Informe Técnico 1752-2018-SERVIR-GPGSC, 5 de diciembre de 2018

Fecha05 Diciembre 2018
Tipo de documentoInforme
De
Asunto
Presidencia
del Consejo
de
Ministros
Autoridad
Nacional
del
Servicio Civil
Gerencia de
Políticas
de
Gestión
del
Servicio Civil
"Decenio de
la
Igualdad de Oportunidades para mujer
es
y hombres"
"Año del Diálogo y la Reconciliación Nacional"
INFORME
TÉCNICO
\1S'l
-2018-SERVIR/GPGSC
CYNTHIASÚ
LAY
Gerente (e) de Políticas de Gestión
del
Servicio Civil
Acumulación
de
tiempo
de
servicios
Referencia Documento com registro W 0037234-2018
Fecha
Lima, O 5
DIC.
2019
l. Objeto
de
la
consulta
Mediante
el
documento
de
la referencia se
consulta
a
SERVIR
para
efectos
de
acumulación
por
tiempo
de
servicios al Estado
lo
siguiente:
a)
Si
corresponde
adicionar
el
periodo
de
servicio al
ejército
como
es el
"servicio
militar
acuartelado".
b)
Si
corresponde
adicionar
el
tiempo
trabajado
en
la Empresa Nacional
de
Transporte
Urbano
por
el
periodo
de
diez años.
11.
Análisis
Competencias de
SERVIR
2.1
SERVIR
es
un órgano rector que define,
implementa
y supervisa las políticas
de
personal
de
todo
el
Estado,
no
puede entenderse que
como
parte
de
sus competencias
se
encuentra
el
constituirse en
una instancia administrativa o consultiva previa a la adopción
de
decisiones
individuale
s que
adopte cada Entidad.
2.2 Debe precisarse que las consultas que absuelve
SERVIR
son aquellas referidas al
sentido
y alcance
de la normativa sobre el Sistema Administrativo
de
Gestión de Recursos Humanos, planteadas
sobre temas genéricos y vinculados
entre
sí,
sin hacer alusión a asuntos concretos o específicos;
por
lo
tanto
,
las
conclusiones del presente
informe
no
se
encuentran vinculadas necesariamente a
situación particular alguna.
Sobre
la
acumulación del tiempo
de
servicios prestados al Estado
Al respecto, nos remitimos a la opinión expuesta en el
Informe
Técnico W 295-2018-SERVIR/GPGSC
(disponible
en
www.servir.gob.pe) en el
que
se concluyó, entre otros, lo siguiente:
"(.
..
)
3.2
La
acumulación de tiempo de servicios
se
da solo
en
el supuesto de la progresión profesional
cuando
se
haya prestado servicios en distintas entidades públicas y bajo
el
mismo régimen laboral
público. Acumulación que no
es
posible estando en distintos regímenes laborales especiales.
3.3
En
caso un servidor ce
se
en una e
ntidad
A, s
ujet
o
al
régimen
del
Decreto Legislativo W
27
6, e
ingresa a prestar servicios en
la
misma u
otra
entidad
8, bajo
el
mi
s
mo
régimen u
otro
, en
di
cho
supuesto, el tiempo de servicios generado en la
entidad
A no se acumula con
el
que
se
genere en la
1

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