Informe Técnico 1757-2019-SERVIR-GPGSC, 18 de noviembre de 2019

Fecha18 Noviembre 2019
Tipo de documentoInforme
De
Asunto
Presidencia
del
Consejo
de
Ministros
Autoridad
Nacional
del
Servicio
Civil
Gerencia
de
Políticas
de
Gestión
del
Servicio
Civil
"Decenio de
la
Igualdad
de
Oportunidades
para mujeres y
hombres"
"Año de
la
lucha
contra
la
corrupción
y
la
impunidad"
INFORME
TÉCNICO
\-:\-:\
-2019-SERVIR/GPGSC
CYNTHIA
LAY
Gerenta
de
Políticas
de
Gestión del Servicio Civil
Régimen
de
protección
de
personas con discapacidad y procesos
de
selección
de personal bajo el
régimen
del
Decreto Legislativo
1057 (CAS).
Referencias Oficio
001-2017-SBPA/P-GG-CES
Fecha Lima, 1 B
NOV.
2019
l.
Objeto
de
la consulta
Mediante
el
documento
de la referencia, el Gerente General
de
la
Sociedad
de
Beneficencia
Pública Ayacucho consulta a
SERVIR
sobre
cómo
se
debe
proceder
en caso
el
único
postulante en un proceso
de
selección bajo del régimen Decreto Legislativo
1057
contara
con certificado de discapacidad
de
EsSalud que evidencia
trastornos
mentales
específicos,
que podría
impedir
el adecuado
ejercicio
del cargo al cual postula.
11.
Análisis
Competencias
de
SERVIR
2.1
Las
competencias de
SERVIR
para
emitir
opiniones
en
materia
del Servicio Civil están
contextualizadas en el
marco
de las políticas
que
en
materia
de gestión del
empleo
e ingreso
al
Servicio Civil,
entre
otras,
emita
de
manera progresiva.
2.2 Siendo
SERVIR
un órgano
rector
que
define,
implementa
y supervisa las políticas
de
personal
de
todo
el Estado, no puede
entenderse
que
como
parte
de
sus competencias
se
encuentra
el constituirse en una instancia
administrativa
o consultiva previa a la
adopción
de
decisiones
individuales que adopte cada Entidad.
En
ese sentido, debe precisarse
que
las consultas
que
absuelve
SERVIR
son aquellas referidas
al sentido y alcance de
la
normativa
sobre
el Sistema
Administrativo
de
Gestión
de
Recursos
Humanos, planteadas sobre temas genéricos y vinculados
entre
sí, sin
hacer
alusión a
asuntos concretos o específicos;
por
lo
tanto,
las conclusiones
del
presente
informe
no
se
encuentran vinculadas necesariamente a situación
particular
alguna.
2.1 Del
documento
de la referencia
se
puede
apreciar
que
a través
de
la
consulta
formulada
se
pretende
que
SERVIR
indique
la
forma
en
que la Sociedad
de
Beneficencia Pública Ayacucho
debe
proceder
en un proceso de selección bajo el
D.L.
1057, en el cual se
tiene
como
único postulante para el cargo
de
Secretario Técnico
de
Procedimientos
Administrativo
s
1

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