Informe Técnico 992-2019-SERVIR-GPGSC, 28 de junio de 2019

Fecha28 Junio 2019
Tipo de documentoInforme
De
1 Presidencia
del Consejo de Ministros Autoridad Nacional
del Servicio Civil
Gerencia
de
Políticas
de
Gestión
del Servicio Civil
"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
"Año de
la
Lucha
contra
la
Corrupción y
la
Impunidad"
INFORME TÉCNICO N!!
qqi
-2019-SERVIR/GPGSC
CYNTHIA
LAY
Gerente
(e)
de Políticas de Gestión del Servicio Civil
Asunto Sobre
las
acciones de desplazamiento del personal contratado bajo el régimen del
Decreto Legislativo
N"
276.
Refe
renc
ia
Oficio
N"
1133-2018-ME/R-A/UGEL-
Y-D.
Fecha
Lima, 2 B
JUN.
1019
l.
Objeto
de
la consulta
Mediante el documento
de
la
referencia, el Director de la Unidad de Gestión Educativa Local de Yungay
formula a
SERVIR
las
siguientes consultas:
a)
Al reubicar al personal contratado con funciones
de
oficinista a otra institución educativa como
auxiliar administrativo -personal de servicio, ¿se vulnera algún derecho del servidor contratado?
b)
¿Dicha reubicación deviene
en
no discriminatoria teniendo en cuenta que ambas pertenecen al grupo
ocupacional (auxiliar), conforme a lo dispuesto
en
el
artículo 9 del Decreto Legislativo 276?
11.
Análisis
Competencias
de
SERVIR
2.1
Siendo
SERVIR
un órgano rector que define, implementa y supervisa
las
políticas de personal de todo el
Estado, no puede entenderse que como
parte
de
sus
competencias
se
encuentra el constituirse en una
instancia administrativa o consultiva previa a la adopción de decisiones individuales
por
cada Entidad.
2.2
En
ese
sentido, debe preci
sarse
que
la
s consultas que absuelve
SERVIR
son
aquellas referidas al sentido y
alcance de
la
normativa
so
bre el Sistema Administrativo de Gestión de
Recur
sos Humanos, plantea
das
sobre temas genéricos y vinculados
en
tre
sí,
sin hacer alusión a asuntos concretos o específicos; por
lo
tanto
,
la
s conclusiones del presente
informe
no se encuentran vinculadas necesar
iamente
a situación
particular alguna.
Delimitación
de
la
consulta
En
atención a
lo
se
ñalado, no corresponde a
SERVIR,
a través de una opinión
téc
nica como la presente,
pronunciarse respecto a
casos
concretos como el plantea
do
por
la
entidad consultante;
por
lo que el
presente informe abordará
las
reglas generales a considerar
con
relación a
la
materia consultada.
2.4
Sob
re
es
te
tema, nos remitimos a la opinión expuesta en el Informe Técnico 039-2018-
SERVIR/GPGSC
(disponible
en
www.servir.gob.pe), cuyo contenido ratificamos.
En
este
se
concluyó que, las acciones de
d
es
plazamiento
seña
ladas en el artículo
76
del
Re
glamento del Decreto Legislativo
276 son
so
lo para
1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR