Informe Técnico 254-2018-SERVIR-GPGSC, 19 de febrero de 2018

Fecha19 Febrero 2018
Tipo de documentoInforme
De
Gerencia
de
Políticas
de
Gestión
del Servicio
Civil
"Decenio de
la
Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
"Año
del Diálogo y
la
Reconcíliacíón Nacional"
INFORME
TÉCNICO
N"
2
SI.J
-2018-SERVIR/GPGSC
CYNTHIA
LAY
Gerente (e) de Políticas de Gestión del Servicio Civil
Asunto Nulidad del acto administrativo
Referencia Oficio W 216-2017-MIDIS/SG/OGRH
Fecha
Lima,
19
FEB.
2018
l.
Objeto
de
la consulta
Mediante
el documento de
la
referencia,
la
jefa de
la
Oficina General de Recursos Humanos
del
Ministerio
de
Desarrollo e Inclusión Social consulta a
SERVIR,
si
en caso
el
superior
jerárquico
de
la
entidad declare de oficio
la
nulidad
de
la
resolución de inicio del
procedimiento
administrativo disciplinario o el Tribunal del Servicio Civil declare
la
nulidad de
la
resolución
de
sanción,
¿La
Secretaría Técnica de
la
entidad incurre en responsabilidad
alguna?
11.
Análisis
Competencia
de
SERVIR
2.1
Las
competencias de
SERVIR
para
emitir
opm1ones en materia del Servicio Civil están
contextualizadas en el marco de
la
s políticas que en materia de gestión del empleo e ingreso al
Servicio Civil, entre otras, emita de manera progresiva.
2.2
Siendo
SERV
IR
un
órgano
rector
que define, impleme
nt
a y supervi
sa
la
s políticas de personal
de
todo
el Estado, no puede entenderse que como
parte
de sus competencias
se
encuentra el
const
ituir
se
en
una
instancia administrativa o consultiva previa a
la
adopción de decisiones
individuales
por
cada
Entidad.
2.3
En
ese
se
ntido, debe precisarse que las consultas que absuelve
SERVIR
son
aquellas referidas al
sentido y alcance de
la
normativa sobre el
Sis
tema Administrativo de Gestión de Recursos
Humanos, planteada s sobre temas genéricos y vinculados entre
sí,
sin hac
er
alusión a asuntos
concretos o específicos;
por
lo tanto, las conclusiones del presente informe no
se
encuentran
vinculadas necesariamente a situación particular alguna.
bre la
nulidad
del
acto
administrativo
Al
r
es
pecto, resulta pertinente remitirnos a
lo
establecido en el Texto Único Ordenado de la
Ley
W
27444-
L
ey
del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo
W 006-2017-JUS (TUO-
1, que en su artículo
10
establece l
as
ca
usales de nulidad de un
acto administrativo, entre las cuales tenemos,
la
contravención a
la
Constitución y leyes, el
defec
to
u omisión de l
os
requis
ito
s de valid
ez
, e
ntr
e otras.
1 Da
do
que el TUO L
PAG
fue publi
ca
do
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Di
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Oficial "
El
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e en la Ley W 27444.
1
11

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