Informe Técnico 1433-2018-SERVIR-GPGSC, 24 de setiembre de 2018

Fecha24 Enero 2018
Tipo de documentoInforme
De
_!·
Gerencia de
Políticas
de
Gestión
del
Se
rvicio Civil
"Decenio
de
la
Igualdad
de
Oportunidades para mujeres y
hombr
es"
"Año
del Diálogo y la Reconciliación Nacional"
INFORME
TÉCNICO
W
\~
-2018-
SERVIR/GPGSC
CYNTHIA
LAY
Gerente (e) de Políticas de Gestión del Servicio
Ci
vil
As
unto
Propu
es
ta
so
bre e l goce de vacaciones de gobernadores regionales y alcaldes
municipales
Referencia Doc
umento
co
n R
eg
istro
27344-2018
Fecha Lima, 2
lf
SET.
201B
l.
Objeto
de la
consulta
Mediante
el
documento
de
la
referencia,
se
remite
a
SE
RVIR
la
propuesta de un ciudadano
qui
en
sugiere que los alcaldes, gobernadores y funcionarios
sa
lgan de vacaciones
del15
o 31
de
agosto
hasta el 15 o 31
de
diciembre del 2018, de esta manera
se
les daría 4 meses de descanso
vacacional para ev
itar
que cobren el doble
de
su sueldo
por
vacaciones
no
gozadas al
moment
o
del
cese.
11.
Análisi
s
Competencia de
SE
RVIR
2.
1 L
as
competencias
de
SERV
IR
para
emitir
opiniones en materia del
Se
rvicio Civil están
contextualizadas en el marco
de
las políticas
que
en materia de gesti
ón
del
emp
leo e ingreso al
Servicio Civil, entre
ot
r
as,
emita de manera progresiva.
2.2 En ese
se
ntido, debe precisarse que l
as
cons
ult
as
que absuelve S
ERVIR
so
n aquell
as
r
efer
id
as
al
se
ntid
o y alcance de la n o
rmati
va
so
bre el Sistema Adminis
trati
vo de Gestión de Recur
sos
Humano
s (en ade lante
SAGRH
),
plant
ea
das sobre tem
as
genéricos y vincula
do
s e
ntr
e sí, sin
hac
er
alusión a
as
unt
os concretos o específicos;
por
lo tanto,
la
s conclusiones del presente
in
forme
no
se
encue
ntr
an vinculadas necesa riamente a s
itu
ac
ión particular alguna.
Sobre
la
s iniciativas legis lativas formuladas
por
la ciudadanía
Inicialmente,
es
o
portuno
señalar que de acuerdo con lo previsto en el a
rtí
culo
31º
de
la
Cons
tituci
ón
Política del Perú (
en
adela
nt
e,
la
Co
nstitución
):
"Los ciudadanos tienen derecho a
participar en los as
unto
s públ
ico
s mediante referéndum; iniciativa legislativa; remoción o
revocación de autoridades y demanda de rendición de cuentas." (énfasis
es
nu
es
tr
o).
Asim
ismo, e l artículo 107º de la Constitución establece que:
"E
l Presidente de la República y
lo
s
Congresistas tienen derec
ho
a iniciativa en la formación de leyes. También tienen el mismo
derecho en las materias que les son propias los otros poderes del Estado,
la
s instituciones
públicos autónomas,
lo
s Gobiernos Regional
es
, los Gobiernos Locales y los
co
l
eg
ios
profesionales. Asimismo
lo
tienen
lo
s ciudadanos que ejercen el der
ec
ho de iniciativa
."
1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR