Informe Técnico 401-2019-SERVIR-GPGSC, 12 de marzo de 2019

Fecha12 Marzo 2019
Tipo de documentoInforme
De
Presidencia
del
Consejo
de
Ministros
Autoridad
Nacional
del
Servicio
Civil
G
er
encia
de
Políticas
de
Ges
tió
n
del Servicio
Civil
"Decenio de
la
Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres"
"Año de
fa
lucha contra
la
corrupción y
la
impunidad"
INFORME
TÉCNICO
No
~O\
-2019-SERVIR/GPGSC
CYNTHIA
LAY
Gerente
(e)
de Políticas de Gestión del Servicio Civil
Asunto
a)
Oficinas de recursos humanos o
fas
que hagan
sus
veces en las entidades
públicas.
b)
Sobre
fas
faltas
por
omisión.
Referencia Oficio W 001-2019-IGP/ST.
Fecha
Lima,
12
MA
R.
2019
1.
Objeto de la consulta
Mediante el documento de
la
referencia, el Secretario Técnico de Procedimientos
Administrativo Disciplinarios del
Instituto
Geofísico del Perú consulta a
SERVIR
lo siguiente:
a)
En
los
casos
en donde
la
Oficina de Recursos Humanos no figure en
el
Reglamento de
Organización y Funciones
(ROF),
¿puede considerarse que
las
Oficinas de Administración
son quienes hacen las veces de recursos humanos?
b)
En
caso
solo
se
contara con Oficina de Administración, dentro de
la
cual
se
contara con
una
Unidad de
Recursos
Humanos, ¿Quién debe intervenir como autoridad del
PAD?
¿La
Oficina de Administración o
la
Unidad de Recursos Humanos?
e)
Ante
una
conducta omisiva, ¿puede imputarse a un servidor la falta
por
omisión prevista
en
el
numeral 98.3° del artículo 98° del Reglamento General de
la
Ley
W 30057,
Ley
del
Servicio Civil?
11.
Análisis
Competencia de
SERVIR
Las
competencias
de
SERVIR
para
emitir
opiniones técnicas
en
materia del Servicio Civil están
contextualizadas en el marco de las políticas que en materia de gestión del empleo e ingreso al
Servicio Civil, entre otras, emita de manera progresiva.
Siendo SE
RVIR
un
órgano rector que define, implementa y supervisa
la
s políticas
de
personal
de
todo
el Estado,
no
puede entenderse que como parte
de
sus competencias
se
encuentra el
constituirse
en
una instancia administrativa o consultiva
pr
evia a
la
adopción
de
decisiones
individuales por
cada
Entidad.
2.3 En ese sentido, debe precisar
se
que las consultas que absuelve
SERVIR
son aquellas referidas al
sentido y alcance de
la
normativa sobre el Sistema Administrativo de
Ge
s
tión
de
Recursos
Hum
anos (en adelant e, S
AGRH)
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1

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