Informe Técnico 915-2018-SERVIR-GPGSC, 13 de junio de 2018

Fecha13 Junio 2018
Tipo de documentoInforme
De
Gerencia de
Políticas de Gestión
del Servicio Civil
"Decenio de
la
Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hom bres"
"Año del Diálogo y la Reconciliació n N
ac
ional"
INFORME
TÉCNICO
-2018-SERVIR/GPGSC
CYNTHIA
LAY
Gerente (e) de Políticas de Gestión del Servicio Civil
Asunto Sobre
la
viabilidad de
otorgar
conceptos remunerativos a
la
remuneración
reunificada prevista en el Decreto Legislativo
276
Referencia Oficio 161-2018-
SGGTH
-
GAF
-MSS
Fecha
Lima, 1 3
JUN.
2010
l.
Objeto
de
la consulta
Mediante el
documento
de
la
referencia, el
Sub
Gerente de Gestión del Talento Humano de
la
Municipalidad
de
Santiago de Surco consulta a
SERVIR
respecto de
la
viabilidad sobre la oportunidad
de redis
tribuir
el
monto
de
S/
200.00 (Do
sc
iento
s con
00/100
soles) de algunos de los conceptos
re
muner
ativos mensua
les
al concepto de
la
"Reunificada";
es
to
es,
en favor de los
se
rvidor
es
civiles
de
la
Municipalidad de Santiago de Surco, r
eg
idos bajo los al
ca
n
ces
del Decreto
Le
gislativo
276,
sin trasgredir apartados legales.
11.
Análisis
De las competencias de
SERVIR
2.1
SERV
IR
un
órgano rec
tor
que define,
implem
enta y supervi
sa
l
as
políticas de personal
de
todo
el Estado,
no
puede entenderse que como
part
e de
sus
competencias
se
encuentra el
constituirse en una instancia administrativa o consultiva
pr
evia a
la
adopción de decisiones
individual
es
que adopte
cada
Entidad.
En
ese
se
ntido,
debe precisar
se
que
la
s consultas que absuelve
SERVIR
so
n aquellas referidas al
sentido y a lcance de
la
normativa sobre el Sistema Adminis
trativo
de Gestión de Recursos
Humano
s,
plantead
as
sobre t emas genéricos y vinculados entre s
í,
sin hacer alusión a
as
untos
concretos o
es
pecíficos;
por
lo tanto,
la
s conclusiones del presente
inform
e no
se
encuentran
vinculadas necesariamente a s
itu
ación particular alguna.
Respecto de los
incrementos
remunerativos
de
los servidores bajo el Decreto Legislativo 276
2.3
En
principio, resulta pertinente precisar en
lo
referente al régimen laboral regulado
por
el
Decreto Legislativo
276 -
Ley
de
Bases
de
la
Carrera Administrativa y de Remune
ra
cion
es
de l
Sec
tor Público, que dicho dispositivo prevé en
su
artículo 44 que las entidades públicas están
prohibidas de negoc
iar
con sus servidores, directame
nt
e o a t ravés de sus organizaciones
sindicales, condiciones de
tr
aba
jo
o beneficios
que
impliquen incrementos
remun
erativos o
que
modifiquen
el Sistema Único de Remuneraciones previsto p
or
dicho régimen.
1

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