estudios universitarios a los profesionales con título
1
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