Informe Técnico 608-2018-SERVIR-GPGSC, 24 de abril de 2018

Fecha24 Abril 2018
Tipo de documentoInforme
De
Asunto
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Presidencia
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Consejo
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Mí6fstrs
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Gerencia de
e J Políticas de Gestión
-
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_ .del Servicio Civil
"Decenio de
la
Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres"
"Año del Diálogo y
la
Reconciliación Nacional"
INFORME TÉCNICO
No
b0'B
-2018-SERVIR/GPGSC
CYNTHIA
LAY
Gerente (e) de Políticas de Gestión del Servicio Civil
Sobre pago
por
concepto de subsidio
por
sepelio y luto
Referencia
DIRESA-PUNO
-
RED
-SR/D-OFICIO W -2018-528
Fecha Lima, Z 4
ABR.
Z018
l.
Objeto
de
la
consulta
Mediante
el documento de
la
referencia el Director Ejecutivo del Hospital Carlos Monge
Medra no de
la
red de Salud
San
Román, consulta a
SERVIR
lo siguiente:
l.
¿La
liquidación de
la
contingencia (sepelio luto) puede realizarse
tomando
en cuenta
la valorización principal mensual,
conforme
al Decreto Legislativo W 1153?
2.
¿Por analogía
se
puede tomar,
por
ejemplo, los criterios dispuestos
por
el Decreto
Supremo W 309-2013-EF,
mediant
e el cual
se
establ
ece
el
monto
único del subsidio
por
luto
y sepelio a otorgarse a los profesores comprendidos en
la
carrera de
la
ley
de
la
Reforma Magisterial, regulada
por
la
Ley
No
29944?
11.
Análisis
Competencias
de
SERVIR
2.1
SERVIR
es
un órgano rector que define,
implementa
y supervisa
la
s políticas de personal de
todo
el Esta do, no puede entenderse que como parte de
sus
competencias
se
encuentra e l
constituirse en una instancia administrativa o consultiva previa a
la
adopción de decisiones
individuales
que
adopte cada Entidad. '
Debe precisarse que
la
s consultas que absuelve
SERVIR
son aquellas referidas al
sen
tido
y
alcance de la normativa sobre el Sistema
Administrativo
de Gestión de Recursos Humanos,
planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre
sí,
sin hacer alusión a asuntos concretos
o específicos;
por
lo tanto,
la
s conclusiones del presente
informe
no
se
encuentran vinculadas
necesariamente a situación particular alguna.
Sobre las
consulta
planteada
2.3 Sobre este tema, nos remitimos a
la
opinión expuesta en el Informe Técnico No 1679-2016-
SERVIR/GPGSC
(disponible en www.servir.gob.pe), cuyo
co
nt
en
id
o ratificamos y
recomendamos revisar para
mayor
detalle.
En
este, al igual que otros informes expedidos
por
es
te
ente
rector
,
se
concluyó lo siguiente:
"E
l Decre
to
Legislativo
N"
1153 reconoce
el
derecho a
la
entrega económica
por
cumplimiento de 25 y 30 años de
se
rvic
io
s y
por
sepelio y luto para el personal de la salud.
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