Informe Técnico 784-2017-SERVIR-GPGSC, 2 de agosto de 2017

Fecha02 Agosto 2017
Tipo de documentoInforme
Para
De
Asunto
'
~
Presidencia
~
del
Consejo
de
Ministros
"Año del Buen Servicio
al
Ciudadano
INFORME
TÉCNICO
W
".
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-2017-SERVIR/GPGSC
JUAN CARlOS
CORTÉS
CARCElÉN
Presidente Ejecutivo
CYNTHIA
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Y
Gerente
(e)
de Políticas de Gestión del Servicio Civil
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FECHA o 2
AGO
2017
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Sobre
doble
percepción de ingresos del Estado
por
parte de los regidores
por
concepto de remuneración y dieta
Referencia Oficio
06276~2016-SG/JNE
Oficio
06586-2016-SG/JNE
Fecha Lima, O Z
AGO.
Z017
l.
Objeto
de
la
consulta
Mediante
los documentos de
la
referencia, el que el Secretario General del Jurado Nacional de Elecciones,
trasladó
la
consulta
formulada
por
el
Alcalde
de
la
Municipalidad Provincial de Vilcas
Hu
amán, mediante
Oficio
410-2016-MPVH/A, respecto a
la
doble
percepción
por
parte
de un servidor nombrado en el
cargo de operador de maquinaria pesada
que
resultó electo
regidor
para el periodo 2015-2018,
en
la
misma entidad edil,
es
decir, si
le
corresponde percibir remuneración mensual como trabajador, además
de
la
respectiva dieta
por
el
cargo de regidor que desempeña.
11.
Análisis
Competencia
de
SERVIR
2.1
Las
competencias de
SERVIR
para
emitir
opiniones en materia del Servicio Civil están
contextualizadas
en
el marco de
las
políticas que
en
materia de gestión del empleo e ingreso al
Servicio Civil,
entre
otras, emita de manera progresiva.
2.2 Siendo
SERVIR
un
ente
rector
que define,
implementa
y supervisa
las
políticas de personal de
todo
el Estado, no puede entenderse que como parte
de
sus
competencias
se
encuentra el
constituirse
en
una instancia administrativa o consultiva prevía a
la
adopción de decisiones
individuales que
adopte
cada Entidad.
En
ese
sentido, debe precisarse que
las
consultas que absuelve
SERVIR
son aquellas referidas al
sentido y alcance
de
la
normativa
sobre el Sistema
Administrativo
de Gestión de Recursos
Humanos, planteadas sobre temas genéricos y vinculados
entre
sí,
sin hacer alusión a asuntos
concretos o específicos;
por
lo
tanto,
las
conclusiones del presente
Informe
Técnico no
se
encuentran vinculadas necesariamente a situación
particular
alguna.
Sobre
la
licencia por
función
edil
2A
El
Decreto Legislativo 276 -
Ley
de
Bases
de
la
Carrera
Administrativa
y de Remuneraciones
del Sector Público en
su
artículo
24b
señala como uno de
Jos
derechos de los servidores públicos
de carrera, el hacer uso de permisos o licencias
por
causas justificadas o motivos personales, en
la
forma que
determine
el
Reglamento.
1

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