Informe Técnico 2087-2019-SERVIR-GPGSC, 31 de diciembre de 2019

Fecha31 Diciembre 2019
Tipo de documentoInforme
De
Asunto
Presidencia
del Consejo de Ministros Autoridad Nacional
del Servicio Civil
Gerencia
de
Políticas de Gestión
del Servicio Civil
"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
"Año de la
Lucha
contra
la
Corrupción y la Impunidad"
INFORME
TÉCNICO
@z:l
-2019-SERVIR/GPGSC
CYNTHIA
LAY
Gerenta de Políticas de Gestión del Servicio Civil
Sobre el
nombramiento
autorizado
por
la
Centésima Vigésima Novena
Disposición Complementaria Final de la Ley 30879 y su aplicación al
personal contratado que ha sido sujeto a
la
acción de desplazamiento del
destaque
Referencia
a)
Oficio 953-2019-GRC/DRE-C/D-
UGEL-Q
b)
Informe
002-2019/GRC/DRE-C/D-UGEL-Q/DUGEL/CNPD
Fecha Lima,
31
DIC
.
2019
l.
Objeto
de
la consulta
Mediante
el documento de
la
referencia
a)
se
deriva a
la
Autoridad Nacional del Servicio Civil
el documento de
la
referencia b),
por
el cual
se
consulta sobre el proceso
de
nombramiento
previsto en la Centésima Vigésima Novena Disposición Complementaria Final
de
la
Ley
30879 y
su
aplicación al personal
contratado
que
ha
sido sujeto a
la
acción de desplazamiento
del destaque.
11.
Análisis
Competencias
de
SERVIR
2.1
La
Autoridad Nacional del Servicio Civil -
SERVIR
es
un organismo
rector
que
define,
implementa y supervisa las políticas
de
personal de
todo
el Estado. No puede entenderse que
como parte de
sus
competencias
se
encuentra
el constituirse en una instancia administrativa
o consultiva previa a la adopción de decisiones individuales que
adopte
ca
da
entidad
.
2.2 Debe precisarse que las consultas
que
absuelve
SERVIR
son aquellas referidas al sen
tido
y
alcance de la normativa aplicable al Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos,
planteadas sobre temas genéricos y vinculados
entre
sí,
sin hacer alusión a asuntos concretos
o específico
s.
Por lo
tanto
,
las
conclusiones del presente
informe
no
se
encuentran vinculadas
necesariamente a situación
particular
alguna.
Considerando lo señalado hasta este
punto
resulta evidente que no corresponde a
SERVIR
-a
través de una opinión
técnica-
emitir
pronunciamiento
sobre alguna situación concreta. Por
ello
el
presente
informe
examina las nociones generales a considerar sobre las materias de
la
presente consulta.
Sobre
el
destaque en
el
Decreto Legislativo
276
2.4
En
principio, cabe indicar que el artículo
76
º del Reglamento de la Carrera
Admin
istrativa,
aprobado
por
Decreto Supremo
005-90-PCM, señala que las acciones para el
1

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