Informe Técnico 2013-2019-SERVIR-GPGSC, 23 de diciembre de 2019

Fecha23 Diciembre 2019
Tipo de documentoInforme
De
Presidencia
del Consejo de Ministros Autoridad Nacional
del Servicio Civil
"Decenio de la Igualdad de oportunidad
es
para mujeres y hombre
s"
"Año de la Lucha contra la Corrupción y la Impunidad"
INFORME
TÉCNICO
2.013
-2019-SERVIR/GPGSC
CYNTHIA
LAY
Gerenta
de
Políticas de Gestión del Servicio Civil
Asunto Sobre
el
nombramiento
del
personal contratado bajo el régimen del Decreto
Legislativo 276
Referencia Oficio
001014-2019-GR.LAMB/OERH (3264465-19)
Fecha
Lima, 2 3
DIC.
2019
l.
Objeto
de
la
consulta
Mediante el documento de la referencia, el Jefe de la Oficina Ejecutiva de
Recu
rs
os Humanos
del Gobierno Regional Lambayeque consulta a
SERVIR
lo siguiente:
a)
¿Corresponde nombramiento a los contratados permanentes que ocupan una pla za
orgánica
por
mandato judicial en calidad
de
cosa juzgada, que desde la
fe
ch
a
de
asignación de
la
plaza, concordante con el requerimiento judicial, hasta el
01
de enero
de 2019 no han alcanzado el
per
i
odo
de permanencia requerido
(3
años ininterrumpidos
o 4 alternos), pero en la sentencia se determina
que
su
inclusión en la plaza orgánica
es
desde el ingreso a
sus
labores, siendo
su
ingreso al centro de labores el año 2003,
superando largamente el periodo exigido
por
ley?
b) ¿Corresponde nombramiento a los contratados permanentes que ocupan una plaza
orgánica
por
un periodo de 3 años computados al
01
de enero de 2019
en
cumplimiento
de medida cautelar en
vía
judicial, encontrándose
por
resolverse aún el proceso
principal?
c)
¿Corresponde nombramiento a aquello contratados permanentes con
contrato
con un
monto
único (sin bonificaciones,
ni
beneficios establecidos por el Decreto Legislativo
276, ni Incentivo Único), dispuesto así
por
mandato judicial en calidad
de
cosa juzgada?
d) ¿cómo deben hacer el llenado del anexo 2 en el
rubro
formación académica los
contratados que ocupan plazas de técnico y auxiliar teniendo
en
cuenta
que
conforme
al anexo 2 la data a considerar solo corresponde a los profesionales, desde Bachiller (1),
hasta Doctor (6), y que de
no
marcar ninguna opción
se
considera
como
requisito
incumplido?
e)
En
función del Decreto Supremo 261-2019-EF, que aprueba el
Monto
Único
Consolidado,
¿al
pasar a
la
condición de nombrados aquellos servidores
que
por
imperio
de mandato judicial en calidad de cosa juzgada, cuentan con más
de
3 años en plaza
orgánica pero sin pago de
la
Bonificación Especial regulada
por
el
Decreto de Urgencia
37-94, ni Incentivo Único,
el
pago de sus remuneraciones continúa igual, o
se
deberá
pagar la totalidad
de
remuneraciones y demás conceptos económicos conforme
se
le
abona a un servidor que ocupa una plaza orgánica similar?
1

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