Informe Técnico 1708-2018-SERVIR-GPGSC, 28 de noviembre de 2018
Fecha | 28 Noviembre 2018 |
Tipo de documento | Informe |
•
De
Presidencia
del Consejo de
Ministros
Autoridad
Nacional
del
Servicio Civil
Gere ncia
de
Políticas
de
Gestión
del Servicio Civil
"Decenio
de
la
Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres"
"Año del Diálogo y
la
Reconciliación Nacional"
INFORME TÉCNICO
N2
11-0S
-2018-SERVIR/GPGSC
CYNTHIA
SÚ
LAY
Gerente (e) de Políticas
de
Gestión
del
Servicio Civil
Asunto Presunción de
licitud
en
materia
disciplinaria
Referencia
Documento
con registro W 0039034-2018
Fecha lima, 2 8
NOV.
2018
l.
Objeto
de
la
consulta
Mediante
el
documento
de
la
referencia, se
formula
a
SERVIR
las siguientes consultas:
a)
¿En
un
proceso disciplinario,
la
Comisión
Permanente
de
Procesos
Administrativos
Disciplinarios para Docentes
debe
probar
con
medios
probatorio
s
fehacientes
y con
inst
r
um
e
ntos
documentales la
conducta
del procesado y la
norma
que
se
infraccionó,
para
rebatir
la
presunción de inocencia del
investigado
o
solo
debe
señalarlo
algunos
indicios
que
generó convicción para
imponer
la
sanción disciplinaria?
b)
¿En
un
proceso disciplinario
la
Comisión
Permanente
de
Procesos
Admini
s
tr
a
tivos
Disciplinarios para Docentes
debe
rebatir
la presunción de inocencia
del
investigado
o el
inves
tigado
debe
probar
su inocencia?
e)
¿En
un proceso disciplinario, si el procesa
do
no
absuelve los cargos se
considera
qu
e e stá
reconociendo los hechos
de
imputación,
o la Comisión
Permanente
de
Procesos
Administrativos Disciplinarios para Docentes
debe
rebatir
la
presunción
de
inocencia del
investigado para sancionar?
11.
Análisis
Competencias
de
SERVIR
2.1
la
s competencias de
SERVIR
para
emit
ir opm1ones
en
materia
del Se
rvicio
Civil están
c
ontextuali
zadas en el marco de las políticas
que
en
materi
a de
gestión
del
empleo
e
ingr
es
o al
Servicio Civil,
entre
otras,
emita
de manera progresiva.
Siendo
SERVIR
un
órg
a
no
rector
que
define,
implementa
y supervisa las
polí
ticas
de
personal
de
todo
el Estado, no puede entenderse
que
como
parte
de
sus competencias se e
ncuentra
el
constituir
se
en
una instancia
administrativa
o consultiva previa a la a
dopci
ón d e decisiones
individuales
por
cada Entidad.
2.3
En
ese sentido,
deb
e precisarse
que
las consultas
que
absuelve
SERVIR
son aquellas referidas al
sentido y alcance de
la
normativa
sobre
el
Sistema
Administr
a
tivo
de Ges
tión
de
R
ec
ursos
Humano
s, planteadas sobre
temas
genéricos y vinculados
entre
sí, s
in
hacer a
lu
s
ión
a
asunto
s
concr etos o específicos; p
or
lo tant
o,
la
s conclus
ion
es d el presente
in
f
orme
no
se
encuent ran
vinculadas necesariame
nt
e a sit
ua
ción
parti
c
ular
alguna.
1
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